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Año IX - Edición 163 17 de junio de 2010

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El Director del Departamento de Derecho Económico y Empresarial, Prof. Daniel Roque Vítolo, dirigió el V Congreso Argentino-Español de Derecho Mercantil en Huelva, España

  • Notas

El Director del Departamento de Derecho Económico y Empresarial, Prof. Daniel Roque Vítolo, dirigió el V Congreso Argentino-Español de Derecho Mercantil que tuvo lugar en Huelva, Reino de España, los días 26, 27 y 28 de mayo de 2010.

Con la asistencia del Alcalde de la Ciudad, el Presidente de la Real Audiencia, el Rector de la Universidad de Huelva, los Catedráticos de las Universidades de Valencia José Miguel Embid Irujo; de la Universidad de Huelva, Francisco León Sanz, y más de sesenta profesores argentinos y españoles, se celebraron sesiones académicas durante tres días tanto en la Universidad de Huelva como en la Universidad Internacional de Andalucía.

Al dictar la Conferencia Inaugural del Congreso, el Prof. Vítolo refiriéndose a la “Crisis Global y Remedios Concursales” señaló que ha llegado la hora de abandonar los procesos concursales inquisitivos y retributivos donde el acento se coloca en un castigo legal y social de los fenómenos de crisis, para ir hacia un sistema más realista tendiente a la composición de intereses entre todos los afectados.

La propuesta presentada por el Profesor Vítolo -para la reforma concursal- siguiendo lo que ha sido la evolución de su pensamiento en los últimos tiempos, fue adoptar un enfoque absolutamente diferente de los remedios concursales ante las crisis económicas y financieras, abandonando el antiguo y superado sistema retributivo para adentrarse en la construcción de un sistema restaurativo, en el cual tanto el deudor como los acreedores dejen de ser considerados personajes en pugna con intereses contrapuestos, y sean advertidos como meros actores en un conflicto que los involucra pero que también los excede, admitiendo que el fracaso de los negocios y los fenómenos de insolvencia son avatares propios de la vida económica y del riesgo empresario al cual el mercado en su totalidad, incluyendo los acreedores, y las comunidades están sujetos. Más aún a partir de las crisis globales.

Del mismo modo -señaló Vítolo- debe admitirse que una solución satisfactoria no puede llegar nunca sin recurrir a procedimientos que construyan mecanismos de recomposición de intereses y no que establezcan pujas entre partes; y ello con el objeto de sanar aquello que ha sido roto: el crédito, el cumplimiento de las obligaciones y la confianza en el futuro del emprendimiento.
La nueva visión propuesta por Vítolo en modo alguno olvida que se deben determinar y asignar las responsabilidades de todos los involucrados en la crisis, bajo un sistema procesal que busque una completa y obligatoria participación de todos los actores en la búsqueda de consenso, la asunción de pérdidas en función –también- de las propias responsabilidades en la crisis particular, en el conjunto del emprendimiento, y en la sociedad misma, como parte del nuevo concepto de Responsabilidad Social Empresaria, tendiendo a privilegiar soluciones que fortalezcan a la comunidad en su totalidad, dando satisfacciones a sus necesidades, conscientes de que la empresa ya no puede concebirse como un sistema cerrado, con objetivos meramente formales sino como un subsistema abierto que se encuentra dentro de un sistema social más amplio.

Para arribar a la meta buscada -enfatizó Vítolo- debe recurrirse todos los medios de composición de intereses existentes y acudir, si es necesario, a una combinación entre ellos en forma sucesiva o simultánea, sin que por ello deba dejarse de lado la intervención del magistrado.

Así -concluyó Vítolo- al procedimiento judicial habrán de sumarse iniciativas de instrumentos modernos de negociación tales como la mediación, la facilitación, la evaluación, la conciliación, el arbitraje y la transacción bajo los principios procesales de celeridad, razonabilidad, equidad, justicia y satisfacción residual; esto último como coronación del éxito del procedimiento.