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Año X - Edición 177 16 de junio de 2011

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Presentación del libro homenaje a Julio César Rivera “Protección jurídica de la persona”

  • Notas

Con miras a las próximas XXIII Jornadas Nacionales de Derecho Civil, el 30 de mayo se efectuó la presentación de “Protección jurídica de la persona”, obra en homenaje al Dr. Julio César Rivera, Profesor Titular de esta Facultad y especialista en derecho de la insolvencia, derecho societario, litigios comerciales complejos, derecho bancario y derecho civil. La dirección de la actividad estuvo a cargo del Dr. Luis D. Crovi.

El Dr. Alberto Bueres, Vicedecano de esta Casa, fue el encargado de inaugurar la actividad dando la bienvenida al público presente y dedicando unas palabras al homenajeado. En ese sentido, opinó sobre “la extraordinaria inteligencia, los grandes conocimientos y la rigurosa disciplina metódica del Dr. Rivera, quien es sin duda uno de los más encumbrados juristas de ahora y de siempre”. Sumó a ello, una sucinta descripción de su desempeño, no sólo como docente universitario en las distintas aulas de esta Facultad, sino también como autor de una innumerable cantidad de valiosas obras, conferencista en diferentes congresos nacionales e internacionales, y magistrado en el Poder Judicial de la Nación. Por último, se dirigió al Dr. Rivera y dijo: “Querido Julio, adhiero con total convicción a este homenaje, merecidísimo homenaje, en mi nombre y en el de las autoridades de esta Facultad”.

Posteriormente, la jornada continuó con una mesa redonda en donde se debatió sobre la determinación de la mayoría de edad a los 18 años, sin dejar de considerar cuestiones tales como la incidencia de la reciente reforma en el Código Civil a través de la ley 26.579, el nuevo régimen alimentario y la capacidad laboral y procesal de los menores. Participaron de esta mesa los Dres. Santos Cifuentes, Luis Leiva Fernández, Mabel Rivero, Graciela Medina y Luis Daniel Crovi, estando la coordinación de la misma en los Dres. Diego Fissore y Carolina Grafeuille.

Una segunda mesa centró su atención en los derechos de los pacientes, deteniéndose en el estudio del consentimiento informado, la nueva ley de salud mental y la capacidad progresiva de los menores y las decisiones médicas. Intervinieron los Dres. Leandro Vergara, Eduardo Roveda, Jorge Mayo y Nicolás Reviriego. Coordinaron la disertación la Dra. Irene Hooft y el Dr. Pablo Flores Medina.

El Dr. Eduardo Zannoni fue el encargado de presentar la obra “Protección jurídica de la persona”. Primeramente, remarcó el gran desafío de embarcarse en la publicación de un libro jurídico cuando son conocidos los reiterados contratiempos que suelen presentarse frente al hecho de que en nuestro país se están produciendo constantes cambios normativos que, respondiendo a urgencias políticas u oportunismos partidarios, terminan impidiendo la creación de una legislación con una metodología coherente y adecuada. En cuanto al libro propiamente dicho, sostuvo que “esta muy bien diseñado, muy bien sistematizado, desde el momento en que toma a la persona en sí o sea la protección del ser, la protección de la salud, la protección frente a los daños y la protección de la vivienda”.

Acto seguido, el Dr. Daniel R. Vítolo, Director del Departamento de Derecho Económico y Empresarial, también le dedicó algunos comentarios a dicha obra, sin dejar de destacar la gran labor de los autores que fueron capaces de concentrar en un sólo texto pensamientos y postulados que han venido desarrollando por varias décadas a lo largo del desempeño académico de cada uno de ellos.

Finalmente, tuvo lugar una conferencia sobre protección jurídica de la persona a cargo del Dr. Julio César Rivera. Señaló el homenajeado que la reforma al Código Civil que se avecina requiere de la real participación de toda la comunidad jurídica argentina, con el fin de lograr el verdadero consenso necesario entre las distintas corrientes doctrinarias existentes en el país.

En lo relativo a los no tan recientes contrapuntos entre los promotores de la descodificación con aquellos que propugnan por el fortalecimiento de un proceso de codificación, subrayó la importancia de evaluar los beneficios de cada fenómeno. Tal vez el ejemplo más emblemático sucedido en la Argentina fue la descodificación del Código de Comercio, hoy ya como un texto extremadamente reducido y en el que se presenta como un imperativo para cualquier estudioso la necesidad de recurrir a un sin fin de leyes especiales esparcidas por todo el plexo normativo nacional. Por otro lado, confesó que los procesos de descodificación no parecen ser el destino de las distintas naciones del globo, ya que a partir de diversas investigaciones fue posible determinar que desde la vigencia del Código Civil Italiano del año 1942, más de cincuenta Códigos Civiles fueron sancionados en todo el mundo. Agregó el expositor que la codificación es el medio más idóneo que en la actualidad se conoce. En definitiva, precisó que hoy no es exactamente el método de codificación lo que ha envejecido sino que han sido las cláusulas del siglo XIX contenidas en dichos Códigos.

De hecho, por aquel entonces los principales motivos por los cuales los legisladores giraron hacia los procesos codificatorios fueron tanto la perentoriedad como la completividad, es decir, el anhelo de que este cuerpo normativo sea eterno en el tiempo y pueda, además, comprender el todo. Como contrapartida, en la actualidad no existe tal pretensión, sabiendo que cualquier Código Civil deberá convivir indefectiblemente con otras fuentes del derecho, desde la lex mercatoria, los derechos de comunidades economías (UE - MERCOSUR), hasta los distintos instrumentos internacionales adheridos por cada nación. Así, el Dr. Rivera enseñó que “el Derecho Civil no encuentra su única fuente en el Código, hemos descubierto que el Derecho Civil está también en la Constitución, y hablamos hoy de Derecho Civil Constitucional, y a ello se ha sumado el derecho supranacional de los Derechos Humanos, que en materia de derecho de personas tiene una importancia radical”.

Desde su óptica, evaluó los elementos que deberían incluirse y excluirse en materia de protección de la familia, de la propiedad y de la persona ante un proceso de recodificación que parece inminente en nuestro país.

Los códigos contemporáneos deben convivir con lo que se conoce como microsistemas normativos de igual rango, como ser la ley de sociedades, la ley de quiebra o la ley de seguros. Frente a esta realidad, el próximo Código Civil no se deberá proponer comprenderlo todo sino intentar ser un fiel reservorio de los conceptos generales del Derecho Civil, permitiendo a partir de allí comprender a las otras leyes especiales de igual rango. No estará todo el Derecho Civil y Comercial en un mismo cuerpo, aunque habrá una unificación de ambos Códigos. Este nuevo Código Civil unificado será, según el Dr. Rivera, una lengua común a todo el ordenamiento, debiendo también este nuevo Código encontrar sustento en los principios y garantías amparados en el texto constitucional.

Sobre la obra…
Con prólogo a cargo del Dr. Héctor Alegría, “Protección jurídica de la persona” es una obra colectiva en homenaje al Dr. Julio César Rivera. El coordinador fue Darío J. Graziabile y los co-autores fueron los Dres. Amorin, Bergel, Casadio Martínez, Crovi, Chiavassa, Del Mazo, Donna, Escuti, Galdós, Graziabile, Kemelmajer de Carlucci, Leiva Fernández Mariño, Martorell, Mayo, Medina, Mosset Iturraspe, Osterling Parodi, Peralta Mariscal, Piedecasas Puerta de Chacón, Ribera, Roitman Roveda, Silva Romero y Vítolo.

El Dr. Bueres, dirigiéndose al homenajeado, dijo: “Querido Julio adhiero con total convicción a este homenaje, merecidísimo homenaje, en mi nombre y en el de las autoridades de esta Facultad”.