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Año XV - Edición 278 01 de diciembre de 2016

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Protección de datos personales en Argentina, presente y futuro

  • Notas

La Carrera de Especialización en Derecho Informático organizó el pasado 10 de noviembre en el Salón Verde, la conferencia “Protección de datos personales en Argentina, presente y futuro”, a cargo de Eduardo Andrés Bertoni, director nacional de la Dirección Nacional de Protección de Datos Personales.

En primer lugar, Daniel Ricardo Altmark, director de la Carrera de Especialización en Derecho Informático, introdujo la conferencia: “La idea es salir al encuentro de los nuevos problemas y los nuevos interrogantes que plantea el impacto de las tecnologías de la información en la sociedad y, en consecuencia, desde este ámbito de la Facultad de Derecho (…), la preocupación es formar abogados que sobre la base del conocimiento del fenómeno del impacto de la informática en la sociedad, de la detección de los nuevos problemas e interrogantes que plantea ese impacto, estén en condiciones de asesorar al Estado, a las empresas y a los ciudadanos en la solución de los nuevos problemas jurídico que plantea el impacto de la informática en la sociedad”.

Tras esto, tomó la palabra Eduardo Andrés Bertoni, quien comenzó diciendo que “en la República Argentina la protección de datos está enmarcada jurídicamente en la ley 25.326 que es una ley que en Argentina fue bastante pionera que vino a consecuencia de una modificación de nuestro texto constitucional y fue consecuencia, también, de antecedentes que ya se venían dando en el Congreso”. Asimismo, el orador explicó que esta ley tuvo una muy fuerte inspiración en una ley española, que era una ley que se había sancionado en el año 1992 y “de la directiva europea 9546 que casualmente ha sido derogada este año para pasar a una nueva regulación de protección de datos en el ámbito de la Unión Europea”, describió y añadió que es un dato para tener en cuenta cuando se piensa hacia el futuro. Con relación a la ley 25.326 explicó que tiene dos bloques importantes. “Un bloque que está vinculado con todo lo que tiene que ver con la reglamentación del tratamiento de datos personales (…) y otras cuestiones más procedimentales”, indicó. Dentro de estas cuestiones, la legislación argentina trajo la posibilidad de un especial recurso de amparo que, en definitiva, se terminó conociendo como el recurso de habeas data. Por otra parte, señaló que no fue la ley que creó la Dirección Nacional de Protección de Datos Personales, sino que esta Dirección la crea el decreto reglamentario de la misma. Esta Dirección “asume el carácter de órgano de control del cumplimiento de la ley 25.326”, especificó y agregó que “no es el único anclaje que nosotros tenemos como órgano de aplicación de la ley sino que tenemos que tener en cuenta también que en el año 2014 se aprueba la ley 26.951 que es conocida como la ley del Registro No Llame”. En relación con esta ley, el expositor desarrolló que básicamente tiene ver con la creación de un registro en donde cualquiera de nosotros puede dejar asentado el número de teléfono para evitar ciertos llamados que nos incomodan, pero no son cualquier tipo de llamados”.

Posteriormente, contó que desde la Dirección elaboraron un plan de gestión para cuatro años y un plan que estableció objetivos estratégicos que “nos quisimos fijar dentro de la Dirección con algunas metas y algunos trabajos concretos que decidíamos que podíamos realizar”. En esta línea, expresó cuáles son los objetivos que se plantearon. El primer objetivo “lo establecimos como el de fortalecer la protección integral de los datos personales a fin de garantizar los derechos al honor, a la intimidad, a la libertad de expresión y al acceso a la información”, puntualizó Bertoni. Asimismo, se refirió a la posibilidad de que el Poder Ejecutivo mande prontamente un proyecto de ley de datos personales que modifique la actual legislación.