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Año XVI - Edición 297 21 de diciembre de 2017

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VI Congreso argentino de Derecho Ambiental

  • Notas

Durante los días 30 de noviembre y 1º de diciembre se desarrolló el VI Congreso argentino de Derecho Ambiental en el Aula Magna. El primer día contó con la conferencia magistral de Aída Kemelmajer de Carlucci (profesora de Derecho Privado, exjueza de la Corte Suprema de Justicia de Mendoza) quien se refirió al ambiente y los derechos humanos. La expositora hizo referencia al decreto reglamentario 415/2006 de la ley 26.061, donde se establece que: “Los organismos del Estado Nacional que formulan las políticas ambientales tienen que establecer programas que educan a las niñas, niños y adolescentes en la protección, conservación, restauración y manejo sostenible y racional del ambiente y de los recursos naturales (artículo 21)”, citó y agregó que “sería bueno averiguar si se cumple esta formulación de políticas por parte del Estado ya que sabemos efectivamente que no en todas las escuelas se toma consciencia de estas políticas ambientales”.

Refiriéndose al amparo colectivo en caso materia ambiental, manifestó que “el juez no puede ser neutral a los problemas del ambiente, no puede conformarse con el pedido de un informe”.

Finalmente, Kemelmajer concluyó: “Es fundamental que el derecho ambiental sea práctico, especialmente tratándose de niños, niñas y adolescentes. Parece ser que los llamados de atención de la Corte Suprema de la Nación a las provincias a veces son efectivos y por eso podemos ser optimistas con respecto a la defensa de los derechos de la niñez”.

El 1º de diciembre se llevó adelante la apertura formal del congreso de la mano de Alberto Bueres (vicedecano de la Facultad), Ricardo L. Lorenzetti (presidente de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina), Néstor Cafferatta (secretario de Causas Ambientales de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina) y, en representación de la Fundación Expoterra, Guillermo Marchesi, Pablo Lorenzetti, Federico Zonis y Gustavo Rinaldi.

En primer lugar tomó la palabra Pablo Lorenzetti, quien abrió el congreso señalando que “hemos estado en muchísimos lugares este año y vimos varios problemas ambientales en el país, en la región y en el mundo. A cada rato hay grandísimas catástrofes, problemas ambientales y personas excluidas. Es un incentivo que nos llevó a trabajar en este congreso con la noción del Estado de derecho ambiental, formato que se está analizando en los congresos internacionales”.

Por su parte, Alberto Bueres resaltó la importancia que representa para la Facultad la producción de congresos internacionales de esta envergadura. Luego de agradecer el compromiso de los expositores, le cedió la palabra a Ricardo Luis Lorenzetti.El presidente de la Corte Suprema manifestó que “hoy la Argentina cuenta con jueces y fiscales ambientalistas y especializados en tema ambiental que son una vanguardia en la jurisprudencia a nivel internacional. Tenemos también muchísimos profesores y representantes en todas las regiones del país, lo cual es motivo de mucho orgullo porque la Argentina tiene q ser un país federal en todo sentido”.

A continuación, tuvo lugar la conferencia inaugural a cargo de Claudia Lima Marques (Prof. de Derecho Privado por la Universidad Federal de Rio Grande do Sul, Brasil). Tras ser presentada por Lorenzetti, dedicó su ponencia a analizar el diálogo de fuentes entre el derecho ambiental y el derecho del consumidor. “No hay futuro si no incluimos el paradigma ambiental en las decisiones del día a día del derecho. Es fundamental que tanto el derecho ambiental como el derecho del consumidor no estén solo en los libros, sino también en la práctica”, expresó la oradora. Asimismo, explicó el diálogo entre las fuentes cada vez abarca un mayor número de leyes. Por lo tanto, es necesario adaptar el sistema a medida que surge una nueva legislación sin perder de vista los valores constitucionales.

Haciendo referencia al diálogo de fuentes dentro del mundo digital, reconoció que “el consumo sostenible como paradigma ambiental está muy presente en todas las leyes argentinas. Todas las normas, no solo las de derecho ambiental, sino también las normas de derecho del consumidor, deben tener la aplicación de la cuestión ambiental”. Finalmente, analizó el desarrollo normativo del derecho del consumidor y resaltó la importancia que significa la implementación en conjunto de las leyes que protegen al consumidor y las leyes ambientales.

“Es fundamental que el derecho ambiental sea práctico, especialmente tratándose de niños, niñas y adolescentes. Parece ser que los llamados de atención de la Corte Suprema de la Nación a las provincias a veces son efectivos y por eso podemos ser optimistas con respecto a la defensa de los derechos de la niñez”, indicó Aída Kemelmajer de Carlucci.