América Latina y la nueva arquitectura internacional de la propiedad intelectual: de los ADPIC-TRIPS a los nuevos tratados de libre comercio
Continuando con las discusiones sobre propiedad intelectual y desarrollo, visitó especialmente nuestra Facultad, con invitación del CEIDIE, un experto en la materia, Pedro Roffe, miembro del Centro Internacional de Comercio y Desarrollo Sustentable de Naciones Unidas (ICTSD / UNCTAD), sito en Ginebra, Suiza. Si bien no es la primera vez que viene a nuestro país, en este caso, el profesor chileno disertó sobre “América Latina y la nueva arquitectura internacional de la propiedad intelectual: de los ADPIC – TRIPS a los nuevos tratados de libre comercio”. La presentación de la conferencia estuvo a cargo del Dr. Carlos Correa, director del CEIDIE.
Para entender el centro de la problemática, quien no esté inmiscuido en el tema deberá tener en cuenta algunos puntos de partida básicos. La disputa central que se presenta alrededor de la propiedad intelectual (incluidos los derechos de autor y de patentes) tiene que ver con que los países desarrollados (son quienes mayormente producen inventos y nueva tecnología) sobreprotegen fuertemente sus creaciones, a través de la exclusividad y el cobro de altos cánones, impidiendo —o dificultando— que los países en vías de desarrollo puedan también utilizar estas, siendo que resultan imprescindibles para su crecimiento y bienestar. Entre 1986 y 1994 fue negociado en el marco de la OMC el Acuerdo sobre los Aspectos de los Derechos de Propiedad Intelectual relacionados con el Comercio (ADPIC / TRIPS), que fue para los países en desarrollo el final del proceso de fortalecimiento de la protección de la propiedad intelectual, puesto que establecía estándares mínimos y evitaba las altas imposiciones unilaterales de los países desarrollados. Sin embargo, poco satisfechos con esto, desde los Estados Unidos y la Unión Europea continuaron presionando de manera unilateral para adicionar un “plus” a la protección ADPIC. Hoy, a más de 10 años del Acuerdo, los países desarrollados han descubierto una estrategia más efectiva: pactar de manera bilateral con países en desarrollo altas protecciones, a cambio de la apertura comercial de ciertos productos. Es a partir de ese momento que cobra sentido esta disertación.
Sobre esta base, Pedro Roffe aclaró que su visión parte desde una perspectiva histórica y latinoamericana. En ese sentido, se mostró preocupado porque los países de América Latina han incrementado las protecciones ADPIC y muchos de ellos han entrado en acuerdos bilaterales de libre comercio. “La propiedad intelectual es cada vez más invasiva”, alertó nuestro invitado, quien sugirió aprender a distinguir entre la realidad y el mito, sobre todo en estos temas, donde muchas cosas se sobredimensionan.
De esta manera, comenzó señalando tres características principales que marcan la evolución luego de 125 años de existencia del sistema internacional de propiedad intelectual: primero su globalización, luego su incorporación al sistema comercial internacional y, finalmente, su expansión y fortalecimiento. La historia comenzó en 1883 con la Convención de París, a iniciativa de Estados Unidos, seguida en 1886 por la Convención de Derechos de Autor de Berna. Estos tratados terminarían siendo incorporados al Acuerdo ADPIC que, junto con otros acuerdos accesorios, constituyen el sistema actual de protección de la propiedad intelectual.
Paralelo a todo esto, la relación de Latinoamérica hasta el Acuerdo ADPIC era bastante tangencial. Sólo cuatro países habían firmado el Convenio de París: Brasil, Ecuador, El Salvador y Guatemala, aunque luego sólo quedaría Brasil porque los otros no adhirieron hasta 1990. Argentina y Uruguay se unirían recién en la década del sesenta, y al Convenio de Berna en los años ochenta. Hoy, no hay país que pueda estar al margen de estas discusiones.
Posteriormente, el profesor Roffe comentó algunas diferencias visibles entre la estrategia estadounidense y la europea a la hora de conseguir protecciones más altas. “Los acuerdos propiciados por Estados Unidos son más ambiciosos que los europeos”, sostuvo, y se los llama “ADPIC plus”, porque se construyen sobre la arquitectura internacional de la propiedad intelectual y garantizan un mínimo de protección en los derechos. Estos acuerdos se reflejan en todas las áreas: en marcas, en expansión de los derechos de autor, reglas para corregir medidas tecnológicas, en materia de patentes, cobertura amplia de productos farmacéuticos, normas más estrictas sobre propiedad intelectual, etc.
Seguidamente, nuestro invitado describió los problemas suscitados en las diversas áreas de regulación. Donde más conflictos se han generado es en materia de protección de datos de prueba de productos farmacéuticos y químicos agrícolas. En el último caso, Argentina mantiene graves disputas legales respecto al uso de transgénicos; y en cuanto a los medicamentos, se debió llegar en 2001 a la Declaración de Doha donde se convino que los ADPIC no deberán impedir que los miembros de la OMC adopten medidas para proteger la salud pública.
En materia de derechos de autor, por otro lado, Roffe subrayó que se han aumentado ampliamente los plazos de protección, de 28 a 70 años, en los acuerdos de libre comercio. Otro tanto sucede en el ámbito de la transferencia de tecnología, donde hoy se debate la relación entre propiedad intelectual y desarrollo —acceso al conocimiento—, que es una iniciativa llevada adelante principalmente por países como Argentina y Brasil en el seno de la OMPI, cuestionando las últimas tendencias.
Finalmente, uno de los nuevos aspectos preocupantes resaltados por este especialista tiene que ver con la inclusión en los acuerdos de libre comercio de las cláusulas de nación más favorecida. Esto significa que el país “fuerte”, en este caso Estados Unidos, se garantiza la obtención de los mismos beneficios que pueda acordar el país co-contratante con otros países. Claramente, se intenta a través de estas cláusulas evitar la posibilidad un fortalecimiento regional.
En síntesis, Roffe explicó que los acuerdos bilaterales celebrados hasta acá por Estados Unidos con países latinoamericanos presentan dos estipulaciones fundamentales: en primer lugar, que la normativa federal estadual de Estados Unidos prevalece sobre cualquier precepto de los acuerdos de libre comercio; en segundo lugar, que los otros países se encuentran obligados a dar prevalencia a los preceptos de los acuerdos. En algunos casos, como en Perú, incluso los Estados Unidos tienen la facultad, a través de sus autoridades, de monitorear el cumplimiento de las obligaciones del acuerdo.
Queda claro entonces, para nuestro invitado, que estos acuerdos de libre comercio que están proliferando en el mundo, y sobre todo en nuestra región, representan “un nuevo orden regulatorio” en materia de propiedad intelectual, ante el cual habrá que estar atentos.
Luego de la exposición del Dr. Pedro Roffe, Carlos Correa invitó a los alumnos a hacer preguntas y continuar con el debate.
Pedro Roffe ha focalizado su trabajo en temas de propiedad intelectual, inversiones extranjeras, transferencia de tecnología, y otras cuestiones relacionadas con las negociaciones comerciales internacionales. Ha contribuido en numerosos reportes de Naciones Unidas y publicó varios trabajos en revistas especializadas. Entre sus últimas obras, se destaca en 2001 el libro "International Technology Transfer: The origins and aftermath of the United Nations negotiations on a draft code of conduct". Entre otros, este especialista tiene estudios en la Universidad de Chile, New York University, Amsterdam University y el Graduate Institute of International Studies (Geneva). Para más información sobre el Acuerdo ADPIC: www.wto.org |