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Año XVIII - Edición 320 23 de mayo de 2019

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Talleres de formación: “El enfoque de género en la Enseñanza del Derecho. Aproximaciones desde el Derecho del Trabajo”

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Los días 2 y 9 de mayo, en la Sala Vélez Sarsfield, se llevaron adelante el segundo y el tercer encuentro del taller “El enfoque de género en la Enseñanza del Derecho. Aproximaciones desde el Derecho del Trabajo”, que organizan en conjunto el Departamento de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social, el Programa Género y Derecho y el Centro de Derechos Humanos (CDH).

El 2 de mayo expuso Laura Pautassi (directora del Programa Género y Derecho). El eje temático del encuentro fue el trabajo productivo, reproductivo o de cuidado y el trabajo socialmente útil, el tratamiento de la mujer en las regulaciones laborales y de seguridad social y el derecho al cuidado y políticas públicas.

Para comenzar, Pautassi explicó que la evidencia empírica ha sido la base constitutiva de los estudios de género e indicó que para que la muestra de la desigualdad y la estructura asimétrica de poder tuviesen credibilidad fue necesario construir evidencia empírica. “Esto se ve muy claramente en el ámbito de las relaciones laborales: la famosa discriminación salarial es casi una verdad establecida pero, en general, hasta tanto no mostramos la evidencia empírica esto es poco creíble”, sostuvo. En este sentido, destacó que uno de los grandes avances en el campo de los derechos humanos fue que la Convención contra la discriminación de la mujer (CEDAW) estableció en su definición de discriminación no solamente el alcance de la discriminación por la acción sino también por el resultado. Asimismo, señaló que “en los últimos treinta años han habido esfuerzos muy importantes para que esta evidencia empírica avance en relación con la incorporación de la misma en las políticas públicas”. Y agregó que “venimos de tradiciones históricas de las políticas públicas que no se basan en datos, sino en percepciones y cuestiones socialmente problematizadas”.

También detalló que “en el campo de los estudios de género tenemos en claro que lo que no se visibiliza no existe” y, por lo tanto, en el análisis de las relaciones del mercado de trabajo fue todo un logro que los sistemas estadísticos desagreguen por sexo.

En cuanto al concepto del trabajo, puntualizó: “En general solamente vemos al trabajo vinculado al empleo o a la ocupación, lo que está normado en la Ley de Contrato de Trabajo que además tiene una redacción que responde al momento histórico que era el modelo productivo taylorista-fordista que está totalmente perimido y a pesar de la multiplicidad de anclajes que se le hizo en la reforma de los años noventa, la matriz central no fue modificada”. Y sostuvo: “Mi idea disparadora es decir que todo es trabajo y el trabajo de cuidado –que es ese trabajo no remunerado y cotidiano que hacen las mujeres para los integrantes de su núcleo familiar– también es trabajo. Si miramos, a los efectos estadísticos, la Encuesta Permanente de Hogares considera a las amas de casa como inactivas. El gran aporte que se hace desde la economía feminista es precisamente decir que el trabajo de cuidado genera valor económico”.

El 9 de mayo la exposición estuvo a cargo de Liliana Ronconi (coordinadora del CDH) y tuvo como contenido los siguientes temas: género y derecho, la enseñanza del derecho con perspectiva de género, reflexiones desde el derecho laboral, el techo de cristal para las profesionales del derecho y aproximaciones a la situación en la academia y en el Poder Judicial.

Ronconi comenzó diciendo que “hubo un aumento del reconocimiento de los derechos de las mujeres”, y señaló que se podría marcar como un punto de mayor aumento el año 1994 con la reforma constitucional y la inclusión del art. 75 inc. 22 que incorpora la CEDAW y la Convención de Belem do Pará, que establecen la necesidad de igualdad entre hombres y mujeres y entre otros grupos. “Este mayor reconocimiento de derechos en los ámbitos internacionales se vio reflejado en organismos internacionales. Por ejemplo, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) creó una relatoría especial de mujeres, se creó el Comité de la CEDAW para monitorear el cumplimiento de la convención y también se fueron incorporando estándares de estos tratados en informes y sentencias de la la Corte Interamericana y de la CIDH”, desarrolló y agregó que “esto también fue receptado a nivel local. Empezaron a haber una mayor cantidad de normas que buscan la protección de las mujeres” que surgen ante situaciones de violencia y violencia extrema. Por ejemplo, la ley de Protección contra la violencia familiar, la ley de Protección integral a las mujeres y la ley Educar en igualdad: prevención y erradicación de la violencia de género. Sin embargo, afirmó que “pese al surgimiento de estas leyes y al reconocimiento de derechos, las estructuras de poder se han mantenido intactas”.

Luego contó que al analizar la composición de la Corte Suprema de Justicia se vio que en un total de setenta ministros y ministras de la Corte solo hubo tres mujeres y en el nivel de los tribunales superiores o cortes supremas de las provincias el porcentaje es más o menos igual. En el marco de los trabajadores en el ámbito de la Corte se ve que un 62% de funcionarios, personal administrativo y otros son mujeres. En la categoría de ministros, defensores generales y procuradores hay un 73% hombres y 27% mujeres en 2017.

“En el ámbito de la Facultad de Derecho tenemos un decano y un vicedecano hombres y un claustro de profesores donde hay solo una mujer, un claustro de graduados con una sola mujer y tres hombres y un claustro de estudiantes donde se repite la misma lógica. En las personas suplentes siempre hay por lo menos tres hombres y una mujer”, puntualizó. En cuanto al cuerpo docente, explicó que de un relevamiento se desprendió que hay 52% de mujeres auxiliares y jtp pero un 33% de profesoras regulares titulares y adjuntas.