¡Seguinos!

Año XI - Edición 200 27 de septiembre de 2012

Buscar

Ética de la manipulación de embriones humanos

  • Notas

En el marco del ciclo de debates “Profesor César Siculer”, el pasado 30 de agosto tuvo lugar en el Aula Magna la conferencia “Ética de la manipulación de embriones humanos”, en la que participaron los profesores Rolando Chirico, Juan Pablo Alonso, Renato Rabbi Baldi, Marisa Herrera y Eduardo Barbarosch.

Luego de la presentación a cargo del profesor Juan Pablo Alonso, el profesor Rolando Chirico consideró que el tema de debate contiene cuestiones ideológicas y culturales, y aseguró que suelen confundirse las causas profundas de nuestra conducta con las razones que damos para actuar de determinada manera. Además, recordó al profesor Ferrajoli, quien advirtió que “el derecho no es el brazo armado ni de la moral ni de la religión”.

A continuación, el profesor Renato Rabbi Baldi hizo referencia a una sentencia que se planteó en la Cámara Federal de Salta en la que el expositor fue el vocal preopinante. Aseveró entonces que la infertilidad es una enfermedad, si se toma la definición amplia que brinda la Organización Mundial de la Salud. Señaló que los derechos constitucionales tienen que ser vistos como principios. Así, planteó si los embriones tienen derecho a la vida. Con una tesis amplia, la unión de dos núcleos genera un nuevo ser, creando un código genético nuevo. Sin embargo, una tesis restringida establece el principio de la vida desde la implantación en el endometrio uterino. También hizo mención al ordenamiento jurídico que prevé que “todos tenemos derecho a derechos fundamentales y todos los tienen desde la concepción, tanto en el Código Civil como en la Constitución”. En este orden de ideas, aludió al principio pro homine, a favor de la vida y al standard del mayor interés del niño. “Los embriones tienen derecho a la vida porque la ciencia lo dice y el ordenamiento jurídico acompaña”, expresó. Aseguró también que es éticamente admisible curar la infertilidad mediante la implantación de embriones previamente manipulados, mientras no se afecten los derechos de los embriones, ya que frente a dos derechos de análoga jerarquía cabe el resguardo de los derechos en la mayor medida de lo posible. Teniendo en cuenta que los científicos aconsejan transferir hasta tres embriones para evitar embarazos múltiples y reducir los riesgos para la salud de embriones y de la madre, surgió el problema de qué hacer con respecto a los embriones sobrantes no implantados. Remarcó que se los suele críocongelar a una temperatura de 160 a 190 ºC, pero cuando se descongelan suelen morir alrededor del 60%. Sin embargo, comentó que algunas legislaciones autorizan su descarte.

Por último, se refirió a la conexión entre derecho y moral, y resaltó que los derechos constitucionales son consecuencia de que las personas tienen dignidad. “Debe tratarse a las personas como fines en sí mismo, no como medios; los medios tienen un precio por el cual se paga, la dignidad infiere respeto”, concluyó.

Por su parte, el profesor Eduardo Barbarosch precisó que desde el punto de vista ético, la filosofía analítica ha esclarecido el lenguaje, por lo cual cuando se hace referencia al término “niño”, se trata de un término denso que describe una situación fáctica, por un lado, y también contiene un aspecto emotivo, valorativo. De este modo, entendió que el embrión no es un niño, y cuando se utiliza este término es para afectar al interlocutor emotivamente y lograr que se oponga a hacer daño a un niño. Remarcó entonces que lo correcto, lo bueno y lo justo no tiene correspondencia empírica. Asimismo, hizo alusión a que la metaética puede dividirse en dos: el realismo moral y el escepticismo moral.

Opinó además que un organismo celular es una relación natural de causalidad, es decir que un embrión es producto de un hecho causal. Así, consideró que existen tres realidades: embrión, feto y persona humana, pero advirtió que el concepto de persona, que es la atribución de derechos y obligaciones, es una construcción que proviene de los hombres.

Por último, la profesora Marisa Herrera observó que los cambios en el ámbito de la familia han llevado a la sociedad al pánico y con el Proyecto del Código hay una realidad que se trata de regular. Mencionó entonces el Pacto de San José de Costa Rica del año 1969 y la Convención de derechos del niño. Así, aclaró: “que haya movimiento en la células no implica que haya posibilidad de vida; no hay que perder de vista la realidad: pro homine es a favor del hombre, no de la vida, por lo cual, si no es persona no tiene derecho a la dignidad ni pro homine”. Con las técnicas de reproducción humana asistida, marcó que la vida comienza con la implantación del embrión en la mujer.

Finalmente, se refirió a tres tipos de identidad: genética, biológica y volitiva. Además, distinguió los embriones que están implantados de aquellos que no lo están, por ello, en la reforma del Código Civil debe renovarse con cada transferencia, porque esa es la manifestación del consentimiento de ser padres.

Debe tratarse a las personas como fines en sí mismo, no como medios; los medios tienen un precio por el cual se paga, la dignidad infiere respeto”, indicó el profesor Renato Rabbi Baldi.