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Año XVIII - Edición 321 06 de junio de 2019

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El discurso del odio y los límites a la libertad de expresión en Europa

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La Cátedra de Derecho Constitucional de Raúl Gustavo Ferreyra y la Secretaría de Coordinación y Relaciones Institucionales organizaron la conferencia "El discurso del odio y los límites a la libertad de expresión en Europa" el pasado 20 de mayo en la Sala de Audiencias. En este marco, expuso José María Porras Ramírez (catedrático de Derecho Constitucional de la Universidad de Granada). Presentó Leandro A. Martínez (docente de Derecho Constitucional).

En primer lugar, el expositor explicó a qué se alude con el concepto discurso del odio: “Cuando se utiliza indebidamente la libertad de expresión para vejar, humillar o incitar la comisión de un acto que menoscabe la integridad física de una persona por razón de su raza, de sus creencias, de su orientación sexual, de su ideología, de su condición física o de cualquier otra circunstancia considerada relevante y susceptible de ser objetivada”.

En ese sentido, el discurso del odio entra en tensión con el derecho a la libertad de expresión.

“La doctrina de la posición preferente dice que la libertad de expresión es un derecho que debe prevalecer potencialmente frente a cualquier otro porque de él depende la existencia de una opinión pública libre y debe ser preservado. Es por eso que aun cuando expresiones de nuestro pensamiento pueden resultar éticamente abominables, aberrantes, dañosas del buen gusto, que no las compartamos, no por eso deben dar lugar a una reacción penal. No por eso deben dar lugar a que el poder coactivo del Estado intervenga para reprimir esas actuaciones”, expresó.

El expositor reconoció que en Europa existe una gran sensibilidad consecuencia de prácticas especialmente aberrantes contra la vida y la integridad de las personas que se produjeron durante el siglo XX. “Dos guerras mundiales son una manifestación elocuente de esto que estoy diciendo. El régimen nacional-socialista o el fascismo supusieron la negación sistemática de derechos de colectivos muy importantes, entre ellos, el colectivo judío”, indicó. Y agregó que “esto ha dado lugar a que exista una especial sensibilidad hacia la idea de que alguien pueda hacer un uso abusivo de un derecho para acabar incitando a la comisión de actos que supongan la violencia o la discriminación de personas pertenecientes a un colectivo especialmente vulnerable”.

En ese sentido, Porras Ramírez afirmó que “el Tribunal Europeo de Derechos Humanos, a través del Consejo de Europa y la Declaración de Derechos, vela porque la dignidad humana es el fundamento del orden político y de la paz social”. Este órgano “ha empezado a esbozar una doctrina, que a mí me parece peligrosa, porque da lugar a una interpretación extensiva de esta cláusula del abuso de derecho que se supone restringir el alcance de la libertad de expresión hasta extremos que creo excesivos. (…) Se cree que se incurre en abuso de derecho cuando se hace un uso abusivo, desorbitado, extralimitado de la libertad de expresión para señalar a un determinado grupo o colectivo por razón de su raza, orientación ideológica, sexual, física o de cualquier otra índole”, sostuvo.

El orador reconoció que el fenómeno del discurso de odio se ha multiplicado en Europa con ocasión de la última crisis migratoria que se inició en 2015 por la que ingresaron 1.500.000 de personas a la Unión Europea. “Hoy vivimos un crecimiento exponencial de ese discurso del odio que a través de las redes sociales se está vertiendo a toda la sociedad”, planteó.

En relación con las consecuencias que trae aparejada la inclusión de la cláusula de abuso señaló que se puede incurrir en una reacción desproporcionada. “El Tribunal Europeo de Derechos Humanos empieza a instar a los estados miembros a que castiguen en sus códigos penales la negación del Holocausto, la justificación del Holocausto, la humillación del inmigrante, comentarios denigratorios por condición étnica, orientación religiosa, sexual, contra determinadas personas por pertenecer a una minoría y todo esto supone incitar al odio y dar lugar en una situación de peligro general y abstracto a la eventual comisión de delitos”, manifestó. Finalmente, destacó que “si no hay opinión pública libre, que necesariamente ha de ser plural, y esto es consustancial a la democracia, no habrá democracia. Podremos tener instituciones democráticas pero la formación del proceso deliberativo que conduce a la elección estará viciado y por tanto no podrá dar lugar a que este se forme debidamente”.