¡Seguinos!

Año XXII - Edición 401 21 de diciembre de 2023

Buscar

Jornada presencial sobre derecho de daños

  • Notas

El pasado 30 de noviembre, en el Salón Verde, se llevó a cabo la jornada “Derechos de Daños”, organizada por el Centro de Graduados/as. Participaron en calidad expositores/as: Oscar Ameal, Leandro Vergara, Roberto Vázquez Ferreyra, Rosario Echevesti, Fernando Shina, Casiano Highton, Leticia Pelle Delgadillo y Valentina Zuain.

A su turno, Leandro Vergara se refirió a la convocatoria del evento. “Es para hablar de un tema, que son las funciones de la responsabilidad civil”, recordó. “Las funciones pueden ser explícitas o implícitas”, explicó. Y aclaró que “cuando hablo de explícito, realmente indica que esa función, como mínimo, es una normativa, lo que significa que debe cumplirse”. En ese sentido, ofreció un ejemplo. “Imaginen un daño moral, sabemos que no es patrimonial su función, sino que es satisfactiva”, planteó. Tras un breve desarrollo teórico, manifestó: “Sería tratar de comprender qué significa hablar de la propiedad normativa de la función”. Abordó esta temática el resto de su exposición.

Por su parte, Oscar Ameal expresó: “Voy a tratarlos de hablar de hacia dónde ve la reparación del daño”. En ese marco, opinó que el Código “tiene un error enorme, que es que se quedó a medias”. Esto último lo justificó, explicando: “Olvida muchas cosas y no termina de proteger a la persona”.

Fernando Shina aludió a la conexión del derecho de daños y la neurociencia. “La neurociencia nos ve como parcialmente razonables, parcialmente intuitivos y muy primitivos”, expresó.“Me permite formular el primer dilema, que es sobre cómo va a versar el conflicto: ‘¿Es posible una congruencia entre lo que describe la neurociencia y lo que regula el derecho?’ Si es que hay, tenemos un problema”. Con relación a lo anterior, sostuvo que  “el derecho está caminando a contramano de la ciencia”. Esto se debe, justamente, a que las ciencias sociales en sus teorías suelen pensar, “en un sujeto totalmente racional”.

Acto seguido, expuso Rosario Echevesti y comentó sobre los daños derivados de las causas desconocidas. “Estoy obviamente hablando de un daño que se deriva de una acción u omisión que en el momento se realiza de manera desconocida, pero es conocida posteriormente por un mal supuesto de responsabilidad”, explicó. “Riesgos de desarrollo, pero también sobre los casos donde el daño ni el hombre medio podía predecir”, analizó. Continúo desarrollando el tema, hablando también de la importancia del nexo causal en estos casos particulares.

Seguidamente, Roberto Vázquez compartió una serie de observaciones sobre la responsabilidad de las entidades bancarias con las ciber estafas. En esa misma línea, introdujo una nota periodística publicada por el diario La Nación. “Sobre una causa donde figuran 75 imputados y 40 damnificados con un botín estimado en 8 millones de dólares”, rememoró. Mencionó otros casos y compartió una visión más pesimista de la protección de la víctima de estos delitos.“Una encuesta concluyó que el 88 por ciento de las personas no saben a dónde denunciar las ciberestafas”, concluyó.

Por último, Casiano Highton expuso sobre la cuantificación del daño: “Voy a hablar de algunos conceptos que tienen que ver con el daño, su determinación y la cuantificación”. “El artículo 1737 del Código Civil habla de la afectación de un interés no reparable por el orden jurídico”, recordó. “Lo que más nos interesa del daño es poder darle una medición resarcitoria al mismo”, enfatizó. Los requisitos para que se llegue a esto están el artículo 1739 que establece qué se debe tener para que se produzca una reacción jurídica a dicho daño. “El mismo debe ser cierto, determinado y debe devenir de un perjuicio directo e indirecto”, expresó. Continuó su exposición haciendo más referencias al Código y finalizó con la ronda de exposiciones.