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Año XX - Edición 359 12 de agosto de 2021

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Nuevos enfoques de la vulnerabilidad en el derecho privado

  • Notas

El 25 de junio se desarrolló el seminario web “Nuevos enfoques de la vulnerabilidad en el derecho privado”, que organizaron el Instituto Gioja, la Maestría en Derecho Comercial y de los Negocios, el Centro de Investigación Pacem y los Proyectos de Investigación: UBACYT 20020170100639BA, UBACyT 20020170100526BA, PDE_43_2020, PDII 2020 PIDAE 2020.

La jornada comenzó con las palabras de Raúl Etcheverry (Instituto Gioja-Facultad de Derecho -UBA).

A continuación, brindaron su aporte Esther Ferrer de Fernández (Gioja- UBA), Paula Noelia Bermejo (becaria UBACYT - UBA), Gabriela Pamela Butti (UBA) y Martín Testa (Gioja UBA/UCES). Moderó Alejandra Tévez (Instituto Gioja - UBA) y coordinaron Salvador Francisco Etchevers.

Esther Ferrer de Fernández expuso en torno al tema “Las criptomonedas y la posibilidad de extinguir obligaciones en general y deudas alimentarias”. Para plantear la temática, comentó que a través del relevamiento de fuentes oficiales, como la elaborada por la Red Link, en el año 2020 en el mes junio “la estructura del mercado hizo que 36 millones de usuarios argentinos aplicaran o utilizaran el dinero electrónico como medio de transacción”.

Luego recordó que las funciones del dinero han sido demarcadas a partir del siglo XX. “Las funciones del dinero son: medio de cambio, es decir, para llevar a cabo las transacciones y extinguir obligaciones; unidad de cuenta porque sirve de patrón para comparar el valor de las cosas; y depósito de valor, es decir, como una forma de ahorrar. Pero lo cierto es que más allá de todas estas funciones que atañen al dinero, podemos decir que el dinero es cualquier tipo de bien generalmente aceptado como medio de pago para realizar transacciones o cancelar deudas”, desarrolló y señaló que se ha planteado una cuarta función del dinero: la función aceleradora. “En distintos momentos de la historia de la humanidad ha habido distintos patrones que generaron esa función aceleradora. Sin embargo, se recaba que actualmente esa función aceleradora del tráfico comercial resulta caracterizado por el dinero electrónico y sus variantes, ya que hace que se aceleren las transacciones por las condiciones especiales que estos revisten”, explicó y reflexionó: “Vemos que el dinero electrónico y sus variantes, además de recabar todas las funciones que tiene el dinero, tiene esta función de aceleración del sistema económico y esto debe considerarse en el sistema jurídico”.

Más adelante, se refirió a la diferencia entre los criptoactivos y las criptomonedas: “Los criptoactivos constituyen un género y las criptomonedas una especie del género criptoactivos”.

En cuanto a la regulación jurídica de las criptomonedas, la oradora explicó que “el derecho argentino vigente no otorga normas, pero nos da algunas herramientas a través de las disposiciones que tenemos. Lo que podemos esbozar es que vemos con buenos ojos una regulación acorde a las necesidades sin vulnerar el sistema y los sujetos vulnerables intervinientes, en este caso los consumidores y en el tema alimentario los alimentados, porque vemos que si se prohíbe algún sistema lo que en realidad sucede es que a quien se perjudica es aquel sujeto que se encuentra vulnerable en la cadena porque se le impide el acceso a aquel elemento que le está favoreciendo la relación de consumo o la relación alimentaria”.

Seguidamente, Gabriela Pamela Butti expuso acerca su tesis de maestría, titulada “Principios y normas tendientes a regular la empresa familiar en el derecho argentino”. “Elegí este tema porque formo parte de una empresa familiar. Lo interesante de la elección del tema fue mostrarles los aportes que puedo presentar de lo que es trabajar en una empresa familiar en el día a día”, introdujo y contó: “Las empresas familiares tienen un reconocimiento económico como motor de la economía no solo en Argentina, sino en el resto del mundo. Acá en Argentina un 90% del total de las empresas son familiares y estas empresas aportan un 70% del empleo privado y generan un 68% del PBI. Esto ya resalta la importancia de las empresas familiares en nuestro país”. Por otro lado, planteó, como contrapartida, que “las empresas familiares tienden a no sucederse en el tiempo, a no transmitirse. Es por eso que tan solo el 4% de estas empresas familiares llegan a la tercera generación y un 1% a la cuarta generación”. En este sentido, puso de manifiesto la importancia de analizar las cuestiones que hacen que las empresas familiares no perduren en el tiempo.

Además, comentó: “Lo que planteé en la tesis y lo que considero como una necesidad imperiosa es regular a la empresa familiar. Es necesario que haya una ley que regule las necesidades propias de la empresa familiar”.

Por su parte, Paula Noelia Bermejo se refirió a su tesis de maestría acerca de los métodos de resolución de conflictos y la vulnerabilidad en el derecho privado. Para comenzar, explicó que cuando se refiere a los métodos de resolución de conflictos también se refiere a las cuestiones vinculadas a la prevención de los conflictos. En este sentido, agregó que no se enfocó “solamente en la resolución, sino un poco antes en lo que es el tiempo y la importancia de la prevención de los conflictos. Ahí desarrollé las cuestiones vinculadas a la prevención de los conflictos en el ámbito de la empresa familiar”.

Asimismo, indicó que “en los últimos tiempos estamos evidenciando un fenómeno en el cual cada vez más los métodos de resolución de conflictos tienden hacia la especialización, ya sea que se trate de métodos de resolución de conflictos de naturaleza judicial o administrativa, de naturaleza pública o privada”. Y desarrolló: “Tanto es así que tenemos dentro del ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires el fuero comercial y el fuero civil. Dentro de lo que es el fuero civil, el fuero dedicado a las cuestiones de familia específicamente y por otro lado las cuestiones patrimoniales. Tenemos los tribunales de consumo, la mediación en el sentido general para el ámbito civil y comercial y en el ámbito de la mediación familiar específicamente contamos con una matrícula de mediación de familia”.

“Con respecto a los lineamientos que nos otorga la teoría del análisis económico del derecho, en principio tengo que destacar que desde los desarrollos que realizo en mi tesis, llego a una de las conclusiones que es que la especialidad de ningún modo destrata el conocimiento amplio y general del derecho, ya que la especialidad se basa en el conocimiento amplio y general del derecho y la especialización parte de la generalidad y se proyecta hacia la particularidad”.

Por último, Martín Testa se enfocó en la temática de los animales no humanos como sujetos de derechos vulnerables en las relaciones de consumo. “Lo que está faltando es sumar en una próxima reforma a la persona no humana, los animales no humanos, como sujetos de derecho, sujetos sintientes e integrantes en las familias”, sostuvo. También se preguntó si es necesario sentir para ser reconocido jurídicamente como persona y brindó una serie de ejemplos en este marco: “Tenemos algunos ejemplos de libros sagrados, templos y deidades de la India que son reconocidos como sujetos en el ámbito internacional”.

Puso de relieve la importancia de pensar el lugar que ocupan los animales no humanos en todos los conflictos porque “los animales no humanos están presentes en el transporte, en la familia, en las relaciones de consumo, en la cuestión de la alimentación, en la cuestión de la información, en la cuestión de la de la salud y la telesalud animal”.

Para cerrar el encuentro, tomó la palabra Alejandra Tevez.