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Año XI - Edición 194 07 de junio de 2012

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Los nuevos paradigmas del Derecho Administrativo

  • Notas

El 17 de mayo se llevaron a cabo en el Salón Verde de la Facultad unas jornadas de debate organizadas por la Maestría y Carrera de Especialización en Derecho Administrativo y Administración Pública.

Durante el acto de apertura, el profesor Carlos F. Balbín afirmó que un gran déficit del derecho administrativo suele ser su distanciamiento del derecho constitucional. Por tal motivo, llamó a reconciliar ambos derechos, reconociendo la insoslayable vinculación entre ambas ramas. Por otro lado, también se refirió a la llamada teoría dogmática del derecho administrativo, ya que para Balbín también otro de los grandes déficits del derecho administrativo es que no existe una suficiente construcción de dicha teoría. “En el derecho civil es común leer sobre la teoría dogmática del acto, del contrato y de tantas otras cuestiones o capítulos del derecho civil, pero en el derecho público no es así habitualmente”, resaltó. Pero no sólo se trata de inmiscuirnos de lleno en la construcción de una teoría dogmática del derecho administrativo, sino que tampoco debemos descuidar el análisis sobre lo que ocurre en la práctica del ejercicio profesional. Más aún, advirtió la importancia de abocarnos al estudio del derecho administrativo que se encuentra actualmente vigente en otros países. Y esta referencia a lo “actualmente vigente” resulta fundamental debido a que “muchas veces estudiamos derecho administrativo italiano, francés o norteamericano de hace cuarenta o cincuenta años atrás”.

Refiriéndose a las modalidades de posgrado ofrecidas por esta Facultad, manifestó que su propósito es volver a leer el derecho pero desde una perspectiva distinta, más rica. En este sentido, recordó su propia experiencia al momento de leer las piezas literarias de Antonio Machado antes y después de haber conocido el sitio en donde el poeta muere luego de abandonar España ante el inminente avance del franquismo. Porque aquel traslado del antes al después marcó en Balbín un modo distinto de leer los trabajos de Machado. “La vivencia, esa experiencia, ese contacto, me hizo a mí leer Machado de un modo distinto a como yo antes lo leía”, resumió. En definitiva, de eso se trata la oferta académica de posgrado de esta Facultad: volver a pensar y a leer el derecho administrativo pero desde otra perspectiva.

Finalizado el acto de apertura se dio paso al inicio de los distintos paneles integrados por los alumnos de la Maestría y Carrera de Especialización y presididos por distintos profesores titulares, tales como Carlos F. Balbín, Ernesto A. Marcer, Guido S. Tawil, Fernando García Pullés y Tomás Hutchinson. Algunos de los ejes temáticos fueron: técnicas de participación, fuentes del derecho administrativo, procedimiento administrativo, derecho administrativo sancionador y derecho procesal administrativo.

Pasados todos los paneles tuvo lugar una disertación especial del Prof. Olivier Lecucq, de la Universidad de Pau, Francia, que se refirió a la evolución del contencioso administrativo francés. Lecucq mencionó que el derecho a la vivienda en Francia ha tenido una evolución significativa durante estos últimos años. “Ya desde la Declaración Universal de los Derechos Humanos de 1948 sabemos todos que se trata de un derecho imprescindible para que los seres humanos puedan vivir en condiciones dignas”, agregó. Es necesario dilucidar si el legislador posee una obligación de intervención en esta materia. Existen antecedentes jurisprudenciales en Francia que interpretan una exigencia constitucional con la que el Estado cuenta en lo relativo a la satisfacción del derecho a una vivienda digna. Esto de debe a que dicha satisfacción implica salvaguardar la dignidad de la persona humana. Tomando como referencia estos mismos antecedentes explicó que “sin embargo, no se trata del reconocimiento de un verdadero derecho fundamental […] se trata sólo de un objetivo constitucional”. La calificación de objetivo constitucional implica que al no ser un derecho subjetivo termina siendo una suerte de invitación al legislador a intervenir en pos de la concretización del acceso a la vivienda de toda la comunidad. Por tanto, la ley debe proveer aquellos dispositivos que se crean adecuados para garantizar la posibilidad de acceder a una vivienda, sin que esto implique un reconocimiento a un derecho a la vivienda digna. El régimen es distinto al de los derechos fundamentales en el que el legislador se ve obligado a concebir una fuerte protección a estos derechos o, en todo caso, a abstenerse de afectar con su actuar a los mismos.

Finalmente, el cierre de las jornadas estuvo a cargo de la Decana Mónica Pinto, que recordó a todos los presentes que nuestra Facultad comenzó a enseñar derecho administrativo en el posgrado por la iniciativa de Graciela Reiriz. Añadió que “esa carrera generó una masa crítica de hombres y mujeres que trabajan en el derecho administrativo con calidades profesionales importantes desde el mismo momento en que ella (por Reiriz), con mucho tesón, con mucho trabajo, con mucha fuerza, puso a funcionar ese programa”. Adicionalmente, Pinto subrayó que la razón de ser de esta Facultad es la generación de espacios que den lugar al debate y permitan tomar ciertas iniciativas.

Participaron de la actividad: Ana Bassi, Paula Venere, María Soledad Manin, María Eva Miljiker, Vicente Pérez Fernández, Nicolás Diana, Gonzalo Kodelia, Paulo Andrés Rincón Garay, Eugenia Silva Garretón, Patricia Mora, Enrique Alonso Regueira, Leonora Colombo, Juan Martín Vocos Conesa, Juan Ignacio Sáenz, Juan Pablo Falcón, Romina Papel y Carolina Jaschevatzky.

 

“En el derecho civil es común leer sobre la teoría dogmática del acto, del contrato y de tantas otras cuestiones o capítulos del derecho civil, pero en el derecho público no es así habitualmente”, resaltó Carlos F. Balbín.