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Año X - Edición 175 19 de mayo de 2011

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La Corte Suprema de Justicia de la Nación entre 1983 y 1990

  • Notas

El 3 de mayo tuvo lugar la primera reunión de este ciclo de conferencias que se propone analizar la labor de la Corte Suprema de Justicia de la Nación entre 1983 y 1990 considerando, principalmente, sus fallos más relevantes. La organización de la actividad estuvo a cargo de la Cátedra Libre Democracia y Estado de Derecho “Dr. Raúl Alfonsín”.

En esta ocasión el disertante fue el Dr. Pablo Luís Manili, cuya exposición inaugural abarcó diversas consideraciones sobre la integración del tribunal, los derechos políticos y los partidos políticos.

“Lamentablemente, nuestra Corte estuvo demasiado sometida a los avatares políticos que ocurrían en el país, ha estado demasiado condicionada por los cambios en la política nacional, tanto es así que los períodos en los que dividimos este examen de la jurisprudencia de la Corte tienen características muy distintas entre sí”, comenzó diciendo Manili. De este modo, mencionó el período comprendido entre los años 1863 y 1903 como una etapa histórica en la cual la Corte Suprema actuaba a favor de la afirmación institucional con el fin de fortalecer el incipiente gobierno federal. En cambio, durante el espacio temporal de los años 1903 a 1930 se puede percibir un progresivo fortalecimiento de los derechos fundamentales, intentando en este sentido redescubrir a la Constitución Nacional. En cuanto a los años 1930 a 1946 se puede hablar de una Corte profundamente influenciada por un conservadurismo propio de la llamada “Década Infame”. Sin embargo, esto pareciera revertirse con el surgimiento en 1946 del fenómeno peronista y con una abrupta modificación sustancial en la composición de la Corte, aunque advierte Manili cierto grado de obsecuencia en sus miembros hacia el gobierno nacional. Con el golpe militar de 1955, la revolución libertadora vuelve a modificar la composición del alto tribunal, teniendo la nueva Corte según la opinión del expositor grandes aciertos como el Fallo Siri y el Fallo Kot, pero tampoco sin olvidar otras decisiones no siempre tan acertadas. Durante los años 1958 a 1966 la Corte Suprema vuelve a convalidar restricciones a los derechos amparados en las cláusulas constitucionales, a pesar de que a partir de los años 1966 a 1973 se revierte la tendencia, deambulando la Corte entre la defensa de los derechos fundamentales y el fortalecimiento de los poderes en detrimento del respeto de las garantías constitucionales. En cuanto a la etapa iniciada en 1973, el Dr. Manili sostuvo que “se designa una nueva Corte, una Corte integrada nuevamente por personajes adictos al gobierno de turno, una Corte que convalidó clausuras de periódicos, secuestro de revistas, una Corte que convalidó la creación de impuestos por decretos del Intendente Municipal por vía de una delegación legislativa bastante dudosa, en fin, una Corte poco valorable, poco encomiable”. En 1976 se inicia un período signado por el terror, en el que la Corte Suprema acompañó las políticas del gobierno de facto pero, según el expositor, con algún destello de independencia que le permitió emitir algunas sentencias a favor de los habeas corpus que se presentaban ante la sistemática desaparición forzada de personas. Sin embargo, a dichas sentencias las concibe el expositor como un medio por el cual se intentaba conservar el poder de influencia del Poder Judicial y no con el fin de avanzar en pos del respeto de los derechos fundamentales y especialmente de la vida humana. Con la llegada de la democracia a fines de 1983, renuncian los cinco miembros de la Corte Suprema que habían ejercido sus funciones en los tiempos del gobierno militar. Las nuevas designaciones conformaron una nueva Corte de mayor pluralidad, en la que no existía la mayoría automática y en la que no predominaba la influencia de un sólo partido político. De hecho, la Unión Cívica Radical, cabeza del nuevo gobierno democrático, no contaba con las suficientes bancas en el Senado para aprobar las designaciones efectuadas por el Poder Ejecutivo, lo que obligó a tener que consensuar postulantes con el resto de las fuerzas políticas. Brevemente, el Dr. Manili pasó a describir cada uno de aquellos postulantes que finalmente se convirtieron en ministros de la Corte Suprema, subrayando la diversidad de cada uno de ello en razón de sus orientaciones políticas e ideológicas.

También se refirió al tratamiento del divorcio vincular, las colisiones de derechos entre sí, o de derechos con deberes, el control sobre las normas de emergencia, la aplicación del Preámbulo de la Constitución Nacional, la acción meramente declarativa como proceso constitucional y la aplicación del Derecho Internacional Público, durante los años comprendidos entre 1983 y 1990.

“Lamentablemente nuestra Corte estuvo demasiado sometida a los avatares políticos que ocurrían en el país, ha estado demasiado condicionada por los cambios en la política nacional”, señaló el Dr. Manili.