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Año VIII - Edición 141 07 de mayo de 2009

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Nuevo número de “Academia. Revista sobre enseñanza del Derecho”

  • Reseñas Bibliográfica

El Departamento de Publicaciones de la Facultad de Derecho de la Universidad de Buenos Aires ha presentado el número 11 de Academia. Revista sobre enseñanza del Derecho.

La sección Artículos comienza con Escogiendo la ley, de Phyllis Goldfarb, quien sugiere una posible ubicación para el profesor de Derecho que se ha visto desposeído del encantamiento de la razón y agrega que, considerar tal ubicación, requiere imaginar una Clínica Legal Posmoderna.

A continuación, Peter Häberle presenta La sociedad abierta de los intérpretes constitucionales: una contribución para la interpretación pluralista y “procesal” de la Constitución, en el que, tras reflexionar sobre el estado actual de la teoría de la interpretación constitucional, entiende que se plantea ahora la cuestión de los participantes en esa interpretación. Finalmente, se refiere a los nuevos planteamientos para la teoría constitucional.

El tercer artículo es Enseñanza de la técnica legislativa, de Eliseo Muro Ruiz. Este autor postula la necesidad de una decidida y urgente reforma de la educación superior. Con el objetivo de incentivar la formación académica de los profesionales, describe el contexto mexicano relativo a la técnica legislativa y señala que un programa de esta materia ha de ser un instrumento para que los abogados cuenten con las herramientas para suministrar elementos útiles a los encargados de producir las normas jurídicas. Por ello, estima que un programa de técnica legislativa debe comprender, entre otras cosas, el significado de esta, destacando la trascendencia de la metodología jurídica para estructurar un sistema.

Por su parte, en Una comunidad de amigos y de extraños. Experiencia y construcción del discurso académico-jurídico, Juan Manuel Otero afirma que, no pudiendo negarse la tendencia de todo grupo a crear sus propias reglas de pertenencia, se deben generar correctivos para atenuar este riesgo siempre presente. Por ende, estima necesario generar instancias, entre las cuales la Universidad juega un papel fundamental, en donde nuestra particular e inevitable cultura jurídica intente “permearse”, ser desafiada y, entonces, contrastarse con el “mundo de allá afuera”.

Cierra la sección el trabajo de Michael P. Waxman, titulado Enseñar Derecho Comparado en el siglo XXI: más allá de la dicotomía Derecho Civil / common law. Tras indicar que muchos problemas jurídicos están alcanzando proporciones transnacionales e internacionales, reivindica el desarrollo de nuevos enfoques sobre la enseñanza del Derecho Comparado. Consecuentemente, el artículo propone un curso introductorio que exponga a los estudiantes a una variedad de sistemas jurídicos internacionales.

En la sección Clásicos, se presenta El Derecho en la cátedra y en el Tribunal (Nota sobre la enseñanza del Derecho), publicado por Eduardo A. Vasquez en la revista Lecciones y Ensayos 4-6 en 1957. El texto analiza la por entonces reciente inclusión de ciclos o seminarios prácticos en los planes de estudios de las carreras jurídicas, “iniciativa laudable porque se trata de llenar un vacío sentido largamente”.

La sección Estudios e investigaciones está conformada por tres artículos. En el primero de ellos, La enseñanza del discurso jurídico oral y escrito en la carrera de Abogacía, Graciela E. Álvarez señala que, no obstante el hecho de que tradicionalmente las carreras de Derecho no contengan asignaturas que aborden la problemática de la lingüística del discurso jurídico ni las técnicas de expresión oral y escrita, el lenguaje es la herramienta principal en el trabajo del abogado.

A su turno, en La influencia de la educación jurídica en la formación valorativa de los abogados, Mariana Anahí Manzo describe los móviles internos que guían la conducta de los abogados en el ejercicio cotidiano de la profesión, en aras de avanzar en una reflexión relativa al rol que cumplen los profesionales del Derecho en la sociedad.

Finalmente, Leticia Gavernet presenta El caso “Clínica Junín”: representación del conflicto y de la justicia en el discurso de los actores. Derechos sociales, democracia y ciudadanía, trabajo inscripto en la línea de conflicto social y justicia, advirtiendo que en nuestro país los reclamos y pedidos de justicia han tenido un carácter amplio y polifacético.

El texto de Mariano H. Novelli, Bases jurídicas de la educación para el desarrollo sostenible en el Mercosur, encabeza la sección Actualidad universitaria. Tras brindar algunas ideas acerca de lo que “educación” y “desarrollo sostenible” implican por separado, el autor integra los conceptos para analizar el tratamiento jurídico que han recibido en el marco de la integración regional.

Este apartado también presenta una breve reseña titulada Asociación Internacional de Escuelas de Derecho: elección de la doctora Mónica Pinto como presidenta.

Seguidamente, Valeria Quiroga y Sebastián Scioscioli presentan los Resultados del relevamiento estadístico del Servicio de Consultorio y Patrocinio Jurídico Gratuito de la Universidad de Buenos Aires. Anuario 2006.

Finalmente, Guillermo Ruiz realiza una Reseña bibliográfica de Para una transformación de la Universidad. Nuevas relaciones entre investigación y docencia, de R. A. Barnett (ed.).