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Año XV - Edición 269 30 de junio de 2016

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Los trasplantes de órganos en el nuevo Código Civil y Comercial de la Nación: una mirada desde la autoridad de aplicación

  • Notas

El 6 de junio tuvo lugar la conferencia "Los trasplantes de órganos en el Código Civil y Comercial de la Nación: una mirada desde la autoridad de aplicación" en el Salón Verde. La actividad fue coordinada por Elian Pregno y contó con la participación de Clemente Raimondi, presidente del CUCAIBA; Luis Rojas, presidente del Instituto de Trasplante de la Ciudad de Buenos Aires y Héctor Iudicissa, miembro del Departamento Jurídico de INCUCAI. Organizó Proyectos de interés institucional (PII1508) "Los trasplantes de órgano en el nuevo Código Civil y Comercial de la Nación".

A modo de introducción, el coordinador indicó que la tradición jurídica milenaria vive en el derecho privado. “Es propio del derecho privado identificar a las personas, a la razón por la cual se vinculan, al segmento del mundo que pretenden y a la forma en la que se relacionan. De alguna manera, el derecho civil se hace cargo, con un profundo sentido humanista, de problemáticas como el tiempo, la causalidad, la adjudicación o el hallazgo, el sentido último de las cosas”, desarrolló.
A su turno, Luis Rojas se enfocó en el art. 26 del nuevo Código y se preguntó qué pasa con el mayor de 16 menor de 18 que es considerado un adulto y puede tomar decisiones atinentes al cuidado de su cuerpo y hasta dónde se interpreta el cuidado de su cuerpo.

“El cuidado de su cuerpo, si vamos a otros artículos, podría ser sentirse bien donando un órgano”, opinó. En cuanto a la capacidad restringida o incapacidad, manifestó que ahora ya no hay más capaces e incapaces sino que hay diferentes grados de capacidad. Luego, se enfocó en el análisis de los arts. 55, 56 y 61 del nuevo Código. “Se anuló el otro Código y se lo cambió por uno que en estos temas, que son muy delicados, da una ambivalencia que nos cuesta interpretarla a los médicos y mucho más remitirla (…) cuando damos nuestras charlas y tratamos de esclarecer lo que es la donación o la muerte”, concluyó.

Más adelante, Clemente Raimondi afirmó con relación a la reforma de la ley de trasplantes que “si se hubiera obrado con una metodología distinta donde la academia, ya sean las universidades ya sean las sociedades científicas, hubiera tenido un grado de participación mucho más activo del que tuvieron o del que se les dio, no se hubieran cometido los tremendos horrores”. Asimismo, contó que la primera ley de trasplantes “fue realizada en el año 1977 y promulgada por el doctor Felix Cantarovich y a partir de ese momento Argentina se transformó en uno de los líderes en materia legislativa de los trasplantes de órganos”. Por otra parte, aseveró que “prácticamente todo lo establecido en el nuevo Código Civil, a veces en forma contradictoria, ya está contemplado en la ley de trasplante vigente y en su modificación” y adicionó “no podemos estar creando una ley por cada una de las patologías que estamos asistiendo por más que las patologías sean prevalentes”.
Posteriormente, Héctor Iudicissa expuso que el INCUCAI al otro día de la sanción del Código Civil siguió funcionando, lo que implicó en la práctica poner en vigencia este Código más allá de las disquisiciones que se pudieran hacer. “El sistema siguió funcionando con la ley de trasplante al otro día y sigue haciéndolo a la fecha”, resaltó. Asimismo, relató que lo que a la institución le llamó la atención fue el art. 94 que habla de la comprobación de la muerte “porque entendíamos que era un retroceso de casi 30 años en la legislación argentina. De un debate que ya estaba prácticamente zanjado, nos llevaban a fojas cero”.

Por último, Mariela Salomé Bacile pronunció una serie de agradecimientos y señaló que es una antigüedad hablar de incapaces cuando tenemos una ley de discapacidad con rango constitucional donde hablamos de capacidades dinámicas.

“Se anuló el otro Código y se lo cambió por uno que en estos temas, que son muy delicados, da una ambivalencia que nos cuesta interpretarla a los médicos y mucho más remitirla (…) cuando damos nuestras charlas y tratamos de esclarecer lo que es la donación o la muerte”, concluyó Luis Rojas.