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Año XI - Edición 195 21 de junio de 2012

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Primera jornada de discusión sobre la reforma propuesta al régimen de sociedades comerciales en el anteproyecto de código civil - Homenaje al profesor Edgar I. Jelonche

  • Notas

En homenaje al profesor Edgar I. Jelonche, el 29 de mayo se desarrolló en el Salón Azul la primera jornada de discusión sobre la reforma propuesta al régimen de sociedades comerciales en el anteproyecto de nuevo Código Civil. La actividad fue organizada por el Departamento de Derecho Económico y Empresarial.

El primero de los expositores fue el profesor Daniel R. Vítolo, quien se refirió a las sociedades unipersonales y otros aspectos generales de la reforma. Pero, previo a ello, se permitió efectuar una mención especial en torno a la persona del homenajeado. Coincidiendo con los restantes oradores, especificó: “es un hombre -me emociona mucho decirlo- que me privilegió con su amistad, […] para mí no solo ha sido un maestro, una figura señera y un gran estudioso, profesor de derecho mercantil, sino que también ha sido una extraordinaria persona y un entrañable amigo”.

En cuanto al objeto de su intervención, sostuvo que parecería ser que la revisión del anteproyecto que se ha realizado en el ámbito del Poder Ejecutivo estaría modificando algunos de los institutos que el nuevo código proponía. Pero al día de hoy sólo se tratan de trascendidos que no permiten avizorar con total claridad cuáles serán finalmente las modificaciones a la versión original. Aparentemente, el Poder Ejecutivo alteró las normas vinculadas a las sociedades unipersonales, previstas inicialmente en la redacción del anteproyecto. La idea de la comisión había sido que cualquier tipo societario pueda ser unipersonal, algo que en principio ahora estaría limitado al caso de las sociedades anónimas. Para el expositor el reconocimiento de estas sociedades de un solo socio tiene la ventaja de permitir mecanismos de sustitución en el capital social sin necesidad de transferir la totalidad de los activos, lo cual es la toma de control indirecta de las empresas, facilita también el manejo de las subsidiarias totalmente controladas, permite además el aprovechamiento de mecanismos de funcionamiento de órganos ya conocidos, y el poder atesorar y utilizar la jurisprudencia dictada a lo largo de tantos años sobre las normas de la ley de sociedades.

Luego, el profesor Rafael M. Manóvil reflexionó sobre los grupos de sociedades y el control societario. Opinó que el deseo de contar con una sociedad unipersonal no siempre se fundamenta en el hecho de limitar la responsabilidad del socio único. “Cuando lo miramos desde el punto de vista de los grupos de sociedades nacionales o transnacionales, la generación de un sujeto de derecho diferente al dominante o central no tiene el propósito de limitar la responsabilidad en todos los casos, a veces puede ser que en determinadas actividades muy riesgosas ese sea uno de los objetivos, en otros caso es porque existen exigencias legales con respecto a la no mezcla de actividades especialmente regladas”, amplió. Ante la alarma que provoca la posibilidad de admitir sociedades unipersonales con responsabilidad limitada, el expositor aseguró “la inmensa mayoría de los actores de las relaciones jurídicas son honestos y de buena fe y no puede legislarse partiendo del presupuesto del fraude”. Para el orador los remedios que existen en nuestro ordenamiento para remediar los abusos –como, por ejemplo, la inoponibilidad de la persona jurídica- son instrumentos de corrección extraordinarios ya sea para sociedades pluripersonales o unipersonales. “Hay muchos grupos que nunca dejarían caer a una sociedad unipersonal que lleve su nombre y apellido nada más que por una cuestión de prestigio”, amplió.

A su turno, el profesor Ricardo A. Nissen efectuó algunos comentarios sobre lo que tal vez sea la nueva legislación en materia comercial. Ante todo, manifestó: “no me gusta para nada la sociedad unipersonal, creo que la Argentina tampoco lo necesita, no podemos legislar una ley de sociedades para algunos grupos empresarios, para que hagan lo que quieran dividiendo su patrimonio”. Alertó que porque algunos países desarrollados hayan optado por la posibilidad de constituir sociedades unipersonales nosotros no estamos obligados a seguirlos. Recordó que Napoleón, así como alentó la elaboración de un Código Civil para desalentar divisiones entre los distintos territorios franceses, también impulsó la redacción de un Código Comercial “para terminar con las avivadas de los comerciantes”. Por todo ello, se mostró contrario a iniciar un proceso de “comercialización del derecho civil” aunque sí una “civilización -por así decirlo- del derecho comercial”. La ley de sociedades fundamentalmente debe proteger a los terceros que contratan con la sociedad y por esto mismo es que Nissen entendió poco auspiciosa la legislación de la sociedades unipersonales aún con las limitaciones que se han impuesto a la hora de su constitución. Otra cuestión que analizó el expositor fue la eliminación del control de legalidad al momento de la inscripción societaria. El registrador mercantil nunca fue “una especie de receptor de ganado que le ponía una marca y se archivaba. […] El Registro Público de Comercio siempre fue un controlador de legalidad para adaptar el documento a la ley, para evitar pleitos futuros”.

Por último, el profesor Martín Arecha explicó el arbitraje y otras modificaciones al régimen de solución de conflictos societarios. Explicó que los conflictos societarios que son resueltos por medio de procesos judiciales se dilatan en el tiempo al punto tal de alcanzar lo irrazonable. Esto hace que las soluciones lleguen tarde y no sirvan para recomponer la vida de la sociedad. Frente a este contexto, precisó que “el arbitraje es un muy buen instrumento para que aquellas personas que estén en conflicto puedan conseguir un sistema de resolución de conflictos de modo satisfactorio, razonable y, además, justo”. Lo que se proyectó es que el arbitraje pueda ser de derecho o de amigables componedores, administrado por una institución que ante la falta de su designación lo será el de la bolsa de comercio más cercana al domicilio de la sociedad.

Finalizada la ronda de exposiciones se hizo entrega de una placa recordatoria a la familia del profesor Edgar I. Jelonche.

“No me gusta para nada la sociedad unipersonal, creo que la Argentina tampoco lo necesita, no podemos legislar una ley de sociedades para algunos grupos empresarios, para que hagan lo que quieran dividiendo su patrimonio””, manifestó el profesor Ricardo A. Nissen.