¡Seguinos!

Año XIX - Edición 339 25 de junio de 2020

Buscar

Igualdad y no discriminación en la vejez: Latinoamérica y Europa ante los desafíos de la pandemia

  • Notas

El pasado 26 de mayo se llevó adelante el seminario web titulado “Igualdad y no discriminación en la vejez: Latinoamérica y Europa ante los desafíos de la pandemia”, que organizaron en conjunto el Seminario Permanente de Investigación de Derecho de la Vejez del Gioja, el CPO de Derecho de la Vejez del  Departamento de Derecho Privado I, la Maestría en Derecho Comercial y de los Negocios, el Centro de Investigación Pacem y los proyectos de investigación UBACYT 20020170100639BA, PDII 2020 y PDE_43_2020.

En este marco, expusieron María Isolina Dabove (Instituto Gioja, Conicet), Esther Silvia Ferrer (Instituto Gioja) y Dámaso Javier Vicente Blanco (Universidad de Valladolid). Coordinó Martín Testa (Instituto Gioja).

Para comenzar, María Isolina Dabove explicó que “la igualdad y la no discriminación es un mandato de optimización destinado a articular, por un lado, el respeto por la unicidad de cada cual, pero también la diversidad de sectores de la población que están atravesados por condiciones desventajosas en el acceso a los derechos, a los recursos y que impacta en el posicionamiento ante la ley por el solo hecho de acreditar un rasgo distintivo, en este caso sería la vejez misma”.
Por otro lado, expresó que “la pandemia, particularmente en Latinoamérica, ha mostrado algunas contradicciones estructurales que vienen de arrastre pero que hoy quedan al desnudo por las exigencias de cuidado y de asistencia que ha introducido el COVID-19 sobre todo en relación con la población mayor”. En este marco, mencionó una serie de contradicciones. “La consideración filosófica de la vejez desde una perspectiva activa y saludable conforme a la gerontología actual, pero también el derecho de la vejez y la Convención Interamericana versus la concepción de la vejez como población de riesgo que es lo que introduce la pandemia en todo el mundo y que en Argentina y Latinoamérica cobra relevancia por las situaciones de vulnerabilidad múltiple que atraviesa a nuestros mayores”, detalló y agregó como otra contradicción: “El principio de la autonomía personal que es el corazón del derecho de la vejez versus intervenciones que han desplazado esta competencia para tomar decisiones de todos los niveles, en particular de autocuidado, en relación con un supuesto criterio de protección hacia las personas mayores”. Y concluyó: “La igualdad y la no discriminación, en suma, puede ser entendida como un criterio de justicia gerontológica que exige asegurar a cada adulto mayor en cuanto tal ese espacio de libertad que necesita para continuar personalizando e interactuar con los demás en igualdad de condiciones”.

Por su parte, Esther Silvia Ferrer se refirió a cuestiones personales y patrimoniales de las personas mayores y la influencia que el COVID-19 ha tenido en esas relaciones. “Este grupo humano que es el de los ancianos está contemplado en nuestra Constitución a través del art. 75 inc. 23 y a través del art. 75 inc. 22”, introdujo. Y añadió que “el Código Civil y Comercial de la Nación (CCyC) en su art. 1 recepta la estructura jurídica obligándose a resolver los casos que el código regula con el sistema protectorio de los tratados de derechos humanos en los que Argentina es parte”. En esta línea, aseveró: “El sistema jurídico argentino nos brinda una barrera para el trato no igualitario de las personas mayores”.

Seguidamente, se enfocó en los derechos de consumo de los/as adultos/as mayores y, en este marco, consideró importante lo establecido por la segunda parte del art. 51 del CCyC sobre una tutela diferenciada y la posibilidad de que se contemple al momento de analizar las situaciones. En este sentido, desarrolló que la situación pandémica expone a los grupos vulnerables a una hipervulnerabilidad  y, entre ellos, se encuentran los/as ancianos/as. “El aislamiento genera entre otros puntos cambios de paradigmas contractuales como la masificación de la contratación bancaria electrónica en un sector que sin olvidar que tienen plena autonomía se ven impedidos de acceder en tiempo y forma a este tipo de contratación”, señaló. A su vez, específico que “un caso de trato no digno al que se vieron sometidos los adultos mayores fue a la contratación bancaria cuando debieron acceder a largas colas para la percepción de su jubilación, por ejemplo”.
Finalmente, Dámaso Javier Vicente Blanco reconoció que “el virus ha sido muy virulento en España y Europa en general. En España estamos en el quinto lugar de contagio en el mundo y en el sexto lugar de fallecidos”. Y observó que el Reino Unido es el primero en Europa, le siguen Italia, Alemania, Francia, Bélgica y Países Bajos. “En este momento lo que se sabe es que no se sabe por qué el número de fallecidos es tan desigual”, sostuvo. Como ejemplo de esto, expuso que Alemania tiene 180 mil contagiados/as y 8 mil fallecidos/as y Francia 145 mil contagiados/as y 28 mil fallecidos/as. Y agregó: “Al 22 de abril en España los mayores de 60 años contagiados representaban el 52% y, sin embargo, los mayores de 60 años representaban el 94,8% de los fallecidos”, detalló.

“El conflicto entre los países del norte y España e Italia se agudizó cuando el 27 de marzo el jefe de Epidemiología Clínica del Centro Médico de la Universidad de Leiden en Países Bajos hizo una declaración pública contra España e Italia por admitir personas ‘demasiado viejas’ con COVID-19 en las unidades de cuidados intensivos”, contó y aseveró: “Es una discriminación manifiesta por razones de edad que no responde necesariamente, pese a las estadísticas, a criterios objetivos”. En este marco, advirtió: “Esto pone en evidencia los problemas en el ámbito de la integración europea”. Se preguntó, además, si lo que se puso en evidencia en el marco de la pandemia es la existencia de una concepción que vulnera los derechos fundamentales. Y precisó: “En España e Italia se sostiene que la edad no es el criterio fundamental del priorización, sino la viabilidad vital con independencia de la edad”.

Video