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Año XIV - Edición 244 26 de marzo de 2015

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Estructura normativa y garantías para el ejercicio de un derecho fundamental: la Libertad Sindical en Argentina, 2003 – 2011

  • Notas

El 1º de diciembre pasado los integrantes del Proyecto UBACyT 2012/2014 “Estructura normativa y garantías para el ejercicio de un derecho fundamental: la Libertad Sindical en Argentina, 2003-2011” presentaron en la Sala Vélez Sarsfield el informe preliminar. Estuvieron presentes Guillermo Gianibelli (Director), José Tribuzio, Luis Campos, Javier Delfino, Javier Izaguirre, Rocio De Hernández, Victoria Flores Beltrán, Julián Hofele, Jimena Frankel y Julia Campos. También participó en la actividad Adrián Goldin.

Entre otras apreciaciones, Guillermo Gianibelli se refirió a que a partir del 2003 aparecen nuevos desafíos desde el punto de vista de la doctrina de los tribunales. “Una parte de la investigación tiene que ver con registrar lo que los tribunales han venido diciendo desde el punto de vista de la vigencia de la libertad sindical”, explicó. Por su parte, José Tribuzio hizo referencia a la segunda parte del informe, la cual gira en torno al análisis de la regulación actual en materia de libertad sindical. “El análisis de la regulación va en paralelo con un análisis jurisprudencial. Tomamos nota de los fallos más importantes en materia de libertad sindical de la Corte Suprema y de la Justicia Nacional del Trabajo”, indicó. Asimismo, mencionó que se inicia con una breve reseña respecto del funcionamiento del sistema de fuentes. Por su parte, Luis Campos mencionó la tercera parte del informe. Entre otras cuestiones, señaló la existencia de problemas de investigación, uno de los cuales era que las herramientas de las ciencias jurídicas resultaban insuficientes.

Luego, Horacio D. Meguira y Héctor O. García realizaron comentarios al informe. De esta forma, Meguira afirmó que este trabajo es, en su mayor parte, un trabajo colectivo. “En la lectura de este trabajo sentí ese sentido fundacional que teníamos al momento de cuestionar el modelo sindical argentino. Creo que lo que narra muy bien el trabajo, sobre todo la parte histórica, es que, como la realidad muta permanentemente, también muta la concepción de libertad sindical”, destacó. A su turno, García resaltó que la factura del informe se estructura en base a dos líneas de investigación, una jurídico-crítica, en la que se elabora la mayor parte de los conceptos e institutos, se establecen el marco teórico y los aspectos problemáticos. La otra línea es empírica-sociológica, en la que se tiende a relevar el estado de situación, el estado de vigencia de la libertad sindical en el país y en un período determinado. “La investigación se encuentra presidida por una directriz que es a su vez impulsada por un objeto de control de la efectividad de la normativa en materia de libertad sindical”, describió.

Posteriormente, se desarrolló la conferencia de cierre: “Modelos de representación sindical en Europa”, a cargo del profesor Pere Beneyto (Universidad de Valencia). En este marco, sostuvo que: “El impacto de la crisis en la Unión Europea es desigual, es mucho más fuerte y más grave en los países del sur, como España, Portugal, Grecia”, afirmó. De esta manera, Beneyto hizo referencia a una primera correlación entre sistema de relaciones laborales y desigual impacto de la crisis. “Aun siendo generalizada y trasversal, los efectos de la crisis sobre el mercado de trabajo son significativamente diferentes si atendemos a los distintos sistemas de relaciones laborales”, destacó. Luego, remarcó que el sindicalismo, junto con el derecho del trabajo y las instituciones de negociación colectiva, es uno de los tres grandes dispositivos orientados a compensar la asimetría que caracteriza la relación individual de trabajo.