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Año XVI - Edición 288 13 de julio de 2017

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La paz: propósito de un constitucionalismo ciudadano

  • Notas

En la Sala Vélez Sarsfield, el pasado 19 de junio el profesor Raúl Gustavo Ferreyra brindó una conferencia titulada “La paz: propósito de un constitucionalismo ciudadano”.

En primer lugar, el orador indicó que “la existencia con vida de los individuos solamente se explica si se realiza en sociedad. La armonía y el equilibrio comunitario pueden ser alcanzados en paz, ausencia de guerra y regulación de la violencia por intermedio del Derecho”. Asimismo, señaló que la constitución del Estado se presenta como la pieza más celebrada para disciplinar la administración de la fuerza estatal: una lengua para la paz. La ley suprema fundamenta al Estado, y con sus reglas estimula un control responsable de la paz. Así, la constitución desarrolla un decisivo papel como norma procesal: alcanzar y consolidar la paz relativa de una comunidad. La procura de paz constituye el bien más preciado en una comunidad, porque mantiene erguidos a todos sus ciudadanos.

En este sentido, manifestó que llámese “constitucionalismo ciudadano” al proceso que, con activa deliberación, incluye a todos los ciudadanos de una comunidad dentro del tipo “Estado constitucional”, que definen la orientación hacia la paz relativa.
Por otro lado, expresó que “no hay explosión más insensata que la ausencia de la paz. No hay experiencia más atroz que la guerra. La negación de la paz deshumaniza a los hombres y los convierte en ineptos para una existencia con vida digna”, y agregó que sin paz, la tierra se convierte en un sitio carente de hospitalidad. El mal que causa la guerra, la disputa bélica duradera y desalmada, resulta incurable y de imposible perdón. Siempre coloca al hombre en un camino sin fin.

Seguidamente, expuso que “la perspectiva laica desplegada posee un sentido arraigado del límite, porque no creo en ninguna divinidad providente metafísica de la paz y que cure al hombre del mal de la guerra. La experiencia de esta última vuelca al hombre como un ser incivilizado, enfermizo, marchito, nulo y efímero”.

En esta línea, reconoció que por eso intuye que únicamente la paz puede atesorar la verificación y consagración de la hipótesis o afirmación capital: la concreta posibilidad de llevar adelante un plan de existencia de vida digna con cognición suficiente, en este tiempo y espacio de nuestro mundo. Así pues, la noción de “constitucionalismo ciudadano”, ciertamente, concentra una expectativa de generalidad para América del Sur: la constitución, pese a ser nuestro único relato imperfecto, configura el único artefacto contundente que con sus procesos orientados a la paz puede dar respuesta a la evitación del mal de la guerra que arroja al hombre al mundo como un mero ente bípedo, irracional e implume. No es un misterio: nuestra única “providencia” es la constitución y sus procesos, cuya religiosidad –“puntualidad, exactitud en hacer, observar o cumplir algo”– acerca a la paz al individuo y a la comunidad que cada uno de ellos integra. Alcanzada la paz relativa, duradera y estable, la desigualdad creciente e injusta se presenta como un flagelo con capacidad suficiente para afectarla.