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Año VII - Edición 134 13 de noviembre de 2008

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Reseña bibliográfica - “Nuevos temas de Derecho Económico, Propiedad Intelectual y Bioética”. Homenaje a Dr. Salvador Darío Bergel

  • Reseñas Bibliográfica

En el marco del Centro de Estudios Interdisciplinarios de Derecho Industrial y Económico (CEIDIE), organismo de la Facultad que tiene por finalidad promover las tareas de investigación y de docencia, como así también la formación docente en áreas del Derecho Económico, ha visto la luz un nuevo libro: “Nuevos temas de Derecho Económico, Propiedad Intelectual y Bioética”, una obra colectiva en la cual, gracias a la coedición entre nuestra Casa y editorial La Ley, numerosos académicos plantean sus puntos de vista -a modo de homenaje- acerca de la amplia gama de disciplinas por las que ha transitado hasta hoy el Profesor Consulto Dr. Salvador Darío Bergel.

El Prefacio estuvo a cargo del coordinador de la obra, Dr. Carlos M. Correa. De manera sintética, el Director del CEIDIE señala que el homenajeado ha prestigiado a la escuela argentina de Derecho, como así también que su obra muestra la continua búsqueda de nuevas fronteras temáticas. Asimismo, subraya que toda su prolífica actividad y su notoriedad, nunca lo llevaron a abandonar su modestia ejemplar, ni tampoco su disponibilidad para apoyar a los perseguidos en los tiempos nefastos de la dictadura.

En el capítulo I, “Centralidad de la deontología en tiempo de tecnologías convergentes”, el Decano de nuestra Facultad, Dr. Atilio A. Alterini analiza el proceso de mundialización y su desembocadura, la globalización, con énfasis en las consecuencias que ella produjo en los campos económico, sociológico, cultural, ideológico, político y científico-tecnológico. Finalmente, tras examinar las implicancias de la noción de tecnologías convergentes, entiende que es “tiempo de pensar” en un planteamiento ético en el marco del desarrollo humano sostenible.

A continuación, el Dr. David Baigún se refiere a “Los delitos societarios y el pensamiento de Bergel”, apartado en el cual resalta que, muchas de las propuestas del homenajeado tienen plena vigencia en la actualidad. Asimismo, destaca que en varios trabajos, el Dr. Bergel aborda problemas de la infraestructura del sistema y los principios nodales sobre los cuales debe asentarse la construcción de los tipos societarios.

El capítulo III “Quince años de Ley de competencia desleal”, a cargo del catedrático español Dr. Alberto Bercovitz, hace hincapié en lo que ha significado en su país la promulgación de la ley 3/1991 de competencia desleal, en un momento en el cual considera que la “Directiva sobre las prácticas comerciales desleales” parte de planteamientos radicalmente contrarios de aquellos que informaron a la norma interna.

Seguidamente, María Julia Bertomeu ordena algunos argumentos jurídicos, filosóficos y políticos que abrieron las puertas a un amplio proceso de “cercamiento” de la materia viva, en el acápite que da en llamar “Patentes en Biotecnología: una nueva forma de ‘acumulación por desposesión’”.

Tomando como referencia básica las experiencias surgidas del caso español, María Casado se refiere a las “Células madre, pre-embriones y pseudo-embriones: Problemas Bioéticos en torno a la obtención de células madre”.

Por su parte, en el capítulo VI, el Director del CEIDIE, Carlos M. Correa, analiza algunas “Disposiciones de los acuerdos de libre comercio que pueden afectar el acceso a los medicamentos en los países en desarrollo”, las cuales son susceptibles de restringir y afectar la salud pública de manera negativa.

El capítulo VII “Hoteles, música, televisores y derechos intelectuales”, es donde la Dra. Aída Kemelmajer de Carlucci plasma sus impresiones acerca de una decisión de la sala tercera del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, para luego compararla con la jurisprudencia argentina sobre la materia.

Al examinar “Cuestiones relacionadas con el patentamiento en materia de biotecnología”, el Dr. Jorge Kors sostiene que el espectacular desarrollo de este campo científico ha obligado a crear un marco jurídico adecuado a los avances, al tiempo que ha generado una profunda polémica entre los juristas respecto a la amplitud del marco regulatorio y la idoneidad de los instrumentos legales existentes.

En el capítulo IX, la Dra. Delia Lipszyc indaga acerca de la “La responsabilidad de los proveedores de servicios de intermediación en línea (...)”y sostiene que, dado que los usuarios no acceden en forma directa a la red mundial de información, existen varios intermediarios involucrados en la entrega de obras protegidas por el derecho de autor y derechos conexos. Finalmente, compara las diferentes decisiones dimanadas de “(...) La jurisprudencia internacional”.

En “Justicia y agentes responsables en investigación”, la Dra. Florencia Luna parte de prácticas establecidas y propuestas esgrimidas en documentos de relevancia internacional para presentar algunos de los límites y desafíos planteados respecto a la distribución de recursos en investigación.

El capítulo XI, a cargo de la Dra. Sandra C. Negro, revisa la regulación relativa a uno de los llamados “nuevos temas” en las relaciones comerciales entre los Estados: “comercio y medio ambiente”. De esta manera, la autora de “OMC y Medio Ambiente: ¿excepción o discriminación?”, reflexiona en torno a las conclusiones sustantivas de tres casos resueltos en el marco del procedimiento de solución de controversias multilateral.

Considerando que los avances en biotecnología, y específicamente en biología molecular, han aportado una enorme y nueva dimensión en el estudio de los seres vivos y consecuentemente han generado repercusiones que afectan a diversas esferas sociales, Marcelo Palacios presenta los elementos, principios y exigencias que deben conformar “La Cultura Bioética”.

En el capítulo XIII, tras una breve introducción acerca de las conclusiones e implicancias del Proyecto del Genoma Humano, Víctor B. Penchaszadeh discurre acerca de los “Aspectos éticos de la Farmacogenómica”.

Cerca del final de la obra, Rafael J. Pérez Miranda, sobre la base de la consideración de los riesgos que implica la posibilidad de modificar las características de un organismo vivo en una etapa en la que las alteraciones puedan transmitirse a los descendientes, enfatiza en “Los bienes jurídicos tutelados en el Protocolo de Cartagena sobre Seguridad de la Biotecnología del Convenio sobre Diversidad Biológica”.

En el último de los capítulos, Alberto Díaz examina una de las últimas innovaciones en materia de las ciencias biológicas -la biología sintética-, para reflexionar acerca de “Empresas innovadoras de biotecnología. ¿También bioéticas?”.