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Año XIV - Edición 259 19 de noviembre de 2015

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Jornada de Derecho Aduanero

  • Notas

El pasado 26 de octubre se realizó una Jornada de Derecho Aduanero en el Aula Magna, organizada en conjunto por el Centro de Estudios de Derecho Financiero y de Derecho Tributario y la Comisión de Derecho Aduanero. El acto de apertura contó con la participación de José O. Casás, Catalina García Vizcaíno y Mauricio Plazas Vega.

En primer término, José Osvaldo Casás expuso acerca de la creación del Centro de Estudios de Derecho Financiero y de Derecho Tributario y remarcó que su creación está basada en el buen ejemplo. También reseñó brevemente sobre la evolución de la asignatura Finanzas Públicas y Derecho Tributario en la Facultad. “Las personas son las que les dan el carácter a las instituciones. Yo tengo cifradas esperanzas porque la conozco en su trayectoria, en sus méritos, en su esfuerzo y en su tenacidad a la doctora Catalina García Vizcaíno. A poco de un año de la creación de la Comisión ya tenemos esta jornada”, expresó. Acto seguido, Catalina García Vizcaíno realizó una serie de agradecimientos y expuso los temas que se tratarían en la jornada.

Así, comenzó el primer panel “Derecho al debido proceso aduanero” coordinado por Carolina Petraglia. El primer expositor, Pablo Gallegos Fedriani hizo alusión a las garantías convencionales y de derecho administrativo aplicables en sede aduanera. “De lo que me toca hablar es de algo que todos sufrimos permanentemente (…) aquello que nos hace la vida imposible”, admitió el orador. Asimismo, remarcó que tanto la administración pública como el servicio aduanero deben mantener la eficacia y la transparencia. “Son dos principios que aunque no estén en ninguna norma son necesarios para la tramitación de cualquier proceso”, agregó. Seguidamente, se refirió a los requisitos generales reconocidos en la ley 19.549: celeridad, economía, sencillez y eficacia en los trámites. Luego, explicó qué sucede en las sanciones aduaneras. Se persigue una falta que no llega a ser delito pero tiene una sanción. “Todas las leyes son buenas pero lo fundamental es que sean cumplidas”, concluyó.

Acto seguido, Ana Lidia Sumcheski y Harry Schurig expusieron acerca del derecho a ser juzgado en plazo razonable. Por su parte, Sumcheskiexplicó: “Según el principio constitucional del debido proceso toda persona tiene derecho a ser juzgada dentro de un plazo prudencial. Esta garantía dice que es inviolable la defensa en juicio, de la persona y de sus derechos”. También hizo mención del artículo 8 apartados 1 y 25 del Pacto de San José de Costa Rica. Conforme a este esquema, indicó que estos derechos no solo se refieren al ámbito judicial, sino también al ámbito administrativo y por ende, también aplican a las situaciones aduaneras y cambiarias. “Nuestro Código aduanero sabiamente estableció plazos procesales para los procedimientos reglados por el Código Procesal, y por alguna razón que se viene arrastrando, estos plazos normalmente no se cumplen”, señaló. Más adelante, explicó cómo la tecnología podría ser utilizada como herramienta para agilizar las gestiones y evitar las dilaciones indebidas. Para concluir, Sumcheski identificó que la razón de ser del sistema electrónico es ayudar, es prestar colaboración para que se realicen mucho más rápido los trámites y se cumpla con eso del plazo razonable mientras no causen más perjuicio de aquello que se pretende remediar.

A su turno, Schurigmanifestó que ya tenemos todo un abanico de normativa internacional e interna que reconocen y aplican este derecho a obtener una resolución en tiempo razonable. No hay discusión acerca de que estas normas se aplican tanto en procesos judiciales como en procesos administrativos, en materias penales y en materias no penales, sin embargo, el problema de la mora en la Aduana lleva muchísimos años. En la misma línea, explicó que la mora en procesos aduaneros implica lesión patrimonial y por lo tanto lesión al art. 17 de la Constitución. Entre otras apreciaciones, resaltó la falta de aplicación de medios electrónicos en el proceso aduanero y finalmente, se refirió al instituto de la prescripción aplicado a los procesos aduaneros: “Es un instituto que está creado a los efectos de dar seguridad a las relaciones jurídicas (…) y como todo derecho, tiene que ser ejercido no abusivamente”.
A continuación, se realizó el panel “Precios de transferencia y valor en aduana. Problemas tributarios, aduaneros, cambiarios y penales”, coordinado por Silvia Guadalupe Catinot.

Juan Martín Jovanovich expuso acerca de los precios de transferencia en materia impositiva y aduanera; Enrique C. Barreira habló sobre el uso técnico del valor en aduana como fundamento punitivo en los órdenes tributario y cambiario; Juan Carlos Bonzón Rafart, dedicó su ponencia a cuestiones penales; y, finalmente, Juan Patricio Cotter trató el valor en aduana, la infracción de declaración inexacta y la cuestión cambiaria.
Seguidamente, tuvo lugar el panel “El Art. 20 de la Ley 23905 y el tipo de cambio del momento imponible del Código Aduanero y de la valoración aduanera” coordinado por Guillermo Gerth y a cargo de Jorge Sarli, Mario Bibiloni y Gustavo Zunino.

Luego, se llevó adelante el panel “Consecuencias para Argentina de la aprobación del Convenio Internacional para la Simplificación y Armonización de los Regímenes Aduaneros (modificado), celebrado en Kyoto el 18/5/1973” con la ponencia de Ricardo Xavier Basaldúa y la coordinación de Juan Marcos Rougés. Finalmente, se realizó “Nuevas modalidades del delito de contrabando y su prevención” a cargo de Carlos Milsztain y coordinado por Juan Marcos Rougés.