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Año XI - Edición 202 25 de octubre de 2012

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El Genocidio Armenio (1915-1923). Una mirada desde el Derecho, la Historia y los Derechos Humanos

  • Notas

Este seminario introductorio se propone abordar desde una perspectiva comparativa y universal el caso del Genocidio Armenio. De esta forma se busca una mirada interdisciplinaria donde el crimen de genocidio pueda ser analizado desde la historia, el derecho y formas de representación fílmica. El seminario está organizado porla Cátedralibre sobre Holocausto, Genocidio y Lucha contrala Discriminaciónde esta Facultad de Derecho y por el Centro Latinoamericano de Estudios sobre Genocidio y Derechos Humanos dela Fundación LuisaHairabedian.

El 28 de septiembre se desarrolló un primer encuentro en el Aula 1 de Extensión Universitaria. En esta oportunidad se reflexionó sobre la importancia de estudiar el Genocidio Armenio como un modelo de exterminio sistemático de la modernidad y como inspiración en la creación del concepto jurídico de Genocidio.

El primero de los oradores fue Gregorio Flax, quien subrayó: “creo personalmente que era una deuda quela Facultad tenía de poder instalar el tema”. Accesoriamente, efectuó algunos comentarios sobrela Cátedra libre sobre Holocausto, Genocidio y Lucha contrala Discriminación.

En segundo lugar, Greta Kaladjian, profesora de Historia porla Facultad de Filosofía y Letras, evaluó las posibles conceptualizaciones que pueden efectuarse en torno al término “genocidio”. De este modo, explicó que la definición más utilizada es la que entiende al genocidio como la matanza de un grupo en tanto tal. Mencionó también a la persona de Raphael Lemkin que fue uno de los primeros hombres que empezaron a delinear el concepto de genocidio. Señaló que con posterioridad ala Segunda Guerra Mundial se impulsó la redacción dela Convención parala Sanción y Prevención del Delito de Genocidio, la cual se adoptó el 9 de diciembre de 1948 y entró en vigor el 12 de enero de 1951. En este instrumento se ha entendido por genocidio a determinados actos perpetrados con la intención de destruir, total o parcialmente, a un grupo nacional, étnico, racial o religioso. Dentro de estos actos se incluye a la matanza de miembros del grupo, la lesión grave a la integridad física o mental de los miembros del grupo, el sometimiento intencional del grupo a condiciones de existencia que hayan de acarrear su destrucción física, total o parcial, las medidas destinadas a impedir los nacimientos en el seno del grupo y traslado por fuerza de niños del grupo a otro grupo. A ello debemos agregarle lo establecido en el Estatuto dela Corte Penal Internacional del 17 de julio de 1998. Allí se entiende también por genocidio a determinados actos perpetrados con la intención de destruir, total o parcialmente, a un grupo nacional, étnico, racial o religioso, con los mismos alcances que se prevén enla Convención parala Sanción y Prevención del Delito de Genocidio. Resulta necesario resaltar que en el mencionado estatuto se definen por separado el genocidio y los crímenes de lesa humanidad. En ambos casos, las normas se refieren a un “grupo” sin precisar qué se entiende por esto. Se suele argumentar que la decisión de solo haber incluido grupos nacionales, étnicos, raciales o religiosos se basa en que la existencia de los mismos resulta constatable con mayor facilidad. En cambio, la existencia de un grupo político podría ser difícil de delimitar. Por otro lado, señaló: “lo que tiene de interesantela Corte Penal Internacional es que inaugura, por fin, una justicia internacional, sobre todo considerando que los crímenes que va a incluirla Corte Penal Internacional son crímenes que la mayor parte de las veces los llevan adelante Estados y es muy difícil que los mismos Estados juzguen a estos victimarios”.

Por último, Juan Pablo Artinian, Profesor de Enseñanza Media y Superior en Historia, expresó que los atroces acontecimientos sucedidos en Armenia componen el primer genocidio de la modernidad. “El Genocidio Armenio es algo así como el prototipo de los genocidios que se van a dar a lo largo del siglo XX”, amplió. Asimismo, se detuvo en analizar hasta qué punto la impunidad de este crimen pudo haber constituido el antecedente directo y orgánico del Holocausto. “Ha sido esta impunidad en Armenia la que le ha permitido a los nazis actuar de la forma en que lo hicieron”, expresó. Enseñó también que “el negacionismo es la fase final de todo genocidio, es la política activa que tiene un Estado de tratar de falsear, en tratar de mentir y ocultar todo lo que fue realizado en términos de accionar genocida”. Para Artinian, el Genocidio Armenio es uno de aquellos casos en los que el negacionismo se encuentra más instalado.

Sumado a todo ello, el expositor realizó una breve contextualización histórica sobre los armenios, su cultura y vida previa al genocidio. “Uno de los fenómenos de la antigüedad con respecto a Armenia es que generalmente estaba entre dos imperios y sus momentos de autonomía política estaban supeditados a la debilidad de los grandes imperios de esa época que eran el Imperio Romano y el Imperio de los Partos”, indicó. También expuso sobre los armenios en el Imperio Otomano y el periodo comprendido entre fines siglo XIX y comienzos del siglo XX como preámbulo del Genocidio Armenio: las masacres del Sultán Abdul Hamid II, la máxima autoridad del Imperio Otomano, y las de Adana del año1909. Asu vez, comentó sobre el ascenso al poder del partido de los “Jóvenes Turcos” y el plan de exterminio de los armenios, indicando que entre los años 1375 y 1918 los armenios carecieron de un Estado viéndose subsumidos en diferentes imperios. Hacia el final, con la presencia dela DecanaMónicaPinto, se dio lugar al debate.

“El negacionismo es la fase final de todo genocidio”, enseñó Juan Pablo Artinian.