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Año XV - Edición 272 08 de septiembre de 2016

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Presentaci髇 del libro Impacto del C骴igo Civil y Comercial de la Naci髇 en el derecho administrativo

  • Notas

El pasado 17 de agosto tuvo lugar en el Salón Rojo la presentación del libro Impacto del Código Civil y Comercial de la Nación en el derecho administrativo, cuya autoría pertenece al profesor Carlos F. Balbín, actual Procurador del Tesoro de la Nación.

Para comenzar, Germán Garavano, ministro de Justicia y Derechos Humanos de la Nación, destacó que el autor haya innovado en materia pedagógica. “Innovar en materia de capacitación a través del uso de videos, poder complementar estos videos con una publicación, me parece que es algo novedoso y que debiera marcar una tendencia”, expresó. En este sentido, mencionó la importancia de generar nuevas herramientas de capacitación que avancen hacia el derecho aplicado. Con relación al tema de la obra, indicó que “son temas que son objeto de análisis en relación con el nuevo ordenamiento sustancial”.

A su turno, Ricardo Rabinovich-Berkman, director del Departamento de Ciencias Sociales, puso de manifiesto la facilidad de lectura de la obra presentada y añadió: “Carlos Balbín es un jurista como un jurista debe ser; es un humanista que se dedica al derecho pero que no pierde de vista en ningún momento que las mujeres y hombres que trabajamos en derecho trabajamos con el ser humano”. Remarcó además que el autor ha escrito una novela histórica, La revolución de los olvidos: Mayo 1810, donde hay un enfoque psicológico. “Ese ser humano escribe este libro y se ve al ser humano en este libro”, opinó. Además, sostuvo: “Hemos edificado esta metáfora de las ramas del derecho, metáfora bastante pobre (…) Carlos está quebrando ese paradigma, que es un paradigma falso. La verdad es que hay una sola cosa”.

Por su parte, Daniel Sabsay,profesor titular de Elementos de Derecho Constitucional,hizo alusión a que la obra llena muchas lagunas. “Una obra que sin juicio de valores, de manera científica y con un conocimiento extraordinario, con una pluma aguda pero sumamente sencilla, trata de encontrar un hilo frente a las lagunas y las porciones”, señaló. Asimismo, rescata la posición que en que el autor sitúa el derecho administrativo en relación con el derecho constitucional y con la república en general. También aseveró que Balbín demuestra que “la creación doctrinaria tiene mucho que ver con el trabajo de un tejedor, donde se van enlazando las distintas fuentes y en base a determinadas luces, como en este caso por ejemplo los principios, uno llega a un trabajo acabado que en realidad nunca está totalmente acabado”.

Luego, Carlos F. Balbín hizo mención de dos perfiles de la obra, el sustancial y el metodológico: “El lado sustancial de la obra es la necesidad de reflexionar sobre el derecho. Creo que la cuestión es mucho más profunda porque el libro apunta a la siguiente reflexión, esto es, cuál es el sentido de crear un derecho administrativo”, remarcó. Evocó que el derecho administrativo se construyó como un límite al ejercicio de las potestades exorbitantes ante los particulares. “En estos tiempos uno debe buscarle otro sentido al derecho administrativo, que es justamente tratar de superar las desigualdades estructurales en nuestra sociedad. Es necesario volver la mirada sobre el derecho administrativo para construir otro derecho capaz de coadyuvar a la igualdad entre las personas”, resaltó. Por otro lado, hizo referencia a la cuestión metodológica, que es la necesidad de innovar. “Innovar no por sí mismo sino para crear mayor motivación en la enseñanza y el aprendizaje del derecho”, afirmó. Más tarde, indicó que para estudiar y construir derechos hay que colocarse en el pilar de la incertidumbre. “Es verdad que nosotros hemos acuñado insistentemente el principio de la seguridad jurídica, pero la seguridad jurídica es un valor en términos de aplicación del derecho pero no en cuanto a la construcción del conocimiento”, diferenció Balbín. El orador aseguró que otro paradigma que es necesario romper es la distinción entre teoría y práctica. “La teoría y la práctica no tienen ningún sentido sino básicamente el razonamiento en el derecho. La teoría y la práctica son instrumentos que nos permiten ir al razonamiento del derecho”, consideró.