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Año XIII - Edición 239 23 de octubre de 2014

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La integración económica y las herramientas para la efectividad de los derechos

  • Notas

Conjuntamente organizado por el Seminario Permanente de Integración Latinoamericana y las IV Jornadas de Jóvenes Investigadores en Derecho y Ciencias Sociales del Instituto Gioja, el pasado 19 de septiembre se llevó a cabo en la Sala Vélez Sarsfield una jornada sobre “La integración económica y las herramientas para la efectividad de los derechos”. El panel estuvo compuesto por los profesores Renata Alvares Gaspar y Luís Renato Vedovato. La presentación estuvo a cargo de la profesora Luciana B. Scotti.

En primer término, Renata Alvares Gaspar expresó que en Brasil, desde la época del imperio hasta el 2008, la política económica cambió, así como también la forma de ver el tribunal de reconocimiento en todas las áreas. “A lo mejor se podría comprender de una forma más real la postura de los estados en relación con los demás actores internacionales si entendemos si su posición era por interés del Estado o si era por interés de las personas”, examinó. A su juicio, la cooperación jurídica internacional se materializa en el Derecho Procesal Civil Internacional. Seguidamente, aseveró que dentro del MERCOSUR los tratados internacionales que materializan la cooperación jurídica son precarios y padecen de ausencia de un tribunal que uniformice la interpretación de la norma. “Tenemos pocas normas precarias y no veo en el horizonte cercano la posibilidad de que cambien”, opinó. Identificó a Brasil como un país grande, no solo en términos geográficos, sino también en cuanto a sus tribunales, los cuales son muy diferentes. “A veces parece que son países diferentes dentro de un mismo país”, evocó. En este sentido, concluyó que una posible solución sería un tribunal que uniformizara la interpretación de los tratados internacionales, y, a su vez, tampoco perder de perspectiva que los supuestos internacionales son internacionales y no pueden ser interpretados como un supuesto interno.

A su turno, Luís Renato Vedovato se refirió a la migración y la circulación de personas por el mundo, el cual comenzó a llamarse en Brasil como derecho de movilidad humana internacional. “La mayoría de los países del norte piensan como justificar el impedimento de entrada a los extranjeros”, manifestó. En cuanto a la Declaración Universal de Derechos Humanos, el profesor remarcó que, aunque el derecho a la igualdad está inserto en la declaración, esto no garantiza el derecho de poder entrar a un país. Asimismo, hizo mención a la nacionalidad y determinó que un país define quienes son los seres nacionales y quienes son aquellos que están impedidos de entrar al país. En cuanto a Brasil, el expositor indicó que se ha presentado un proyecto de ley sobre derechos humanos e inmigración. “Este proyecto que vincula derechos humanos con la inmigración no coloca ni discute ninguna línea sobre el derecho de ingreso”, remarcó. De esta manera, se refirió a dos teorías sobre la migración: la primera teoría establece que todo el mundo puede entrar, mientras que la segunda teoría, la cual prevalece en la práctica, expresa la libertad total del Estado en crear una frontera. Para finalizar, propuso una tercera teoría de migración y derecho de ingreso con vista a los derechos humanos. De este modo, analizó que para poder prohibir el ingreso a alguien, se debe demostrar que no se puede soportar el ingreso de aquellas personas por cuestiones económicas.

“Tenemos pocas normas precarias y no veo en el horizonte cercano la posibilidad de que cambien”, opinó Renata Alvares Gaspar.