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Año XVI - Edición 287 29 de junio de 2017

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La corrupción en la justicia (corruptelas procesales, institucionales y vías de reparación)

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En el marco de la VII Jornada Intercátedras de Derecho Constitucional y Derecho Procesal (Daniel A. Sabsay - Osvaldo A. Gozaíni, titulares), el 14 de junio en el Salón Azul se llevó adelante la actividad “La corrupción en la justicia (Corruptelas procesales, institucionales y vías de reparación)”, con la coordinación general de Jimena Jatip.

La presentación de la jornada estuvo a cargo de Osvaldo A. Gozaíni. El profesor desarrolló: “En la actualidad existen numerosas causas en trámite por hechos vinculados a temas de corrupción cometidos por funcionarios públicos. La capacidad de respuesta del Poder Judicial frente a este tipo de delitos es altamente ineficiente, tanto en la investigación y persecución de los mismos, como en la aplicación de sanciones”. Y agregó: “El fenómeno de la corrupción constituye una vulneración de los derechos humanos por cuanto que generalmente entraña una violación del derecho de igualdad ante la ley y en ocasiones llega a suponer una vulneración de los principios democráticos conduciendo a la sustitución del interés público por el interés privado de quienes se corrompen”.

Seguidamente, se desarrolló una mesa redonda acerca de las corruptelas del proceso: las “malas costumbres”, coordinada por María Cecilia Serrano.

En primer lugar, Paula Imbrogno disertó bajo el título “la audiencia preliminar. El deber de lealtad, probidad y buena fe... y de leer el expediente”. Comenzó diciendo que “la audiencia preliminar es un momento crucial del proceso, donde tenemos un contacto directo de la sociedad con la Justicia”. Explicó que fue introducida en la década del 90 a la ley procesal y después sufrió una reforma en el año 2002, en donde se agregó que la audiencia no se puede llevar a cabo si no está el juez, y reconoció que los jueces no suelen estar presentes en las audiencias. “La corruptela está en que el juez que no estuvo presente en la audiencia firma el acta como si hubiera estado en la audiencia”, resaltó. Por otra parte, explicó que si bien la etapa conciliatoria no debe ser filmada, “el resto de la audiencia nosotros la filmamos”, porque las audiencias son públicas.

Acto seguido, María Guadalupe Lata se refirió al plazo razonable y el uso indiscriminado de las medidas para mejor proveer. “Hay una demanda permanente por parte de la sociedad respecto de la agilización de los procesos”, introdujo. Luego, indicó que el profesor Gozaíni entiende que el plazo razonable es un concepto abierto que se lo puede tomar de la misma manera en la que se toma la moral y las buenas costumbres; no se le puede dar una definición concreta a nivel legislativo y sostuvo que las últimas reformas del Código Procesal de la Nación han tenido como mira agilizar los procesos. Sin embargo, manifestó la oradora, “si tomamos los plazos procesales establecidos por el Código, el proceso sumarísimo debería concluir en 48 días hábiles, mientras que la realidad muestra que aproximadamente un proceso sumarísimo dura dos años. Con respecto al ordinario, la ley establece como tiempo máximo unos 130 días. En los hechos, tenemos un tiempo de duración promedio de cinco años” y enfatizó: “Esto denota que no hay un cumplimiento efectivo de los plazos que rige la ley”.

Más tarde, Arturo Bianchi Clement expuso sobre la interpretación y aplicación de la Convención de las Naciones Unidas contra la Corrupción (ley 26.097) en la función judicial y sobre la Convención Interamericana contra la Corrupción (ley 24.759). En la Convención Interamericana “se plantea la necesidad de adoptar instrumentos internacionales que promuevan y faciliten la cooperación internacional para combatir la corrupción, tomar medidas contra las personas que cometen actos de corrupción en el ejercicio de las funciones públicas”, describió y sostuvo que “si consideramos que como principio el Poder Judicial debe ser independiente y parcial vemos que esta Convención se le aplica directamente”. Más adelante, afirmó: “Por un lado, hay un sistema legal formal ineficaz –la faz objetiva– y las personas que se abusan de este sistema –faz subjetiva–”. Concluyó que “la falta de cumplimiento de estas convenciones en el orden interno afecta en forma directa la interpretación o aplicación que se puede hacer de esas convenciones en el orden trasnacional”.

Hacia el final, Silvina P. Maesa se enfocó en los protagonistas de los abusos procesales. En primer término, expuso que “el concepto de corruptela apunta a las distorsiones que se van generando y que las vamos naturalizando y día a día las vamos cometiendo”. En este marco, se refirió al compromiso de las partes, de los letrados y del tribunal y se preguntó cuánto compromiso se pone en la resolución del conflicto. “Cuanto más se compromete la parte, mejor resulta la resolución del conflicto, mejor se combaten estas corruptelas, mejor el letrado trabaja y también el tribunal está más obligado a evitar este tipo de distorsiones”, especificó y cuestionó si las partes son víctimas de las corruptelas o también participan de ellas o las promueven.

Posteriormente, se realizó otra mesa redonda sobre influencias e influenciables, coordinada por Susana Maldonado. Participaron de la misma, Alfredo Gusman, quien disertó sobre el caso Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto s/informe sentencia dictada en el caso Fontevecchia y D'amico; Pablo Manili se refirió a los jueces subrogantes y conjueces; Adelina Loianno disertó sobre la elección de los miembros del Consejo de la Magistratura, el número de los mismos por representación; y Agustín Zbar sobre jurados de enjuiciamiento.

Finalmente, tuvo lugar otra mesa redonda sobre propuestas del derecho procesal constitucional, coordinada por Graciela S. Rosetti. En este panel, disertaron Luis René Herrero sobre el juicio de residencia; Erica Gorbak acerca de la determinación de plazos a la CSJN para el dictado de sus sentencias; Karin E. Göbel sobre el plazo razonable: efectos de su incumplimiento; y Calogero Pizzolo disertó sobre la posibilidad de fijar por ley los efectos de las sentencias de la Corte Interamericana de Derechos Humanos.

El cierre de la jornada estuvo en manos de Daniel A. Sabsay.