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Año XIII - Edición 242 04 de diciembre de 2014

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SEMPITHIDIA
Lenguaje y retórica en el derecho internacional

  • Notas

El 12 de noviembre en la Sala Vélez Sarsfield de la Facultad de Derecho tuvo lugar el octavo encuentro de SEMPITHIDIA. El seminario está dirigido por Emiliano Buis y, en esta oportunidad se trabajaron textos de Lyndel V. Prott, Christopher J. Borgen y Anne Orford.

Para comenzar, Emiliano Buis afirmó que el objetivo de la charla con estos tres textos era analizar el derecho internacional como lenguaje. “La idea de estos tres textos es trabajar desde diferentes ángulos cómo el derecho internacional tiene un fundamento argumentativo que tiene que ver con el empleo que de él, en tanto discurso, hacen los sujetos con el propósito de persuadir”, subrayó. Asimismo, examinó que si se piensa que el derecho internacional es una creación en un sistema que es descentralizado y autorregulado, son los propios Estados, quienes, a la vez que crean el derecho internacional, lo deben interpretar. Por otra parte, recordó que lo que el derecho internacional realiza es crear una serie de estructuras normativas cuyos términos muchas veces están desprovistos de una definición preacordada. En la misma línea argumental, Buis explicó que, diplomáticamente, los Estados pretenden valerse de esa textura abierta para determinar semánticamente el alcance de esas nociones, empleando el derecho como herramienta para conseguir finalidades. “El derecho internacional es retórica en la medida en que los Estados pretenden llenar el lenguaje que lo sustenta con un contenido que resulta útil para sus propios intereses frente a los otros”, resumió Buis.

Con relación al texto de Lyndel V. Prott, “Argumentation in International Law”, indicó que, si bien han pasado veinte años desde su publicación, resulta interesante porque se trata de un análisis acerca de los procesos de toma de decisiones en los tribunales internacionales que puede ser extrapolado de aquella situación coyuntural, en la medida en que siempre los operadores del derecho internacional han necesitado una lógica argumentativa que sustentara su accionar.

Respecto del texto de Christopher J. Borgen, “The Language of Law and the Practice of Politics: Great Powers, Small States, and the Rhetoric of Self-Determination in the Cases of Kosovo and South Ossetia”, Buis manifestó que el autor trabaja el lenguaje del derecho a partir de un juego del orden de lo político. Así, por un lado, el texto se refiere al ejemplo de la independencia de Kosovo, que motivó por ciertos actores un lenguaje de la libre determinación y generó, a su vez, la reticencia por parte de ciertos Estados a aceptarla; y por otro lado, el caso de Osetia del Sur, territorio semiautónomo dentro de Georgia, que contaba con el apoyo de la Federación Rusa en su secesión. “Los dos ejemplos le sirven a Borgen para mostrar la manera en que se justifica en el lenguaje diplomático la aceptación o no de una pretensión secesionista, y en qué medida los grandes Estados recurren o no al discurso del derecho internacional, en cada caso concreto, para legitimar su postura”, examinó Buis.

Asimismo, en relación el texto de Anne Orford, “Muscular Humanitarism: Reading the Narratives of the New Interventionism”, los asistentes al encuentro expresaron que la metáfora de la heroización del Estado intervencionista frente a los pueblos victimizados y responsables de su condición vulnerable -como si se tratara de una película- supone la naturalización de estructuras culturales complejas que el derecho internacional reproduce. "El lenguaje, en realidad, es la punta del iceberg: constituye simplemente la expresión visible de un estado de cosas que, como la realidad que describe, no es ingenua", concluyó Buis.

“El derecho internacional es retórica en la medida en que los Estados pretenden llenar el lenguaje que lo sustenta con un contenido que resulta útil para sus propios intereses frente a los otros”, resumió el profesor Emiliano J. Buis.