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Año XIII - Edición 228 01 de mayo de 2014

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La larga sombra de las categorías acusatorio-inquisitivas

  • Notas

El pasado 8 de abril se realizó en la Sala Vélez Sarsfield de la Facultad de Derecho el seminario de intercátedras de Derecho Penal que contó con la participación como disertante de Máximo Langer, profesor de Derecho Penal y Procesal Penal de la Universidad de Los Angeles, California.

En primer término, Máximo Langer hizo mención a su proyecto de libro sobre las categorías acusatorias e inquisitivas, el cual consta de tres partes: una reseña histórica, una distinción y explicación acerca de la utilidad de las categorías y una referencia a las cosas que no se han hecho debidamente.

En cuanto a la primera parte, hizo hincapié en el momento en donde las personas comenzaron a pensar que los sistemas acusatorios e inquisitivos eran categorías centrales para pensar el proceso penal desde una perspectiva global. Langer aseguró que en la actualidad, a diferencia de cómo eran percibidas en la antigüedad, los términos acusatorio e inquisitivo son entendidos en la teoría procesal, como dos sistemas procesales diferenciados. Respecto al mapeo y a la utilidad de las categorías, manifestó que la idea es distinguir los distintos usos de estos términos para explicar el alcance que cada uno tiene. De este modo, el profesor identificó cinco usos de las categorías: lo acusatorio y lo inquisitivo como tipos ideales; como sistemas procesales que existen en las prácticas institucionales de la justicia penal de uno o más determinados lugares; como intereses o valores contrapuestos donde lo acusatorio es el valor de debido proceso mientras que lo inquisitivo es la aplicación de la ley; como funciones del proceso penal y como sistemas normativos, donde lo acusatorio se transforma en el modelo normativo a seguir.

En lo que concierne a la tercera parte del proyecto, analizó las cosas que no se han hecho correctamente, debido a que estas formas de pensar sobre el proceso penal han sido demasiado centrales. Identificó a las formas de pensar como orejeras que nos pueden ayudar a hacer las cosas de un modo mejor. Langer realizó una distinción entre dos planos: el plano con descripción positiva de la realidad o del mundo del ser y el plano del deber ser. Hizo énfasis en el plano del ser, en donde hay un problema de lo acusatorio y lo inquisitivo como sistemas procesales. “Son categorías multidimensionales. Cada uno de estos modelos incluye múltiples rasgos procesales”, reconoció. Por consiguiente, subrayó que en América Latina hay altos índices de prisión preventiva debido al sistema inquisitivo, y sugirió separar los distintos rasgos que incluimos dentro de lo inquisitivo y lo acusatorio, de tal manera que podamos incluir otros y ver cómo influye en los índices de prisión preventiva. Seguidamente, el profesor planteó cinco hipótesis que podrían llegar a explicar el alto nivel de prisión. La primera sería ubicar al juez de instrucción como el culpable, la segunda sería la falta de audiencias orales y públicas durante la investigación preliminar o instrucción; otra hipótesis planteada sería la duración de los procesos; una cuarta serían las regulaciones específicas que hay en materia de excarcelación y de eximición, y por último, la última hipótesis sería el nivel de cobertura que realizan los medios sobre los casos penales.

Hacia el final de su ponencia, expresó que lo acusatorio como sistema ideal puede llevar a muchos escenarios perversos y problemáticos. “Tal vez lo que tengamos que hacer es reconocer que hay muchos modelos procesales posibles que son compatibles con un sistema democrático, y determinar cuál es el mejor modelo a seguir en una determinada jurisdicción”, concluyó.

“Tal vez lo que tengamos que hacer es reconocer que hay muchos modelos procesales posibles que son compatibles con un sistema democrático, y determinar cuál es el mejor modelo a seguir en una determinada jurisdicción”, concluyó Máximo Langer.