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Año V - Edición 97 17 de noviembre de 2006

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Seminario Nacional de Defensa del Consumidor

  • Notas

Durante los días 27 y 28 de octubre se realizó en nuestra Facultad las dos primeras reuniones del Seminario Nacional de Defensa del Consumidor. Derecho al Día tuvo la oportunidad de presenciar la primera de ellas en el Salón Rojo donde quiénes expusieron fueron el Lic. Américo García y el Prof. Javier Hernán Wajntraub.

En primer lugar, tomó la palabra el Lic. García, quien agradeció la invitación a los organizadores y se refirió a la naturaleza y características del consumidor en el mundo y, especialmente, en Latinoamérica.

Para el licenciado, la problemática de la defensa del consumidor tiene que ver con la revolución industrial y la producción en masa. Fueron los trabajadores los que propiciaron las primeras respuestas para defenderse como clase. Hacia 1890 en Estados Unidos surge la primera ley anti-monopólica que trata de limitar el poder de las grandes corporaciones que se iban formando como consecuencia del crecimiento industrial y fusiones de capital industrial y financiero. Esta ley intentaba brindar mayor información a los consumidores y presionar sobre las autoridades para obtener regulaciones, tanto en precios como en calidad.

A partir de la década del ´20, Estados Unidos es el país con mayor desarrollo. En ese contexto surge la Unión de Consumidores (Comsumer Union), que tenía la función de preservar el valor adquisitivo de los salarios e informar a los consumidores de la mejor manera posible.

Esta entidad comienza a publicar una revista llamada Comsumers Report que en la actualidad se ha convertido con una tirada de 4 millones de ejemplares en la novena revista en tirajes de los Estados Unidos.

Ya en 1960, se crea una organización internacional que hoy cuenta con alrededor de 250 asociaciones miembro presente en más de 115 países. La organización es la Comsumers International y en la Argentina existen 4 asociaciones adheridas a esta Federación.

Seguidamente, el Prof. Javier H. Wajntraub, especialista en Derecho del Consumidor y asesor legal de la Asociación de Consumidores, agradeció a la Fundación Justicia para todos y a la Secretaría de Defensa del Consumidor de la Nación por la invitación. Además, comentó que en estos días se encuentra en pleno debate en el Congreso de la Nación un proyecto de reforma de la ley del consumidor que ya tiene media sanción en la Cámara de Diputados. Entre otras cosas, la reforma actualizará la legislación dado que algunos conceptos de la actual ley son insuficientes o han sido aplicados de manera errónea.

Luego, señaló que la razón de ser del derecho del consumidor nos permite interpretar su aplicación en algunos casos concretos. Para Wajntraub, este derecho es eminentemente contractual porque regula situaciones que se presentan en la vida del contrato, entre un consumidor y un proveedor. Sin embargo, hay situaciones que la ley regula al margen de la existencia de un contrato. Es decir, hay un conjunto de situaciones en las que la ley trata de proteger genéricamente a los consumidores antes de que estos contraten con los proveedores. El profesor dio como ejemplo la situación de una oferta realizada a través de medios masivos. En ese caso particular, la ley le dice al proveedor los requisitos que debe cumplir para la realización de la oferta pública. De esta manera, está obligado a realizar la oferta en los términos que la ley exige. “Las consecuencias de no realizarla de acuerdo a la ley podría llevar a que se los impute y luego a sancionarlo por incumplimiento de la ley, o de los términos que ésta lo exige” –concluyó.