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Año XIII - Edición 239 23 de octubre de 2014

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VI Jornadas Intercátedras de Derecho Constitucional y Derecho Procesal

  • Notas

Organizadas conjuntamente por el Departamento de Derecho Procesal, el Departamento de Derecho Público I y las cátedras de Derecho Constitucional de Daniel A. Sabsay y de Derecho Procesal de Osvaldo A. Gozaíni, el 23 de septiembre se desarrollaron las VI Jornadas Intercátedras de Derecho Constitucional y Derecho Procesal cuya temática fueron las cuestiones constitucionales y procesales del control de convencionalidad.

Para inaugurar las jornadas, el profesor Osvaldo Gozaíni relató que junto con el profesor Daniel Sabsay organizan desde el año 2003 estas jornadas y que han sido pioneros en la Facultad en este sentido. “Creemos que en esta continuidad hemos hecho mucha actividad, entre ellas un congreso internacional que nos ha permitido no solo darle participación a los integrantes de nuestras cátedras, sino también a los alumnos”, consideró. Con relación al tema del control de convencionalidad, el orador se preguntó desde el punto de vista procesal cómo es posible que un juez esté subordinado o con la pauta de obligatoriedad de tener que cumplir fallos o indicaciones del Sistema Interamericano y no deba seguir lo que dice la Corte Suprema de Justicia de la Nación. Por su parte, el profesor Daniel Sabsay también se cuestionó acerca de por qué a veces no se sigue la Corte Suprema y sí a la Corte Interamericana. Además, comentó el caso de la sustitución del juez con competencia electoral en la provincia de Buenos Aires. “No podemos más callar cosas tan atroces que todos los días van destruyendo nuestro sistema de derechos”, aseveró. También mencionó a Luis Herrero, quien “está soportando desde hace años un acoso verdadero por cumplir con la ley y la Constitución y por respetar a nuestros adultos mayores”.

Seguidamente, Adelina Loianno y Luis René Herrero realizaron la presentación de las jornadas. En este marco, la profesora Loianno afirmó, en relación con el tema del control de convencionalidad, que los constitucionalistas tienen una mirada favorable y una mirada crítica. “Por un lado, significa una incorporación y un efecto expansivo de todo lo que resuelve la Corte Interamericana en función de la protección de derechos humanos; pero por otro lado encontramos la Constitución como norma suprema tradicional, con una construcción jurídica de protección de los derechos humanos indudable y ahí empiezan los problemas de sintonía y asintonía”, describió. Así, uno de los problemas fundamentales es de qué manera la Corte Interamericana viene diciendo que su jurisprudencia es obligatoria, no solo para jueces nacionales, sino también para autoridades legislativas y administrativas, pero paralelamente hay un sistema judicial donde los fallos de la Corte Suprema de la Nación no son obligatorios. A su turno, el profesor Luis Herrero remarcó la trascendencia de la temática que aborda la jornada. “El control de constitucionalidad ha ido evolucionando y abarcando temáticas diversas, y lo mismo está ocurriendo con el control de convencionalidad”, remarcó. De esta manera, expresó que el control de convencionalidad apunta a la protección de los derechos humanos y a la integración regional. Asimismo, estimó que ningún juez puede prescindir de la aplicación de criterios hermenéuticos o exegéticos de los tribunales regionales desde que nuestro país ha adherido a la Convención Americana de Derechos Humanos.

Posteriormente, se desarrolló el primer panel, sobre “Origen y evolución del control de convencionalidad. Jurisprudencia”. Esta mesa fue presidida por Carlos C. Valladares y actuó como secretario Agustín Fabbricatore. Los panelistas participantes fueron Calogero Pizzolo (“La última palabra en el control de convencionalidad: parámetros a seguir según la evolución de la jurisprudencia de la Corte IDH”), Jorgelina Hidalgo (“El caso Trabajadores Cesados vs. Perú”), Susana Maldonado (“Como resolver los conflictos de constitucionalidad”)y Matías Lizatovich (“Caso Cabrera García - Montiel Flores vs. México”). El segundo panel, “Control constitucional y de convencionalidad. ¿Crisis del principio de supremacía?”, y fue presidido por María Blanca Alegretto y ofició como secretario Francisco Faced Amal. En este marco, participaron como panelistas Marcelo Daniel Valle (“El caso Almonacid Arellano vs. Chile… ¿El Control de Convencionalidad pone en crisis la supremacía constitucional?”), Silvana O. Pulice (“El caso Gelman vs. Uruguay”) y Alfredo Gusman (“Los conflictos del juez frente al control de convencionalidad”).

Seguidamente, se desarrollaron las conferencias de Isaias Rivera Rodríguez (México) y Osvaldo A. Gozaíni, presentadas por Jimena Jatip.

Por la tarde, tuvo lugar un nuevo panel, que versó sobre “Objeto del control de convencionalidad”, cuyo Presidente y Secretaria fueron Marcelo Valle y Loriana Gonella, respectivamente. Los panelistas presentados fueron: Erika Gorbak (“El control de convencionalidad en los Estados federales: Problemas constitucionales”), Silvina Paola Maesa (“Dificultades del control de convencionalidad”), Adelina Loianno (“El problema del margen de apreciación. El caso Mémoli”)y María Fabiola Rodríguez (“El control de convencionalidad difuso. Régimen en las provincias Argentinas y principio de supremacía federal”). El último panel aludió a (“La obligatoriedad de las recomendaciones de la CIDH y de la jurisprudencia de la Corte IDH”). En esta oportunidad, Constanza Caporale presidió la mesa y Guadalupe Lata ofició como secretaria. Los panelistas que expusieron fueron Laureano Della Schiava (“El caso Gustavo Carranza Latrubsesse”), Agustín Zbar (“Aspectos ideológicos que influyen en la eficacia de las sentencias de la Corte IDH”), Andrea Pérez (“Dificultades de implementación de las recomendaciones de la CIDH”) y, finalmente, Arturo Bianchi Clement (“Conflicto que existe entre las sentencias no obligatorias de la CSJN y las obligatorias de la CIDH”).

Tras la conferencia de Carolina Loayza Tamayo (Perú), Osvaldo Gozaíni cerró la jornada: “Este espacio de cierre queríamos dedicárselo a un maestro, a un amigo y alguien que ha sido muy importante para la Facultad como ha sido Germán Bidart Campos”. Manifestó también que a la Corte Interamericana se la debe mirar analizando no solo lo bueno, sino también los puntos débiles del sistema. De esta manera, consideró el tema de la politización como preocupante. “La Corte Interamericana, colmada de juristas de altísimo prestigio, tiene que poner un pie en la realidad pragmática de cada país”, resaltó. Gozaíni evocó que este pie en la realidad lo tenía Germán Bidart Campos.

“Es difícil hablar de Bidart Campos sin emocionarse (…) Reconocemos en los maestros, más allá de la sabiduría, ese aspecto que tenía Bidart Campos que era su absoluto desinterés”, declaró Alejandro Amaya. Entre otras reflexiones, aseveró que Bidart Campos elaboró una verdadera axiología en los ámbitos jurídico y político. “Bidart Campos afirmaba la existencia de un orden natural donde residen los valores. El hombre puede conocerlos racionalmente pero al mismo tiempo los viola en la práctica”, explicó Amaya. En este sentido, para el maestro, un hecho normativo que no apunta al valor no es derecho, no es jurídico, porque el mundo jurídico era, según Bidart Campos, una estructura de hechos con forma de norma que pretende cumplir ciertos valores en la vida y en la sociedad. “Germán Bidart Campos fue uno de los últimos grandes maestros del derecho argentino, su dimensión intelectual solo fue comparable con su dimensión humana”, destacó.

“La Corte Interamericana, colmada de juristas de altísimo prestigio, tiene que poner un pie en la realidad pragmática de cada país”, resaltó el profesor Osvaldo A. Gozaíni.