¡Seguinos!

Año XXI - Edición 371 21 de abril de 2022

Buscar

Régimen jurídico de los organismos genéticamente modificados

  • Notas

El pasado 30 de marzo se llevó adelante la actividad "Régimen jurídico de los organismos genéticamente modificados", organizada por el Centro de Derecho Ambiental (CeDAF).

Participaron de la misma Silvia Nonna, Leila Devia, Federico Iribarren y Juan Carlos Acuña.

Tras las palabras de bienvenida de Leila Devia y la presentación de ambos expositores por parte de Silvia Nonna, realizó su presentación Federico Iribarren. En primer lugar, manifestó que “no se puede hablar de organismos genéticamente modificados (OGM) sin contextualizarlos dentro la denominada Revolución verde que arrancó aproximadamente en el año 1960 donde se incorporó tecnología aplicada a la actividad agrícola, variedades vegetales de alto rendimiento, uso intensivo de fertilizantes, sistemas de riego, pesticidas con consecuencias que se vieron décadas posteriores”. Y citó un artículo desarrollado por el Instituto de Bioeconomía de la Facultad de Agronomía de la Universidad de Buenos Aires en relación con el trabajo del Banco Mundial. “Muestra lo que era el momento previo a 1960, el 60 por ciento de la población mundial estaba en situación de pobreza extrema, la expectativa de vida general no era superior a los 60 años. Los trabajos ven un correlato con la Revolución verde. Dado que para 2011 se estimaba una reducción de 50 por ciento de población en situación de pobreza extrema al 12 por ciento. Y eso en países asiáticos y africanos que no tienen sistemas agrícolas avanzados”.

Luego comentó sobre la creación de la Comisión Nacional Asesora de Biotecnología Agrícola en la Secretaría de Agricultura (CONABIA) en el año 1991 y las investigaciones sobre ingeniería genética y la técnica del ADN recombinante. “Luego de las primeras presentaciones y de evaluación de distintos ensayos, se autoriza la liberación comercial del primer evento genéticamente modificado: la famosa soja RR en el año 1995”, sostuvo. “Esta tecnología, que permite incorporar una característica genética, es dar un salto dentro de estos avances en la tecnología agrícola fue un salto de calidad muy fuerte. Da a los cultivos características que aumentan la competitividad. Por ejemplo, el caso más conocido es el de la soja RR que inicialmente le daba tolerancia a un herbicida de amplio espectro”, aclaró. Otro de los mejoramientos más usuales es el que permite que la propia planta tenga controlado su gen pesticida. Por ejemplo, el bacillus thuringiensis.

Destacó la importancia de tener un marco jurídico claro y previsible. “Somos un país que consumimos mucho menos de lo que producimos, por lo cual tenemos un sistema de comercialización atomizado entre miles y miles de productores. Los últimos censos mostraron cierta concentración. (...) Sí hay una demanda de productos que está en manos más concentradas y creció toda una cadena de contratos de almacenamiento, transporte, etc., de los productos que trata el modelo de agronegocios, pero que requiere solución para comprar un producto que tiene más de 20 millones de hectáreas en Argentina”, detalló.

Por otro lado, explicó cuáles son los principales conceptos de este control y fiscalización de las variedades vegetales. “El sistema de bioseguridad tiene niveles de resolución ministerial. Eso hace que sea una norma jerárquicamente bastante baja. No puede cambiar discrecionalmente. Sin embargo, uno ve denominadores comunes. Uno ve muchos vaivenes regulatorios en estos temas, pero hay algunos aspectos que se mantienen incólumes”, indicó. “El procedimiento puede cambiar, pero, por ejemplo, tienen una evaluación inicial del impacto agroambiental y sobre los ecosistemas que hace CONABIA y controla cómo se van cerrando los proyectos en INASE; una evaluación posterior, eso lleva un tiempo, después se hace la evaluación de inocuidad que ve la equivalencia funcional que hace SENASA. Y, por último, un dictamen más político si se quiere, pero igual es importante de la gente de la Dirección de Mercados o la denominación que tenga en su momento, que ve en función de la aceptación del producto”, señaló. Y agregó que “la regulación de SENASA ya tiene 20 años y está basada en directrices del Codex Alimentarius, así que hay aspectos que sustancialmente no cambian. Es lamentable que, a más de 20 años, en el Senado nos estemos basando en resoluciones ministeriales”.

Asimismo, se refirió a la obra Régimen jurídico de OGM recientemente publicado. “También este libro trata el tema de los derechos de exportación del complejo sojero. Explica el derrotero argentino, cómo se establecieron por el Código Aduanero. Esas disposiciones fueron declaradas inconstitucionales. En 2010 se torna operativa la intención constitucional que prohíbe la delegación legislativa salvo excepciones. Con lo cual cae esa legislación que quedaba en delegaciones irrazonables en el Poder Ejecutivo”, planteó y sumó que “el fallo Camaronera Patagónica S.A. de la Corte Suprema es lapidario con las retenciones o con los impuestos que no sean establecidos por ley e iniciados por la Cámara de Diputados. Este fallo de la Corte zanja la cuestión”.

Seguidamente, mencionó otras temáticas que aborda la publicación: los transgénicos, el derecho de propiedad intelectual, etc. “Se analizan las regulaciones comparadas. El Protocolo de Cartagena, que es un protocolo de bioseguridad en el marco del Convenio de Biodiversidad, el alcance del principio precautorio y otros instrumentos internacionales indirectamente vinculados”, aseguró. Por último, concluyó que “nunca publiqué algo sobre lo que no que hubiese trabajado, sobre lo que no haya tenido experiencia de trabajo, algo que sea una opinión netamente académica”.

Por su parte, Juan Carlos Acuña afirmó que “los operadores jurídicos generalmente estamos muy atrapados por los aspectos formales, y en este caso, el desafío que Federico pone a la consideración de los lectores cuál es el régimen jurídico, cómo se va organizando el tema de los organismos genéticamente modificados. En este caso, podemos decir más precisamente organismos vegetales genéticamente modificados”.

En ese sentido, señaló que la humanidad enfrenta un gran desafío. “Tenemos una población de 7500 millones de habitantes, un 95 por ciento de los alimentos que consumimos los humanos en el planeta proceden del suelo agrario. (...) Argentina, como bien decía Federico, es un país climáticamente beneficiado con todos los climas, clima tropical, húmedo, templado, templado húmedo, templado seco. Y la Patagonia donde ha habido algunas experiencias de cereales oleaginosos que, ayudados por la ciencia y la tecnología, han ido progresando en sus desarrollos”, aseguró.

Para finalizar, expresó que “podemos decir que Argentina hoy está en el auge de lo que es la primera generación de organismos genéticamente modificados. Ya apareció otra generación de organismos genéticamente modificados vinculados con incorporar otros productos, no solamente cereales oleaginosos, sino los productos de consumo directo o indirectos, relacionados también con el almidón, en el caso de la papa”.

A modo de conclusión, planteó que “los alimentos crecen con la producción aritméticamente y las poblaciones geométricamente. Tenemos un gran dilema como humanidad respecto a la ciencia y tecnología: ¿Cómo vamos a producir alimentos para una población cuya proyección 2050 la indican entre 10500 u 11000 millones de habitantes en este planeta? Y no todos en condiciones de acceso a alimentos en condiciones de inocuidad, calidad y nutritivamente aptos para su desarrollo”.

Video