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Año XX - Edición 364 21 de octubre de 2021

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Problemas en la pesca marina: desafíos y soluciones

  • Notas

El pasado 23 de septiembre de 2021 el Centro de Derecho Ambiental organizó la conferencia “Problemas en la pesca marina: desafíos y soluciones”, a cargo de Nicholas A. Fromherz, Global Law Alliance for Animals and the Environment, Lewis & Clark Law School.

“El problema principal que voy a abordar es la pesca ilegal, no declarada y no reglamentada. También conocida como pesca INDNR”, comenzó señalando Nicholas A. Fromherz. En este sentido, comentó respecto a qué se refiere la pesca “ilegal” y remarcó que no solo es en contra de la ley nacional sino también internacional. Sobre la pesca “no declarada”, explicó: “La pienso como una subespecie de la pesca ilegal porque casi siempre cuando rige una ley o un tratado que dirige la pesquería en cuestión hay reglas sobre el reporte de captura. Entonces, el no hacer eso o hacer eso de modo inexacto quiere decir que es ilegal, pero es una subespecie porque son importantes los datos fieles sobre la captura”. Respecto a la pesca “no reglamentada”, señaló: “La pienso como la pesca que ocurre más allá del alcance de la ley. Puede ocurrir de varias formas. Podemos tener embarcaciones sin nacionalidad, pescando en altamar, esas embarcaciones que al no tener una bandera y no pertenecer a un Estado, están pescando sin un control legal. No podemos decir que es ilegal, pero no es reglamentada. Sí va en contra del espíritu de las leyes, pero ilegal en el sentido estricto no es”.

En cuanto a la escala y el carácter de la pesca INDNR, el expositor remarcó que es lucrativo y de gran escala. Detalló: “Crímenes y delitos ambientales (…) en cuanto al tamaño y el dinero que generan esas industrias ilícitas son rivales a los delitos transnacionales más grandes. La tala ilegal y el tráfico de madera es el número uno. Luego, tenemos la pesca INDNR. Los estimativos varían entre, generalmente, los 23 millones de dólares al año hasta 30 mil millones de dólares al año alrededor del mundo”. Además, explicó que el sistema de la pesca INDNR es complejo y variado, ya que implica desde descuidos en el sector artesanal hasta el crimen organizado. Generalmente es transnacional. Y resaltó que este tipo de actividad “ocurre junto con la pesca y el comercio totalmente legales (…). Por eso es más difícil de controlar”.
Con relación al derecho internacional que rige las pesquerías marinas, mencionó a la Convemar, la cual establece un marco general que construye a partir de “un par de dimensiones relacionadas”: una dimensión geográfica y una jurisdiccional/de competencia.

Luego, habló del papel de los Estados de pabellón. Por un lado, compartió que se puede ver de una manera: “Si ellos tienen un deber de vigilar sus embarcaciones y asegurar o hacer un esfuerzo de controlar sus embarcaciones, es solo cuestión de que ellos hagan un trabajo mejor en cuanto a vigilancia, a procesamientos y castigos en el caso de una infracción”. Sin embargo, resaltó: “Es más fácil decirlo que hacerlo” y mencionó casos como la pesca en aguas distantes, las tragedias de los comunes en alta mar, la problemática de las banderas de conveniencia.

Asimismo, en cuanto al papel de los Estados ribereños, explicó: “Hay muchos Estados ribereños que tienen un montón de riqueza marina, mares grandes, pero no tiene los recursos para vigilar y controlar”. Habló del caso de Argentina y los problemas de incursiones de buques extranjeros e incluso de buques nacionales. Continuó detallando que las Organizaciones Regionales de Ordenación Pesquera (OROP) no tienen facultades de aplicación y cumplimiento de la ley.
Por último, expuso acerca del papel de los Estados de puerto: “El puerto sirve como un cuello de botella en la cadena de suministro. Los países tienen recursos limitados, ese siempre es el caso, y no podemos controlar completamente la pesca que ocurre en el mar porque es muy disperso, hay muchas oportunidades para romper las reglas o pescar más allá de las reglas ¿Qué podemos hacer? Aprovechar este cuello de botella natural en la cadena de suministro”. En este marco, explicó: “Aquí entra un nuevo instrumento que se llama el Acuerdo sobre medidas del Estado rector del puerto. Este es el primer tratado vinculante, no es soft law, sobre la pesca INRDR. Es sobre medidas del Estado rector del puerto, pero todo vinculado a la idea de que esas medidas son para reducir la pesca INRDR y la posibilidad de que esos productos lleguen a los mercados”. Y añadió que Argentina todavía no es Estado parte del Acuerdo mencionado.

Finalmente, reflexionó sobre el problema del tratamiento dispar, conocido como el problema de “los peces son diferentes”, como un factor latente. Comentó que en muchos países los peces no son considerados “fauna silvestre” jurídicamente hablando, quedando excluidos de protección.

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