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Año XI - Edición 202 25 de octubre de 2012

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Reforma del Código Penal y Género

  • Notas

Organizado por el Departamento de Derecho Penal y Criminología, el 5 de octubre se realizó en el Salón Verde de esta casa de estudios una actividad sobre la reforma del Código Penal, especialmente en lo referido a género.

En primer lugar, María Elena Barbagelata, Integrante de la comisión redactora de Reforma del Código Penal, subrayó que hoy por hoy “en el campo del Derecho penal siempre estamos en deuda con este tema (género), creo que más aún en otras ramas del Derecho”. Explicó también que muchas veces se sancionan leyes con una perspectiva de género acorde con el sistema de protección de los Derechos Humanos, pero que luego en su aplicación terminan siendo desvirtuadas. Algunas de las propuestas consistieron en la recepción de jurisprudencia en la letra de la norma, teniendo en cuenta, por ejemplo, los casos de violencia doméstica o violencia intrafamiliar. En un sentido similar, se refirió al arresto domiciliario, especificando que según su parecer debe haber una mayor consideración a las situaciones de madres con hijos menores. Adicionalmente, señaló que la intención es profundizar aspectos de género en el principio de oportunidad. Por otro lado, opinó que se debe hablar de delito de violación más que de acceso carnal. “Tenemos que ser muy claros en la cuestión del matrimonio, en estos temas de delitos contra la integridad sexual, justamente porque son delitos contra la libertad, entonces la figura del matrimonio no puede excluir la figura de la violación”, advirtió Barbagelata. En lo relativo al infanticidio, consideró que su derogación ha sido un error. “Me parece que no es solo una cuestión de derogarlo sino de realmente buscar la dimensión que el tipo tiene que tener”, indicó.

En segundo lugar, Lucila Larrandart, Directora del Departamento de Derecho Penal y Criminología, efectuó una crítica al enfoque que desde el feminismo se hace del derecho penal. “En general, con los enfoques de género, y en relación a aquellos conflictos en los que la mujer aparecería como víctima, existe una tendencia a reconducir los conflictos al Derecho penal pensando que la amenaza de pena puede operar como prevención”, relató. Sin embargo, advirtió que no se contempla el hecho de que no se logrará una mayor protección de las mujeres al aumentar la represión. Más aun, teniendo en cuenta que los delitos de los que son víctimas son los que forman parte de la “cifra negra”, es decir, aquellos por los cuales las mujeres no suelen denunciar su comisión ante el temor de sufrir represalias. Estimó que “en general, las organizaciones de mujeres al poner el énfasis en la mujer como víctima del hombre propugnan reformas que las hacen aparecer como muy vulnerables, reforzando el estereotipo, tratándola como débil e inferior; siempre, entonces, la mujer es víctima”. Tomando cifras aportadas por Ortiz de Rozas expresó que del año 1997 al 2009 las mujeres representan el 14% del total de homicidios, ya que los hombres son el principal grupo de riesgo. Por todo esto, la cifra genérica sobre tasa de mortalidad por agresiones es sensiblemente mayor en el caso de los hombres, lo cual “no señala una particular violencia para las mujeres”. Además, precisó que los homicidios a las mujeres se dividen en, por un lado, violencia y robo en las grandes urbes, y por el otro, la violencia de género. “Enla Ciudad de Buenos Aires, en el año 2010 el 50% de los homicidios de mujeres fue por violencia intrafamiliar y el 27% en ocasión de robo”, representando los suicidios de mujeres solo el 15% del total.

En tercer lugar, Jorgelina Camadro, Profesora de Derecho Penal dela Universidad Nacional de Mar del Plata, destacó que son muchos los docentes que vienen expresando públicamente su preocupación por la utilización desmedida y exclusivamente simbólica de las leyes penales, que acentuando una tendencia descodificadora llevaron a reformas asistemáticas que han puesto en crisis principios constitucionales que condicionan la actividad legislativa y judicial. De este modo, se altera el sistema de penas y su proporcionalidad, distorsionando el orden y la jerarquía de los derechos, proyectando, además, su efecto negativo sobre el proceso de interpretación de la ley y la seguridad jurídica. Precisamente, es en la violencia de género en el que el uso simbólico del Derecho penal, en particular con las demandas de mayor severidad, ofrece inconsistencias. “En definitiva, va a ser la implementación de los derechos sociales a partir de la autonomía individual, entendida como la posibilidad de proyectarse no en abstracto sino a partir de una mínima”, reflexionó Camadro. Observó que toda propuesta en materia de género y derecho deberá enmarcarse dentro de los infranqueables límites del derecho penal que rigen un Estado constitucional, social y democrático de derecho, pues no existe una desvinculación entre el modelo de Estado y el Derecho penal aplicable. “En el caso argentino, de conformidad conla Ley Fundamental y a los Pactos Internacionales de Derechos Humanos, ese sistema es el que se corresponde al que Luigi Ferrajoli denomina garantista, cognitivo o de estricta legalidad”, enseñó.

En último lugar, Gabriel I. Anitua, profesor de esta Facultad, indicó que hay un poder punitivo que aplica su violencia contra las mujeres, que las terceriza. Así, planteó una impunidad propia no necesariamente de un Derecho penal del enemigo sino de un Derecho penal del amigo, esto es, existe un Derecho tradicional que se aplica a los sectores más bajos de nuestra sociedad pero que para el empresario capitalista, para el funcionario estatal torturador, para el marido golpeador, hay un Derecho penal de amigos. “¿Qué hacer? La pregunta que se hizo Lenin hace más de cien años es una pregunta muy pertinente para todos los que queremos formar parte de un proyecto emancipatorio, igualitario, anti autoritario y todo esto es también el feminismo”, precisó Anitua. Pero no solo se debe hacer desde el Estado, también desde los movimientos sociales, para impedir la impunidad contra la mujer.

“En general, las organizaciones de mujeres al poner el énfasis en la mujer como víctima del hombre propugnan reformas que las hacen aparecer como muy vulnerables, reforzando el estereotipo”, estimó Lucila Larrandart.