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Año XII - Edición 220 24 de octubre de 2013

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La cláusula de estabilidad presupuestaria en las constituciones europeas

  • Notas

El 30 de septiembre se llevó a cabo en el Salón Rojo de esta Facultad la conferencia "La cláusula de estabilidad presupuestaria en las constituciones europeas", a cargo de Sabrina Ragone. La jornada fue organizada por la cátedra de Andrés Gil Domínguez de la asignatura Derecho Constitucional y estuvo moderada por Christian A. Cao.

Para comenzar, Christian A. Cao introdujo el tema refiriéndose a la limitación constitucional del poder. En este sentido, se preguntó si encuentra el poder algún límite al endeudamiento, en cuanto a comprometer a las generaciones futuras a tener una deuda que cargue sobre sus espaldas y a partir de la cual encuentren limitaciones o restricciones a su crecimiento y desarrollo.

Así, resaltó que en Europa, a partir de la crisis del año 2007/8, los Estados han empezado a diagramar limitaciones a los poderes públicos en cuanto a la posibilidad de endeudarse, a los efectos de no comprometer demasiado a las generaciones futuras.

Seguidamente, Sabrina Ragone, investigadora en el Centro de Estudios Políticos y Constitucionales (Madrid), mencionó que las nuevas reformas constitucionales tienen como objetivo incluir un principio específico, el principio del equilibrio presupuestario. Estas reformas, de acuerdo con la oradora, no fueron totalmente voluntarias, no fueron una decisión autónoma, sino el resultado de una situación económica y financiera muy grave.

Ragone se refirió a las diversas fuentes que dieron paso a que la Unión reformara su propia ordenanza económica. De este modo, mencionó ciertos artículos del Tratado sobre el Funcionamiento de la Unión que se refieren a los déficits y al poder de control que tiene la Comisión sobre la gestión presupuestaria y financiera interna de cada uno de los Estados. En cuanto a los conjuntos normativos más influyentes, mencionó en primer lugar el denominado six pack, constituido por 5 reglamentos y una directiva y por el que se proveían sanciones a los Estados para propiciar que cumplieran los requisitos preventivos y correctivos del Pacto de Estabilidad del Crecimiento; además establecieron una serie de normas cada vez más detalladas sobre cómo redactar el presupuesto nacional y cómo luego seguir la gestión y el gasto público. La otra fuente es el Tratado de Estabilidad, Coordinación y Gobernanza de la Unión Económica y Monetaria el cual contiene la mayoría de las normas comunitarias sobre los presupuestos nacionales.

A lo largo de su exposición, la oradora trajo a modo de ejemplo las reformas constitucionales realizadas y llevó a cabo una comparación entre ellas.