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Año XVIII - Edición 322 20 de junio de 2019

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Mesa redonda sobre el Proyecto de Reforma al C骴igo Civil y Comercial de la Naci髇

  • Notas

El pasado 3 de junio tuvo lugar una mesa redonda sobre el Proyecto de Reforma al Código Civil y Comercial de la Nación en la Sala Vélez Sársfield. Organizaron las cátedras de Derecho Comercial Favier Dubois (h), Mizraji, Naveira de Casanova, Nissen y Vítolo; Cátedras de Derecho Civil Rivera, Medina y Córdoba.

En esta oportunidad, brindaron su aporte Julio César Rivera, Graciela Medina y Daniel Roque Vítolo.
En primer lugar, Julio César Rivera expuso: “Desde nuestro punto de vista, la revisión del Código Civil de Vélez y del Código de Comercio era una tarea muy necesaria y comenzó hace muchos años con el proyecto de unificación de 1987 que fuera sancionado años después por el Senado y vetado por el Poder Ejecutivo”. Además manifestó que “aunque la nueva codificación ha implicado un gran avance, hay observaciones que pueden hacerse a una obra colectiva de tamaña envergadura en una disciplina como es el derecho que es siempre opinable”, y detalló que “hay algunas dudas interpretativas pero eso no es ninguna crítica. Nos hemos pasado trabajando sobre las dudas interpretativas que genera el Código de Vélez durante 140 años y seguramente les pasará lo mismo a las generaciones futuras respecto a este código pero algunas se pueden solucionar”.

En cuanto a la Comisión para la Modificación Parcial del Código Civil y Comercial de la Nación, que él integra, explicó que el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos había creado ya un cuerpo que se llamaba Observatorio de Derecho Civil y Comercial, que fue recogiendo observaciones y comentarios sobre el Código Civil y Comercial (CCyC). “Cuando se estaba por terminar ese trabajo, el ministro decidió recibirlo y, en base a él, designar una comisión que propiciara alguna reforma o modificación que hubiera que hacer en el código (...). La idea no era hacer una revisión de los conceptos fundamentales del código sino de tratar de superar algunos errores o incongruencias que pudieran advertirse y suplir alguna omisión”, desarrolló.

Graciela Medina contó cómo fue el método de trabajo de la Comisión Revisora: “Todos y cada uno de los artículos fueron discutidos por los tres integrantes del proyecto. Si un tema no se terminaba de dilucidar en algunas de las reuniones, quedaba el pendiente el estudio para la próxima y todos traían soluciones”. También subrayó: “Esto es muy importante porque implica una revisión de todo el proyecto por la misma gente, lo que le da una coordinación muchísimo mayor”. Asimismo, explicó que en la revisión del anteproyecto de reforma se recibieron algunas instrucciones precisas del ministro de Justicia y una de ellas era que no se tocara la parte de familia. Sin embargo, señaló que “sí hubo muchas reformas en la parte de sucesiones, respetando la finalidad perseguida en el anteproyecto que era respetar la letra, el espíritu y la esencia del Código Civil y Comercial y solamente modificar aquellas cuestiones que resultaban relevantes para potenciar sus fortalezas y reducir sus debilidades”.

Finalmente, Daniel Roque Vítolo sostuvo que “el gran giro maravilloso del CCyC es entender el verdadero concepto de la constitucionalidad: que la Constitución no es un sol que ilumina y tira rayos como si fueran principios vacíos, sino que la Constitución se conforma con las normas del Derecho y con las leyes que le dan su contenido, es al revés. La legislación construye y le da sentido y contenido a la norma constitucional que si no sería solamente una cuestión de principios”. También aseveró que el CCyC es una suerte de constitución de la vida de los hombres y las mujeres comunes, que trae una nueva mirada sobre los derechos, sobre la forma de vivirse, de amarse, de generar una familia, de contratar, entre otras. No obstante, puntualizó: “El trabajo que se hizo no fue prolijo y muchas veces obedeció a intereses políticos como el tema del régimen de las obligaciones en moneda extranjera, cuestiones que, finalmente, por cuestiones vinculadas a la política económica generó contradicción en los artículos e inseguridad jurídica”.

Luego se refirió a su libro Comentarios al Anteproyecto de Reformas del Código Civil y Comercial de la Nación. En este sentido, indicó que es un trabajo de aproximación y los juicios de valor del anteproyecto, plasmados en la obra, son una primera mirada producto del razonamiento, la observación y sensaciones.