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Año XXII - Edición 397 19 de octubre de 2023

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El rol de la propiedad intelectual en la comercialización de alimentos

  • Notas

En la Sala Vélez Sársfield, el pasado 20 de septiembre, se realizó la actividad “El rol de la propiedad intelectual en la comercialización de alimentos”, organizada por el Centro de Estudios Interdisciplinarios de Derechos Industrial y Económico. Expusieron: Rafael Pérez Miranda (UAM-México) y Martín Cortese (CEIDIE-UBA). Coordinó Sandra Negro.

En primer lugar, Rafael Pérez Miranda centró su exposición en un marco teórico específico, los Objetivos de Desarrollo Sustentable (ODS) y sus puntos más importantes. “A los países del mundo les interesó aprobar estos objetivos de desarrollo sostenible, pero en la práctica no han hecho absolutamente nada”, sostuvo. “Las dos principales potencias occidentales, Estados Unidos y la Unión Europea, consideran que la reducción del desempleo y el aumento del consumo son elementos negativos”, indicó. En relación con lo anterior, manifestó que cuando el Banco Central Europeo y la FEC realizan el análisis de pobreza e ingresos llegaron a la conclusión de que “está creciendo mucho el empleo y está bajando demasiado el desempleo, eso es malo. Está aumentando mucho el consumo, eso también es malo. Entonces, aumentemos la tasa de interés para que las empresas no pidan tantos préstamos, no aumente la oferta de trabajo, y por lo tanto, al pagar menos salarios, no aumente el consumo”, planteó. Introdujo esta referencia para dar a entender que, desde el punto de vista de los países en desarrollo, “si uno no quiere tener una política devaluatoria, tiene que adecuarse a las políticas de la FEC y del Banco Central Europeo”, evitando así el cumplimiento de los ODS, pero asegurando la continuidad de las inversiones extranjeras. “La política del sistema de la propiedad intelectual parte de la base de que el sistema de propiedad intelectual, mediante el otorgamiento de privilegios, estimula la creatividad científica y tecnológica”, explicó. Y agregó que en ciertas medidas ha sucedido al revés. “Las creaciones científicas y sus derivados tecnológicos, importantes, y muy importantes en la materia que vamos a ver, generó sistemas de protección a posteriori”, es decir, que “no fue el sistema de protección el que generó la innovación, sino que fue la innovación la que despertó el apetito en las grandes corporaciones”. “¿Y si investigamos en esto? Podemos obtener buenos resultados si nos protegen”, enfatizó. Posteriormente, describió la evolución en la producción de la materia prima alimentaria, por inducción y por desarrollo de capacidades científicas, destacando cuáles son las políticas dentro de ese proceso de producción, siendo “primero seleccionar los mejores vegetales y animales para poder modificarlos”. Y por otro lado, sumó: “Garantizar el acceso gratuito a esos mejores ejemplares”. Asimismo, mencionó el sistema de protección aplicable a esa cuestión. Por último, compartió una serie de ejemplos del tema a tratar.

A su turno, Martín Cortese se refirió a qué pasa con la regulación local de los alimentos. En primer lugar, nombró al poder de policía. “Esta facultad que tienen los estados de reglamentar los derechos, toda vez que los derechos no son absolutos”, indicó. Este poder es ejercido por distintos organismos del Estado dependiendo del tipo de alimento, siendo uno de éstos el SENASA, y mediante el decreto 815/1999, que creó el Sistema Nacional de Control de Alimentos y otorgó competencia específica al SENASA y a la ANMAT (…) a través del Instituto Nacional de Alimentos. Por otro lado, este decreto también crea la Comisión Nacional de Alimentos. Continuando con el tema, se refirió a las facultades de la ANMAT, las cuales son “velar por la salud de la población, asegurando la inocuidad, salubridad de los productos y los materiales en contacto directo con los mismos, con las materias primas, aditivos, etc. y controlar y fiscalizar la salida y calidad de los alimentos acondicionados para su venta al público, de elaboración nacional o importados, destinados para ser consumidos en el mercado interno o externo de acuerdo a la normativa vigente”. Tras esto realizó una breve comparación de los organismos locales de control con los presentes en Estados Unidos, aclarando que en este último cuentan con la Food and Drug Administration y enumeró los institutos que operan dentro de ella: el Centro para la Seguridad de la Comida y la Nutrición Aplicada y el Departamento de Agricultura, donde también funciona el servicio de seguridad alimentaria y la inspección de la misma. Esta comparación, explica, fue para demostrar que también “en otros países no recae toda la seguridad alimentaria y la inocuidad de la misma en una sola autoridad, sino que recae en varias, repartiéndose las competencias”.