¡Seguinos!

Año XIX - Edición 341 06 de agosto de 2020

Buscar

Los derechos de la naturaleza en la búsqueda de la armonía entre humanidad y la naturaleza

  • Notas

El pasado 25 de junio el Centro de Derecho Ambiental (CEDAF) organizó, a través de la plataforma Zoom, una videoconferencia titulada “Los derechos de la naturaleza en la búsqueda de la armonía entre humanidad y la naturaleza”

En esta oportunidad, brindó su aporte Adriana Martínez, docente e investigadora de la Universidad Nacional de Luján.
De modo introductorio, y haciendo referencia a la crisis mundial producto del COVID-19, opinó: “La pandemia y la pospandemia nos plantean un escenario propicio y oportuno pero a la vez un punto de inflexión ineludible para atender las complejas redes de relaciones que subyacen de los problemas globales que dañan la biosfera y la vida humana de forma alarmante y que podrían convertirse en irreversibles”. Y agregó: “Son problemas que no pueden ser entendidos aisladamente, sino que deben ser considerados como problemas sistémicos que están interconectados y que, por lo tanto, son interdependientes. A esos fines se presenta la necesidad de incorporar la visión de la relación entre la humanidad y la naturaleza que apartándose de la clásica concepción antropocéntrica, basada en la centralidad del ser humano, adopte un ecocentrismo”. En esta línea argumental, reconoció que “esto supone la afirmación del valor intrínseco de cada ecosistema como totalidad, como cada uno de sus constituyentes y también como la visión de un biocentrismo que reivindique el valor primordial de la vida como valor en sí mismo”.

Sobre el rol del derecho en la lucha por la protección del medio ambiente, expresó: “Estas líneas de pensamiento provocan y exigen mayores diálogos entre el derecho y otras disciplinas sociales, naturales e intermedias que propician el reconocimiento de los derechos de la naturaleza y de todos los seres vivientes y sintientes. No como cosas u objetos de apropiación humana sino como poblaciones y ciudades con características propias”.

En consecuencia, desde la perspectiva jurídica, indicó que “se plantea la idea de considerar a la naturaleza como un sujeto de derecho porque, justamente, desde esta nueva perspectiva jurídica se evidencia la necesidad de establecer un diálogo con la ecología. Esto conlleva a traducir el lenguaje científico de los ecologistas al lenguaje normativo de los juristas. La ecología habla en términos de ecosistema y biosferas mientras que el derecho habla de límites y fronteras con criterios fijos”. Y añadió: “El desarrollo será en clave de armonización. Pensando una relación entre los derechos humanos, en cuyo plexo se encuentra el derecho al ambiente sano, y los derechos de la naturaleza. Todo esto en pos de una integración del paradigma bajo una matriz armonizadora e intuitiva que intente aportar una síntesis de lo ya andado y proponga una mirada al futuro por recorrer”.

Por último, en relación con el cambio del paradigma que debe sufrir el derecho para proteger a la naturaleza, advirtió: “Desde las teorías negatorias se dice que, al considerar a la naturaleza como sujeto de derecho, no le estamos mejorando la posición al medio ambiente sino que todo lo contrario. Sostienen que si decimos que es sujeto y debe ser representado, al fin y al cabo será representado por hombres y sus derechos serán los que los hombres digan en su representación. Tenemos que tratar de ver más allá de aquellas categorías rígidas que nos impone el derecho. Es por esto que la ecología pertenece a esos nuevos paradigmas que cuestionan lo básico que hemos aprendido y hemos estudiado”.

Video