¡Seguinos!

Año V - Edición 96 03 de noviembre de 2006

Buscar

Seminario Transdisciplinario Permanente “Argentina: Poder, Estado, Pobreza y Distribución” - “Posmodernidad y Derecho”

  • Notas

Por definición, lo posmoderno es algo que no se puede definir. Pero paradójicamente, eso ya nos dice mucho. Y como lo que no se define a sí mismo se cuestiona constantemente, el Seminario Transdisciplinario Permanente del Instituto Gioja, titulado “Argentina: Poder, Estado, Pobreza y Distribución”, quiso también aportar algo a la reflexión. Para esto, el Dr. Carlos Cárcova, Director del Instituto y Profesor Titular de Filosofía del Derecho en esta Facultad, disertó el 20 de septiembre sobre “Posmodernidad y Derecho”. La conferencia, que fue introducida con una breve presentación  del Dr. Héctor Sandler, comenzó con un comentario que hizo Cárcova acerca de una entrevista publicada recientemente que le hicieran al intelectual Moisés Naim, ex ministro de Venezuela y actual editor de la revista Foreign Policy, donde éste afirma, entre otras cosas, que el 11 de septiembre del  2001 en realidad no cambió muchas cosas y que actualmente se está dando una diseminación del poder a nivel global que puede resultar tan grave como su concentración extrema (el buscador cibernético Google y la enciclopedia virtual libre Wikipedia serían ejemplos claros de esta dispersión exponencial del poder).

Pasada la referencia, el Dr. Cárcova realizó un breve recorrido histórico de las corrientes jurídicas de última data. Así, hacia comienzos del siglo XX existían dos paradigmas fuertemente definidos: el iusnaturalismo y el iuspositivismo. Esta última tendencia (representada por autores como Hans Kelsen, Alf Ross, y Herbert Hart), que pasaría a dominar la disciplina a partir de los años ’20 y ’30, pensaba al derecho como una “cápsula”, aislada de todo contexto; el ser y el deber ser —factibilidad y validez— nunca podían ser concebidos en interrelación.

Más tarde —continuó Cárcova—, luego de la Segunda Guerra Mundial y ya entrados los años ’70, empezó a percibirse cierto “malestar en el derecho”, y gracias a las teorías de autores posestructuralistas diversos, como Ronald Dworkin, Jürgen Habermas, Michel Foucault, John Rawls, Jacques Derrida, Pierre Bourdieu, Niklas Luhmann, la teoría crítica, etc., las normas jurídicas tomaron la verdad propia de las construcciones humanas, imposible de ser aisladas de circunstancias, contradicciones y racionalidades políticas y sociales.

Actualmente —concluyó nuestro profesor— el derecho ya no puede ser estudiado aisladamente, sino que exige una comprensión transdisciplinaria que permita hacer frente a los nuevos desafíos de la globalización: la aceleración histórica (se dan bruscos cambios sociales en pocos años); la modificación radical de las concepciones de tiempo y espacio (producto de la relatividad y la informática); la revolución tecnológica y de las comunicaciones (Internet, mass medias, etc.); la universalización del problema moral (todos somos testigos de lo que sucede); las grandes migraciones (por guerras, desempleo, etc.); y la diversidad cultural.

Al haberse comenzado a comprender lo social ya no como un proceso natural sino como una construcción humana intersubjetiva y comunicativa, aparece un “agregado de sentido” que convierte toda situación en una potencial paradoja. De este modo, Cárcova señaló como ejemplos la contradicción entre la formalidad y la operatividad de los derechos fundamentales, la unipolaridad política a la vez que la multiplicación del micropoder, y la coexistencia de conductas de desterritorialización con refuerzos de localización regional.
Retomando la cuestión, Cárcova sostuvo que ante el desconcertante diagnóstico actual, el derecho exige permanentes alternativas hermenéuticas que posibiliten realizar interpretaciones acordes a la realidad en que las decisiones jurídicas cobran efecto.

“El jurista de hoy debe seguir conociendo los Códigos pero también conectarse con la vida real y sus cuestionamientos éticos” —culminó diciendo.