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Año XVII - Edición 313 15 de noviembre de 2018

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Presentación de libro Asociaciones Civiles en el Código Civil y Comercial de la Nación

  • Notas

El pasado 2 de octubre, en el Salón Verde, se presentó el libro Asociaciones Civiles en el Código Civil y Comercial de la Nación, de Facundo Alberto Biagosch.

Para comenzar la presentación, Daniel Roque Vítolo manifestó: “Después de dieciocho años de luchar para poder conseguir una ley nacional de asociaciones civiles, la ley no salió pero consiguió algo mucho más fuerte: que su proyecto y su preocupación por estas instituciones fueran consagradas de forma expresa y estuvieran reguladas en el Código Civil y Comercial de la Nación (CCyC)”. Asimismo, remarcó que “este triunfo de Biagosch no ha terminado de consolidarse del todo porque, como él señala en el libro, la existencia de la regulación en el Código Civil y Comercial no impide la sanción de una ley nacional complementaria que aborde otros aspectos vinculados a estas instituciones”.

Con relación al autor, sostuvo que “es una persona que conoce profundamente el derecho, lo demuestra en la obra, que recorre no solamente el tema de las asociaciones civiles en el CCyC sino que se adentra en muchos otros aspectos”, como el derecho comercial, cuestiones del mercado, la trascendencia que tienen la persona jurídica en la actuación frente a terceros y los límites que hay que colocar para que no sean desnaturalizadas las instituciones.

Luego agregó que “no solamente ve a la asociación civil como aquel instrumento por el cual se puede dar contención a los hombres y mujeres comunes de la sociedad, sino que también advierte que es un instrumento sumamente necesario e importante en el mundo empresario”.

Seguidamente, Eduardo Mario Favier Dubois (h) expresó que el autor de la obra que se presenta “es un número uno en materia de asociaciones civiles”. Además, aseveró que “el CCyC lo que hizo fue, de algún modo, adaptar la legislación argentina a la posmodernidad y a la globalización (...) y llegamos a las asociaciones civiles con un cambio muy importante también: antes la asociación civil tenía por objeto el bien común. Ahora no tiene nada en particular por objeto, solo que no tenga lucro”.

Finalmente, Facundo Alberto Biagosch contó que cuando se sanciona el CCyC en 2014, el editor de mi libro me dice que tenemos que actualizarlo porque mi primer libro acerca de asociaciones civiles había sido actualizado en 2005 con el proyecto de ley que se había aprobado en 2003 el Senado y con la resolución 705 de Nissen en la Inspección General de Justicia, en la cual colaboré, y en donde se introdujeron varios artículos del proyecto de ley”. Por otra parte, resaltó que “muchas instituciones que se regulan en el CCyC no hacen hincapié en determinados temas que sí lo trata el proyecto de ley”.