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Año XVIII - Edición 321 06 de junio de 2019

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VIII Encuentro de Derecho de las Familias y Derechos Humanos

El Derecho Sucesorio en el CCyC desde la perspectiva constitucional-convencional

  • Notas

Organizado por la Cátedra de Familia y Sucesiones del profesor Néstor E. Solari, el 14 de mayo se llevó a cabo el VIII Encuentro de Derecho de las Familias y Derechos Humanos sobre “El Derecho Sucesorio en el CCyC desde la perspectiva constitucional-convencional”, coordinado por Paula Mayor.

El encuentro comenzó con las palabras del profesor Néstor E. Solari, quien se refirió a los temas más relevantes e innovadores en derecho de sucesiones, como lo son el derecho hereditario del conviviente, pactos sobre herencia futura, entre otras figuras de gran relevancia en la actualidad, que no se ven reflejadas en la normativa vigente del Libro Quinto del Código Civil y Comercial (CCyC) sobre la transmisión de derechos por causa de muerte. Asimismo, sostuvo: “La idea de estos encuentros es plantear distintas temáticas vinculadas con el derecho de familia y una temática de derechos humanos que directa o indirectamente cruza a muchas de las instituciones tanto del derecho de familia como del derecho sucesorio”.
Seguidamente, hizo mención del proceso de constitucionalización del derecho privado que se ve expresamente en los arts. 1 y 2 del CCyC: “Avalan esto que ha sido enunciado en los fundamentos de la reforma en cuanto a que debe hacerse una interpretación armónica e integral no solo del CCyC sino con todas las normas vigentes del ordenamiento jurídico, fundamentalmente las convenciones y los tratados internacionales”. Analizó si el proceso de constitucionalización del derecho privado que emana de los fundamentos del CCyC es compatible con las normas del derecho de familia y se enfocó en los dos principios que se establecen en los fundamentos: la autonomía de la voluntad (que en el contexto del Anteproyecto está puesto como un eje fundamental de la reforma) y la solidaridad familiar.

En esa línea, Paula Mayor acotó: "Es interesante cómo inciden las normas de los tratados de derechos humanos, sobre todo aquellos con jerarquía constitucional, en la nueva legislación y cómo podemos pensar e interpretar el derecho sucesorio desde la interpretación obligada, en virtud del art. 2 del Código Civil y Comercial de la Nación, de la llamada constitucionalización del derecho privado".

Sobre el derecho hereditario del conviviente, Noelia Cortinas explicó que “las uniones convivenciales son un modelo de familia que se encuentra plasmado en el Código Civil y Comercial, además de estar consolidado en la realidad social y si son reconocidos como familia, la pregunta es: ¿Por qué no pueden tener derecho hereditario los convivientes? Allí es donde la aplicación de los Tratados de Derechos Humanos en Derecho Sucesorio toman relevancia”.

Participaron del intercambio Magdalena Diez y Laura Rodríguez, quienes aportaron su visión sobre la declaración de inconstitucionalidad en materia sucesoria y su impacto en la práctica.

Al finalizar se realizó una invitación a todos los asistentes con motivo del I Foro Internacional de Derechos de las Familias y Sucesiones que se realizará el 28 de Junio de 2019 en la Facultad de Derecho de la Universidad de Buenos Aires con entrada libre y gratuita.