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Año XIX - Edición 349 26 de noviembre de 2020

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La cuantificación del daño a la persona

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El pasado 11 de noviembre el Centro de Graduados organizó, a través de la plataforma Zoom, una videoconferencia titulada “La cuantificación del daño a la persona”. La misma estuvo a cargo de José Daniel Mendelewicz.

De modo introductorio y haciendo referencia al tema principal de la charla, explicó: “La cuantificación del daño nos trae, a diario, grandes dificultades que afectan no solo al abogado que litiga ante los tribunales sino que también a la Magistratura cuando esta expresa en sus sentencias la difícil tarea de cuantificar los daños a la persona".

En relación con la mediación, opinó: “Existen diferentes instancias a lo largo del proceso en donde es necesario establecer el monto de una indemnización. Si nosotros tomamos el proceso desde sus inicios, ya sea judicial o extrajudicial, vamos a ver que la primera instancia siempre es la mediación. Por eso, lo que más necesitamos al comienzo del proceso es establecer un monto para poder mediar un acuerdo. Y esto ya es una gran dificultad porque con pocos elementos tenemos que traducir cuánto vale el daño".

Sobre la cuantificación del daño en la demanda, expresó: “Si bien al momento de la demanda contamos con algunos elementos más, muchas veces la consolidación de las secuelas en los casos en donde hay lesiones corporales no permite calcular la cuantificación exacta. Esto se debe a que el tiempo de prescripción no permite la consolidación de la secuela y se nos hace imposible determinar un valor".

Por otro lado, indicó que “otra instancia interesante en el proceso es la audiencia del 360. Esta, a diferencia de la mediación, es una audiencia conciliatoria. Actualmente existen varios proyectos de reforma del Código Procesal que proponen crear una mediación intrajudicial. No obstante, en esta posibilidad que nos brinda hoy el artículo 360 también necesitamos determinar los daños y establecer un monto".

Luego habló sobre la apelación para llegar a la segunda instancia: “Cuando uno no está de acuerdo con los montos que estableció el juez de primera instancia, se llega a una instancia de apelación en donde se expresa los agravios y se explica por qué no estamos de acuerdo con esos montos. Por otro lado, se encuentra la Cámara que resuelve también ese tribunal y tiene que fijar los montos de indemnización. Hay que tener siempre en claro cuáles son las instancias en las que se debe establecer el daño porque vamos a tener mayores o menores datos para fijar el monto de indemnización según la instancia”.

Por último, comentó sobre el rol del perito: “Si el proceso está desarrollado, probablemente tengamos elementos relacionados con la pericia. El perito es el que finalmente establece la incapacidad que dejó ese accidente, lesión o mala praxis. Muchas veces también nos vamos a encontrar con que el perito nos deja apenas una historia clínica o un certificado que describe la lesión pero sin establecer la secuela".

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