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Año XIII - Edición 225 20 de marzo de 2014

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Los sujetos de la “sociedad internacional”

  • Notas

El pasado 11 de diciembre se desarrolló en el SUM del Instituto de Investigaciones Jurídicas y Sociales “Ambrosio L. Gioja” un nuevo encuentro del Seminario Permanente de Investigación sobre Teoría e Historia del Derecho Internacional de la Antigüedad a la Actualidad (SEMPITHIDIA), a cargo del profesor Emiliano J. Buis (UBA-CONICET). En esta segunda reunión, se reflexionó sobre los sujetos de la “sociedad internacional” a fin de generar un espacio de debate a partir de lecturas compartidas.

Los textos analizados encaran los sujetos de derecho internacional desde posturas diferentes. Así, Allot en "International law and international revolution. Reconceiving the world" plantea una situación apocalíptica y propone una situación ficticia de un país llamado nowhere, especificando varios problemas que aqueja a este Estado. De tal modo, destaca dos aproximaciones: una filosófico-sociológica sobre la importancia de las fronteras en términos morales respecto a terceros y una aproximación de modo conceptual para esclarecer quién es el culpable. Considera entonces que cuando se crea el Estado soberano se terminan los individuos y que el Derecho Internacional es lo que los Estados deciden que es. También hace referencia a la separación de la evolución social en el plano nacional e internacional, subrayando que la solución no viene por reformas institucionales sino por un cambio de concepciones filosóficas. En este sentido, “las personas físicas somos sujetos derivados del Derecho Internacional; el Estado es una creación posterior y el individuo que mediante un contrato social ha dado origen a esa institución, termina construyéndose como sujeto de segundo grado”, observó.

Concluyó entonces que los derechos y las obligaciones se otorgan en la medida en que los Estados acuerden instrumentos internacionales. También se discutió la comunidad internacional, planteando si se trata de una construcción ficcional. Se indicó que Allot en su propuesta habla de sociedades-Estado y se resaltó que el Derecho Internacional es y sigue siendo una construcción eurocéntrica.

Al momento de analizar el texto de Cassase y Condorelli "Is Leviathan Still Holding Sway over International Dealings?", el expositor señaló que los autores se oponen a la corriente que pone en crisis la noción del Estado soberano. Se analiza también el modo en que se ejerce la soberanía con el objetivo de transformar la idea de Estado, como sujeto preponderante del Derecho Internacional y reemplazarlo por la comunidad internacional.

Con respecto al trabajo de Higgins titulado "Participants in the International Legal System", el autor parte de la teoría clásica del Derecho Internacional, elaborando un análisis del concepto de Estado y examinando luego, el Derecho Internacional desde los individuos. También se refiere a las membresías de los Estados en Naciones Unidas, exponiendo casuística respecto de diversos Estados. Se marcó la flexibilidad en la definición de Estado, como así también se abordó el reconocimiento de los Estados y de sus gobiernos. Por último, se subrayó la importancia de la participación de organizaciones internacionales, la crítica a la subjetividad de los individuos y se debatió sobre las fuentes del Derecho Internacional.

“Las personas físicas somos sujetos derivados del Derecho Internacional; el Estado es una creación posterior y el individuo que mediante un contrato social ha dado origen a esa institución, termina construyéndose como sujeto de segundo grado”, observó el profesor Emiliano J. Buis.