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Año XVI - Edición 297 21 de diciembre de 2017

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VIII Congreso Latinoamericano de Derecho Material y Procesal del Trabajo

Las reformas laborales en el siglo XXI

  • Notas

Los días 27 y 28 de noviembre, tuvo lugar el VIII Congreso Latinoamericano de Derecho Material y Procesal del Trabajo, que en esta oportunidad giró en torno a “Las reformas laborales en el siglo XXI”

En primer lugar, se llevó adelante un acto de apertura a cargo de Miguel Ángel Maza (director del Departamento de Derecho del Trabajo y la Seguridad Social). En este marco, Maza contó: “Este congreso fijó su temario con mucha antelación y tuvo en miras los procesos de reforma que comenzaron a partir de la experiencia brasileña y se han derramado por Latinoamérica y que, precisa o causalmente, nos encuentra a los argentinos inmersos en un intento de modificación de los regímenes de derecho del trabajo y algunas reglas del subsistema jubilatorio por iniciativa del Poder Ejecutivo”.

Acto seguido, se dio paso al primer panel, titulado “Salud y seguridad en el trabajo. Actualidad y posibles reformas”, integrado por Luis Enrique Ramírez (presidente Asociación Latinoamericana de Abogados Laboralistas, ALAL), Carlos Marín Rodríguez (asesor letrado de la UART) y Miguel Ángel Maza, el cual estuvo coordinado por Oscar Benítez (miembro de la Sección Jóvenes Juristas de la Asociación Argentina de Derecho del Trabajo).

A su turno, Luis Enrique Ramírez comenzó diciendo, con relación a un informe de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), que el trabajo asalariado enferma y mata y que en el sistema capitalista la clase trabajadora ha sufrido y está sufriendo un genocidio. “El informe nos habla de que en un año se producen aproximadamente 430.000.000 de siniestros laborales, de los cuales 2.102.000.400 son fallecimientos: personas que fallecen por accidentes o por enfermedades laborales”, explicó y reflexionó: “Esto significa que cada quince segundos en el mundo un trabajador pierde la vida como consecuencia de un siniestro laboral”. En este sentido, compartió que cuando quiso ponerle un nombre a este fenómeno se le ocurrió recurrir a una definición de la Corte Penal Internacional sobre genocidio (sometimiento intencional de un grupo social a condiciones de existencia que hayan de acarrear su destrucción física total o parcial). “Para mí esta definición encaja exactamente en estos números brutales que les he transmitido”, resaltó.

Por otra parte, afirmó que lo llamativo es que de esto no se habla porque se ha naturalizado la perdida de la salud y de la vida. “Entre todos creemos que es el precio que tenemos que pagar como sociedad para el desarrollo económico”, sostuvo.
Luego se refirió a las dos últimas reformas, la ley 26.773 y la ley 27.348. “La 26.773 es del Gobierno anterior, la 27.348 es de este Gobierno. Acá no hay grieta. Pareciera que hay ciertos intereses económicos que sobrevuelan las grietas ideológicas. Los dos Gobiernos consiguieron armar esto que está perfectamente pensado no para proteger a las víctimas, sino para proteger el negocio de las aseguradoras”, puntualizó.

Por su parte, Carlos Marín Rodríguez expuso que “es cierto que el sistema de riesgo de trabajo nació de prestaciones económicas miserables y de un diseño jurídico tremendamente precario” y agregó que también sufrió sucesivas reformas. “Esto habla de un sistema, en mi visión optimista, tremendamente perfectible. Eso es lo que yo rescato del sistema, que a fuerza de golpes, sobre todo de la jurisprudencia, se fue moldeando”, describió. Además, se preguntó qué fue lo que hizo que el sistema sobreviviera más de veinte años a pesar de los embates. En esta línea, especificó: “Tiene que ver con que el sistema fue desarrollando una especie de anticuerpo de diálogo y eso es lo que le permite superar cuestiones tan profundas como la grieta ideológica que hoy divide bastante a la sociedad argentina”. También añadió que “el sistema ha ido siempre progresando, volviéndose más abarcativo, mejor en el pago de sus prestaciones, más rápido, más eficiente y con más focos en algunas materias de las que se ha hablado muchísimo, como la prevención y el cuidado de la salud”.

Por otra parte, manifestó que hoy el nivel prestacional argentino es, en términos comparativos, el más alto de Latinoamérica, ya que el nivel de cobertura alcanza a todos los grados y tipos de incapacidad y en cantidad de sueldos por punto de incapacidad de reparación es el más alto de Latinoamérica y aseguró que Argentina cuenta con un registro de siniestralidad completo, que ha permitido diagramar programas específicos de siniestralidad en empresas con problemas.
“El sistema especial como alternativa al derecho civil tiene en Argentina solo ciento dos años de vigencia, es decir, se instauró en 1915 con la ley 9688, que fue una norma revolucionaria para superar la insuficiencia que el Código Civil tenía”, introdujo el último expositor del panel, Miguel Ángel Maza. Más adelante, recordó que en 1991 esa ley sufrió una reforma prudente y breve a través de la ley 24.028. Sin embargo, señaló que “los intereses del neoliberalismo gobernante a partir de mediados de 1989 tiraron por la borda esa ley e impusieron la 24.557 que fue un esperpento jurídico constitucional”.
Seguidamente, explicó que después de esa ley hubo otros sucesos importantes: la reforma por un decreto de necesidad y urgencia, el 1278 del 2000, y luego el decreto 1694 del 2009. También la ley 26.773 del 2012 y el decreto 49 del año 2014. “Estas cuatro normas a lo largo de estos veinte años le han cambiado la cara al régimen”, detalló y expresó que “mirándolo históricamente, uno puede ver que la copa está medio llena. Esto ha ido mejorando paulatinamente”.

Durante ambos días, se trataron temas tales como reformas laborales y políticas de Estado; el derecho procesal laboral y su incidencia en las reformas laborales; y las reformas laborales y las relaciones entre fuentes del contrato de trabajo.
El segundo día, se presentaron ponencias libres a cargo de la Sección Argentina de Jóvenes Juristas, Sociedad Internacional de Derecho del Trabajo y la Seguridad Social (SIDTSS).

Asimismo, el profesor emérito Adrián Goldin brindó una conferencia de cierre, titulada “Una ciencia de la legislación laboral y la revisión de las normas laborales”.