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Año VIII - Edición 156 30 de diciembre de 2009

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II Jornadas Nacionales sobre Elaboración de Normas Jurídicas

  • Notas

La Maestría y Carrera de Especialización en Elaboración de Normas Jurídicas y el Centro de Estudios sobre la Elaboración de Normas Jurídicas organizaron el 10 y 11 de diciembre en el Salón Azul de la Facultad de Derecho las “II Jornadas Nacionales sobre Elaboración de normas jurídicas”, en conmemoración del 140º aniversario de la sanción del Código Civil argentino y del 110º aniversario de la obra “Método de interpretación y fuentes en Derecho Privado Positivo” de François Gény.

Durante el primer día, se llevó a cabo la conferencia “Fuentes del Derecho privado a comienzos del siglo XXI”, a cargo de la Dra. Noemí Nicolau (Profesora titular de Derecho Civil III de la Universidad Nacional de Rosario), quien aseguró que el Código Civil para el pensamiento de este tiempo debe ser minimalista, más sencillo y simple. Instó entonces a recodificar Códigos por principios, que no den una respuesta detallada y pormenorizada para cada caso porque hace que el sistema no sea flexible. En este sentido, hizo referencia al Derecho Civil clásico que tiene como principios básicos la ley como la fuente del Derecho Civil, la seguridad jurídica, la propiedad privada y el derecho de autonomía. Sin embargo, opinó que se tienen que tener en cuenta otros principios que el Derecho Civil actual enarbola como son el favor debilis, la justicia contractual, la función social de la propiedad y del contrato, resaltando que todos ellos ponen en crisis los primeros principios. Con respecto a las causas de esta complejidad, indicó la fuerte constitucionalización del Derecho Privado, la interdisciplinariedad, a través de la influencia de la medicina, la tecnología y la economía, el problema de la globalización, advirtiendo un mercado fuertemente internacional que fragmenta y complejiza. También se cuestionó quién es el autor de la normas del Derecho Civil, planteo que tuvo lugar en la Unión Europea donde se consideró que no va a ser el mercado el que elabore las normas pero tampoco van a ser los juristas solos, “serán los juristas con las fuerzas sociales y políticas de la Unión Europea las que hagan las normas del Derecho Civil”, remarcó. A su vez, mencionó el plurijuridismo, postura que sostiene la existencia de enormes contactos entre las respuestas para cada problema, teniendo en cuenta las relaciones de dominación, integración, desintegración y aislamiento. Aseguró finalmente que tanto la vida como el Derecho son complejos, por lo tanto, las soluciones deben ser complejas pero el modo de resolver estos problemas debe ser con un Derecho flexible con grandes principios generales.

Posteriormente, el Dr. Atilio Alterini (Decano de la Facultad de Derecho) dictó una conferencia sobre la “Elaboración y reelaboración del Código Civil argentino”. De esta manera, analizó que “la Generación del 37 nos dio una República sin democracia y la Generación del 80 nos dio una democracia que a veces funcionó como República y a veces no”. Comentó, asimismo, que trabajó en el Proyecto de Código Único Civil y Comercial argentino de 1987 durante 2 años y en el del año 1998 por un período más extenso de tareas. Además, presentó un proyecto de Ley de Defensa del Consumidor junto a López Cabana y Stiglitz que fue tenido en cuenta para la sanción de la Ley que entró en vigor. En cuanto al Proyecto del 87, recordó que se formó una Comisión armada por Sergio Le Pera, en la cual se había establecido como objetivo la modificación de algunos artículos del Código Civil, ya que no se trataba de una reforma integral, agregando que tenía soluciones previstas en la Convención de Viena de compraventa internacional de mercaderías del año 80. Sin embargo, mencionó que el entonces presidente Menem lo vetó y arruinó una posibilidad interesante. En este sentido, afirmó que las reformas deben hacerse de a poco para disminuir el número de generadores de escándalo. Asimismo, hizo alusión a una de las normas más necesarias pero más reaccionarias del Derecho Civil que es la presunción del conocimiento de la ley, observando que ni siquiera los abogados conocen la totalidad del sistema. Por ende, había elaborado una norma por la cual establecía que los jueces podían por razones socio-económicas-culturales eximir de la aplicación estricta de la ley a los sujetos que estuvieran comprendidos en esa excepción, siempre que no se tratara de un principio asequible por la sana razón.

Al terminar su gestión como Decano, expresó el orgullo de haber estado a cargo de esta Facultad y de dejar una Casa de Estudios reconocida, bella en estructura, calidad y esfuerzo.

Durante el resto de las jornadas se pudieron apreciar las exposiciones de Marisa Herrera, Eduardo Molina Quiroga, Roberto Campos, Mariana Koch, Elian Pregno, Adrián Albor, Martín Barbará, Susana Igarzábal y Jorge Vega. Del mismo modo, la disertación de cierre estuvo a cargo del Director del Departamento de Posgrado, Dr. Miguel Ángel Ciuro Caldani.