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Año XIV - Edición 258 05 de noviembre de 2015

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Presentación del libro Ley de Compras y Contrataciones de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires Comentada y Concordada

  • Notas

Auspiciada por la Cátedra de Derecho Administrativo del profesor Guido S. Tawil, el pasado 13 de octubre se realizó la presentación del libro Ley de Compras y Contrataciones de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires Comentada y Concordada, obra dirigida por Carlos Javier Regazzoni y coordinada por Sofía Capalbo, Marcelino A. Cornejo y Gonzalo L. Riobó.

Para comenzar, Carlos Javier Regazzoni (Subsecretario de Gestión económico financiera y administración de recursos del Ministerio de Educación - CABA)expresó que “en la gestión pública he aprendido a respetar enormemente el derecho y a quienes lo ejercen, y a valorar políticamente lo que significa el orden jurídico”. Asimismo, abogó por promover el orden jurídico y la libertad.

A continuación, Gabriela Seijas (Juez de la Cámara contencioso administrativa y tributaria de la CABA) resaltó que la materia de los contratos administrativos es “inacabable y ha dado lugar a polémicas interesantísimas (…) Siempre fue muy complicado analizar la idea de que alguien se obligue a cumplir un pacto y que sea tan poderoso”. Mencionó también que existe una idea fundamental de que el contratista se presenta como un colaborador de la administración, en pos del interés público. “Este rol de colaborador del contratista es un componente importante que da lugar a muchos conflictos. Lo que es interesante ver es que pese a este rol importante del contratista, el Estado nunca se puede desentender de sus obligaciones, no puede renunciar a sus prerrogativas, y esto también es un factor característico de los contratos administrativos”, desarrolló. Prosiguió diciendo que cuando la Ciudad de Buenos Aires decide legislar en esta materia, da un paso adelante, ya que la Ciudad siguió aplicando una legislación derogada a nivel nacional hasta el año 2007. “El dictado de la ley es un avance desde todo punto de vista, primero por el rango de la norma. Haber regulado el tema en los contratos en una ley es un avance respecto a lo que pasa en la Nación”, explicó Seijas. Manifestó que la legislación de la Ciudad se parece mucho a la nacional, que ha copiado muchas cuestiones y que en algunos aspectos se ha modernizado un poco. “Lo importante de esta obra es que nos acerca a entender la ley (…) Es muy difícil comentar una ley, es difícil leer una ley comentada, porque uno está acostumbrado a analizar temas jurídicos frente al conflicto, adelantarse frente al posible conflicto para escribir acerca de una ley no es una tarea fácil”, destacó.

A su turno, Julio Conte-Grand (Procurador General de la CABA) hizo alusión a tres “curiosidades”. “La primera curiosidad es que es una obra jurídica dirigida por un médico”, comentó. Asimismo, remarcó que para dirigir la obra se deben tener aptitudes de conducción y de rigor científico y una serie de virtudes que Regazzoni posee. Del mismo modo, destacó su enorme aptitud para darles espacio a los jóvenes. “La segunda curiosidad es que la presentación del libro comienza con una cita de Karl Schmidt, a mí me sorprendió enormemente”, afirmó. En este sentido, recordó que en la lápida de Schmidt está escrito en griego “tenía las leyes en su mente”. “De modo que es razonable que una obra de estas características que trata sobre una ley tan importante para el desarrollo de la CABA esté prologada por Karl Schmidt, que ha sido un jurista muy importante para la historia de la humanidad, más allá de sus pecados de juventud”. La tercera curiosidad se vincula con que se trata de una obra redactada por profesionales tan jóvenes. “Es llamativo de inicio y es mucho más llamativo a medida que uno va ingresando en la obra, profundizando la lectura, analizando los artículos y sus comentarios”, añadió Conte-Grand. Del mismo modo, el orador consideró que se trata de una obra doctrinaria de la dogmática jurídica, más allá de que “uno pueda ser muy crítico con ciertas perspectivas de análisis de las normas singulares que integran la Ley de Compras y Contrataciones”. Con relación al método utilizado por los autores en el comentario de la ley, Conte-Grand sostuvo que no se han sesgado exclusivamente al método de la exégesis. “Han superado los límites de la exégesis para transformar un comentario de una ley en una obra que tiene, de verdad, un método de carácter científico muy elevado”, declaró.

Por su parte, Pablo Clusellas (Secretario Legal y Técnico del Gobierno de la CABA)dijo que en materia de compras se parte de la base de respetar ciertos principios. “Los principios de concurrencia, igualdad, transparencia, son principios que deben mantenerse. Lo que uno tiene que preguntarse es cómo aplicar estos principios en la práctica (…) Por el rol que tuve que cumplir, me tocó tratar de modernizar todos los procesos y el tema de compras era clave”, detalló. Para el expositor, la cuestión era que la administración pública se había transformado en un conglomerado de mini-PyMEs. “Las compras se hacían de forma separada, no se aprovechaba el conocimiento”, aseveró, y agregó que la Ley de Compras fue un cambio sustancial. “Creemos que también es un principio. En el derecho privado y el derecho público estamos en medio de muchísimas reformas que van a constitucionalizar el derecho privado pero, por otro lado, privatizar el derecho público. El derecho público tiene que lograr las ventajas del derecho privado y este debe aprovechar instituciones del derecho público”. Así, subrayó que se producirán nuevas reformas, siempre sobre la base de que los principios que motivan la Ley de Compras se mantengan.

“Es muy difícil comentar una ley, es difícil leer una ley comentada, porque uno está acostumbrado a analizar temas jurídicos frente al conflicto, adelantarse frente al posible conflicto para escribir acerca de una ley no es una tarea fácil”, destacó Gabriela Seijas.