A 40 años del Juicio a las Juntas Militares
Alberto Dalla Vía, Raúl Gustavo Ferreyra, Pablo Luis Manili y María M. Djedjeian
Juan Vicente Sola, Christian Cao, Jorge Bercholc, Daniel Alberto Sabsay y Viviana Albertus
En el Salón Rojo, el pasado 8 de mayo, se realizó la jornada “A 40 años del Juicio a las Juntas Militares”, organizada por el Departamento de Derecho Público I. La apertura estuvo a cargo de Pablo Luis Manili, director del Departamento y profesor titular de Derecho Constitucional. En sus palabras, ofreció primero una contextualización sobre los Juicios a las Juntas, los cuales, señaló, marcaron no sólo la década del 80, sino también la historia mundial. Explicó que, a diferencia de los procesos de Núremberg y Tokio, donde fue necesaria la participación de juristas internacionales, en Argentina se juzgó a los responsables con jueces naturales, pertenecientes a la justicia ordinaria. Manili relacionó estos antecedentes con los conflictos en Yugoslavia y Ruanda durante la década del 90, donde volvió a surgir la necesidad de un tribunal internacional para juzgar crímenes de guerra. En contraste, destacó que en Argentina, entre 1976 y 1983, los crímenes fueron juzgados localmente. “En Argentina juzgamos, con los jueces naturales, a los criminales culpables de las atrocidades cometidas entre 1976 y 1983”. Señaló que el objetivo de la jornada fue conmemorar y analizar, desde una perspectiva jurídica y política, la gesta que significaron esos juicios.
El primer panel contó con la participación de los profesores titulares de Derecho Constitucional Alberto Dalla Vía y Raúl Gustavo Ferreyra, bajo la coordinación de María M. Djedjeian. El segundo panel estuvo integrado por los profesores titulares Juan Vicente Sola y Daniel Alberto Sabsay (Derecho Constitucional), y Jorge Bercholc y Christian Cao (Teoría del Estado), con la moderación de Viviana Albertus.
La jornada culminó con una conferencia de cierre a cargo de Ricardo Gil Lavedra, quien integró el tribunal que juzgó a las Juntas. Previamente, Pablo Luis Manili volvió a tomar la palabra para rendir homenaje. En su intervención, reafirmó la importancia de los juicios como condición para la vigencia de la democracia. Mencionó los momentos de crisis institucional de 1989 y 2001, afirmando que ambos podrían haber terminado en un golpe de Estado. “Si en los tiempos de la independencia hubo próceres, desde 1983 hasta hoy también los hubo: el Dr. Raúl Alfonsín fue uno, el fiscal Julio César Strassera fue otro, y los seis jueces que integraron la Cámara Federal fueron también próceres”, expresó. Manili se refirió también a la magnitud del trabajo de los jueces durante el juicio, que incluyó el procesamiento de más de 11.000 denuncias, la realización de 78 audiencias y la declaración de más de 1.100 testigos. Resaltó que el juicio constituye un ejemplo, no sólo para su tiempo, sino también para las generaciones futuras, de que en Argentina puede haber justicia verdadera.
A continuación, tomó la palabra Ricardo Gil Lavedra, quien comenzó destacando la relación entre los juicios a las Juntas y la recuperación democrática en Argentina, una noción que, según él, ha perdido visibilidad con el tiempo. Habló del contexto de los años 80, caracterizado por la incertidumbre, y explicó que en ese entonces no había reglas claras: cada sector defendía sus propios privilegios. Citó a expertos que comparan las transiciones democráticas con un juego de ajedrez, y puntualizó: “Un nuevo gobierno democrático juega cinco partidas al mismo tiempo, y debe jugarlas todas a la vez”.
En ese marco, valoró como inédita la decisión del gobierno de Alfonsín de impulsar el juicio, al tiempo que reconoció que fue necesaria también la intervención de otros actores. Señaló que el proceso fue el resultado de una sucesión de acontecimientos afortunados, sin los cuales no habría habido juicio. Recordó que inicialmente se pensaba que los propios militares debían juzgarse con algún control civil, como forma de garantizar una transición pacífica.
En cuanto a las responsabilidades, explicó que al comienzo se distinguía entre quienes emitían órdenes, quienes se excedían en su cumplimiento, y los subordinados que simplemente obedecían. Sin embargo, precisó que esas órdenes ya estaban por fuera del orden jurídico, ya que responden a un plan criminal, y que por lo tanto no podían exculparse a los oficiales inferiores. En relación con esto, citó a Alfonsín, quien expresó que, ante los juicios, sólo había tres caminos posibles: el olvido (Argentina había dictado ya 26 amnistías hasta 1983, lo que era la receta universal); el juzgamiento de todos (imposible para un gobierno recién nacido); o un juicio limitado a los máximos responsables, es decir, a quienes idearon y ejecutaron el plan criminal. El plan original de Alfonsín, agregó Gil Lavedra, fue modificado por el Congreso, que otorgó competencia a un tribunal civil. Otro hito central fue la creación de la CONADEP, a la que calificó como “una institución extraordinaria”.