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Año IX - Edición 172 22 de diciembre de 2010

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Tendencias actuales en la integración regional

  • Notas

El 1º de diciembre se reunieron en el Salón Azul el Profesor de Derecho Internacional Público de la Universidad de San Pablo, Brasil, Dr. Umberto Celli y los Profesores titulares de la asignatura “Derecho de la Integración” de la Facultad de Derecho, Dres. Walter Carnota, Sandra Negro, Alfredo Soto y Calogero Pizzolo para analizar las “Tendencias actuales en la integración regional”.

En primer término, el Prof. Alfredo Soto abordó la integración con miras a la cooperación policial y judicial para que no queden impunes los delitos de trascendencia internacional, es decir, el crimen trasnacional organizado. En este sentido, comentó que existieron avances en el Mercosur a través de Protocolos de asistencia en asuntos penales, y de cooperación de las fuerzas de seguridad y de la justicia. Asimismo, marcó la diferencia entre negocio e institución, entre autonomía y autoridad, observando que tendemos a fortalecer las instituciones y el Estado de Derecho en el ámbito del Mercosur. Sin embargo, reconoció que hay objetos que son innegociables porque forman un núcleo duro, como los derechos fundamentales, que deben estar integrados con la cuestión económica.

Por su parte, el Prof. Walter Carnota se refirió al federalismo y la integración, considerando que se producen préstamos conceptuales entre la teoría de la integración y la del federalismo ya que la propia concepción del federalismo se puede visualizar en los procesos de integración. En cuanto a la Argentina, subrayó que ha sido federal en un sentido más normológico que sociológico ya que desde 1860 hasta 1930 hubo una gran cantidad de intervenciones federales que fueron erosionando el contenido del federalismo. También hizo mención a la centralización del Poder Ejecutivo y a la presidencialización de la política, cuya combinación en el siglo XX resultó potenciar el Poder Ejecutivo, creando el Federalismo Ejecutivo con fuerte delegación a los órganos centrales. “Con la reforma de 1994, se constitucionalizó el Derecho Internacional de los derechos humanos, el Derecho de la Integración, y se trató de potenciar y mejorar el federalismo con los artículos 123 y el 129”, señaló. Además, aseguró que la intergubernamentalidad no es solamente horizontal sino también vertical, con la idea de articular al municipio, a las provincias y la región, para ver luego a la región completa. Advirtió entonces que los esfuerzos de la doctrina y la praxis diplomática se han encaminado a tomar la integración desplazando al federalismo, pero este último es una muestra de integración y tiene mucho que aportar en la teoría de la integración. “El siglo XXI no tiene discursos polares, de categorías cerradas del negocio de la institución, sino que son muy nítidas y cambiantes”, concluyó.

A continuación, el Prof. Calogero Pizzolo examinó la relación de la democracia y los derechos humanos en el proceso de integración. Así, aludió a que la globalización es percibida como algo negativo, pero sostuvo que tiene un perfil muy positivo ya que brindó un conjunto de derechos con carácter universal. En consecuencia, postuló que la globalización ha universalizado a la democracia como único sistema idóneo para hacer efectivos los derechos humanos y ha universalizado valores, además de que los conceptos de integración se han visto directamente influenciados. Aclaró asimismo que la fórmula de consenso explica la divisibilidad en los procesos de integración y que condensa un interrogante clave que consiste en determinar cuándo la autoridad constituida en el proceso de integración es aceptada por los sujetos a los cuales alcanza la integración. En lo relativo a los principios de los procesos de integración, mencionó el de igualdad soberana y el de la autoridad democrática. Por último, se abocó al proceso de formación del Derecho comunitario en la Unión Europea, observando que el Derecho originario del proceso de integración va incorporando normas que hacen referencia a la necesaria pertenencia a un sistema democrático y el necesario respeto a los derechos fundamentales.

Por su parte, la Prof. Sandra C. Negro identificó temas horizontales y originales en tendencias y acuerdos de procesos de integración frente a los acontecimientos y sucesivos cambios en el bienio 2008-2010. Explicó que los “originales” son aquellos que por sus características particulares están contemplados exclusivamente en la agenda de una integración regional, como la crisis de 2008 cuyas respuestas han exigido la coordinación de esfuerzos regionales e internacionales; es decir que cada bloque ha intentado adoptar las medidas juzgadas como necesarias, adecuadas a las particulares condiciones en las cuales la crisis se manifestó en cada área geográfica.
Mientras que caracterizó a los temas “horizontales” como problemas comunes a varios procesos de integración regional con respuestas similares o consensuadas, como el cambo climático o la protección del medio ambiente. Ante ello, hizo referencia a temas horizontales y originales en la Unión Europea y el Mercosur.

Para concluir, postuló que entre las tendencias actuales en materia de integración, una de ellas está vinculada a la internacionalización de los bloques en una pluralidad de temas horizontales. A su vez, observó que los temas originales dan lugar a procedimientos endógenos y/o característicos para su resolución.

El último en tomar la palabra fue el Prof. Umberto Celli, quien analizó las relaciones internas y externas del Mercosur, aseverando que el bloque está listo para enfrentar los desafíos que se pueden plantear. Describió entonces que en los últimos años hubo una proliferación de acuerdos regionales comerciales bilaterales que tratan temas fundamentales para la evolución del proceso de integración, entre ellos, las inversiones y el comercio de servicios. Así, distinguió a los países desarrollados y en desarrollo, mencionando que los primeros firman varios acuerdos bilaterales para la formación de zonas de libre comercio. En tal sentido, opinó que los países en desarrollo deberían privilegiar las negociaciones bilaterales. Puntualizó que Argentina tiene 57 acuerdos bilaterales de inversiones, de los cuales 50 están en vigencia; Brasil tiene 13, pero no ha ratificado ninguno de esos acuerdos; Uruguay tiene 26 y 20 están en vigencia; y Paraguay, 28. Con respecto a los acuerdos regionales, sostuvo que establecen un sistema de liberalización del comercio de servicios que no está basado en el modelo GATS. Destacó, finalmente, que hay cuestiones para perfeccionar el sistema de negociación de servicios en el marco del Mercosur, que existen problemas internos y externos, y que deben solucionarse primero los internos para avanzar en el futuro.