¡Seguinos!

Año XVII - Edición 303 31 de mayo de 2018

Buscar

Obligaciones estatales y derechos de las mujeres: estándares internacionales e indicadores para garantizar una vida libre de violencias

  • Notas

El 21 de mayo se desarrolló la actividad “Obligaciones estatales y derechos de las mujeres: estándares internacionales e indicadores para garantizar una vida libre de violencias”, organizada por el Programa Género y Derecho de la Facultad y el Equipo Latinoamericano de Justicia y Género. En este marco, brindaron su aporte Luz Patricia Mejia Guerrero, secretaria técnica del Mecanismo de Seguimiento de la Convención de Belem do Pará (MESECVI-OEA), el profesor Víctor Abramovich, procurador fiscal ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación, y la profesora Laura Pautassi, investigadora del CONICET y directora del Programa Género y Derecho de la Facultad.

En primer lugar, Laura Pautassi destacó la participación de Mejía Guerrero y Abramovich en la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH). “Víctor inicia la discusión sobre indicadores de seguimiento de San Salvador. Saca un primer documento sobre lineamientos para los indicadores de monitoreo y seguimiento de la Convención de Belém do Pará. Ese documento es aprobado cuando Luz Patricia integraba la Comisión que luego preside. Esos indicadores, esos lineamientos luego se trasforman en la matriz que hoy son los indicadores del Protocolo de San Salvador”, sostuvo.

Luego, Luz Patricia Mejia Guerrero reconoció la importancia del sistema de indicadores y la dificultad que representan para los Estados: “Es un cambio de esquema para los Estados porque implica trabajar con estándares interamericanos pero aterrizados en la implementación de políticas públicas”. En ese sentido, afirmó que “la mayoría de los Estados que forman parte de Belem do Pará tienen políticas públicas para erradicar la violencia contra las mujeres, todos los estados tienen legislaciones que sancionan de alguna manera la violencia contra las mujeres. Algunos con leyes más integrales, otros con leyes de carácter familista”. Y agregó que “la convención de Belém do Pará no solo consagra el derecho de las mujeres a vivir libres de violencia, también consagra el derecho de las mujeres a ser educadas libres de patrones estereotipados”.

El mecanismo trabaja con rondas de evaluación multilateral. Se le envía a los Estados un conjunto de indicadores para que sean respondidos. Al mismo tiempo, son remitidos a organizaciones no gubernamentales que trabajan el tema. “Luego se hace un informe por cada uno de los Estados parte que participaron en la ronda de evaluación, y una vez que tenemos todos los informes nacionales, tenemos también un informe hemisférico que nos permite tener una mirada más compleja de lo que está pasando en la región”, planteó.

La expositora presentó los resultados del tercer informe que se propuso medir “cómo el deber de prevención se está abarcando con medidas de carácter jurídico, con medidas de carácter político, con medidas de carácter administrativo y cultural”.

De este relevamiento participaron 24 Estados de los 32 que forman parte de la Convención de Belem do Pará. Los resultados que arrojó dan cuenta de que el 30% de los Estados tienen alguna disposición legislativa relativa a erradicar conductas basadas en subordinación o inferioridad de la mujer. Sin embargo, solo 14 países parte respondieron que tenían leyes o políticas nacionales dirigidas directamente a prevenir la discriminación contra la mujer. Las mayores dificultades se vislumbraron en lo que refiere a mecanismos de monitoreo, acceso a la justicia y el partidas presupuestarias destinadas a financiar programas de lucha contra la violencia de género.

Víctor Abramovich enfatizó la relevancia del trabajo que viene llevando adelante el grupo de trabajo del Mecanismo de Seguimiento de la Convención de Belem do Pará (MESECVI): “Es necesario pensar el trabajo de los indicadores en el mecanismo junto con los desarrollos que se vienen dando en el grupo de implementación del Protocolo de San Salvador sobre derechos económicos, sociales y culturales porque las políticas de prevención de la violencia están íntimamente vinculadas con otros campos de la igualdad de género donde al inclusión social y económica de la mujeres es central”.

Por otro lado, remarcó que la ventaja que representan los sistemas de indicadores radica en que mueve la discusión del caso al campo de la política. “Del caso, que es el escenario central para el debate de derechos humanos en los sistemas de protección, se pasa a un debate más complejo, pero al mismo tiempo fundamental, que es el debate del monitoreo, el seguimiento de las políticas públicas”, indicó.

Asimismo, expresó que “los indicadores son herramientas de supervisión internacional porque son la vara con la cual el MESECVI o el grupo del Protocolo le dan seguimiento a las obligaciones de los Estados en los tratados, si avanzan o no avanzan en la prevención de violencia de género, en la realización de derecho sociales”. Al mismo tiempo, funcionan como herramientas para los propios gobiernos para hacer diagnósticos de sus propias políticas para pensar sus intervenciones en términos de enfoque de derechos. Por último, añadió que “son también herramientas para el monitoreo social, para el control y el seguimiento desde las organizaciones sociales, sindicales y políticas de las actividades de los Estados”.