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Año XX - Edición 354 13 de mayo de 2021

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El derecho al ambiente en la Ciudad de Buenos Aires. La participación ciudadana en su defensa

  • Notas

El pasado 28 de abril la profesora María José Lubertino presentó su tesis doctoral, titulada “El derecho al ambiente en la Ciudad de Buenos Aires. La participación ciudadana en su defensa”. En este marco, expusieron Aída Kemelmajer, Leila Devia, Gonzalo Sozzo y Andrés Nápoli. Organizaron las Cátedras María José Lubertino (CBC y Facultad de Derecho, UBA) y la Red de Defensoras del Ambiente y el Buen Vivir y Asociación Ciudadana por los Derechos Humanos.

En primer término, Gonzalo Sozzo se refirió al trabajo de la autora de la tesis y comentó que ella  compiló y analizó desde una perspectiva constitucional todas las luchas por los bienes comunes en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en los últimos treinta años. “Me parece que es un aporte significativo porque hoy existe una disputa global por lo que podría ser el futuro de los bienes, en particular por el futuro de los bienes comunes. Pero, al mismo tiempo que es una disputa global que se da en todo el mundo de diferentes maneras con patrones comunes, es muy territorial la pelea”, expresó.

Luego se enfocó en la idea de hegemonía por el dominio del campo: “Hay dos tendencias opuestas que se disputan la hegemonía del campo: una tendencia que es la privatización de los bienes comunes y otra estrategia, donde se inscribe claramente el trabajo de María José y de las organizaciones que ella citaba, es la tendencia por tratar de transformar los bienes en bienes comunes”, explicó.

Por su parte, Andrés Nápoli sostuvo que la tesis une la teoría con la realidad y  el estudio con la militancia. Además señaló que la tesis relaciona los instrumentos de la Constitución y lo que hizo el poder constituido con ello, “vulnerando ese escudo de protección”. E indicó que “sin esas discordancias y disrupciones no hubieran sido viables estas luchas porque en definitiva lo que estamos planteando es hacer realidad y verdad la Constitución”.

Por otro lado, expuso que el punto de partida que plantea la autora es que los problemas ambientales y los patrimoniales que tiene la Ciudad de Buenos Aires tienen una raíz que es el Área Metropolitana. “La pandemia nos está demostrando que esto es un Área Metropolitana, no podemos hablar más de la Ciudad de Buenos Aires o el Conurbano, es un espacio común y a la salida de la pandemia posiblemente tengamos que empezar a pensar en serio en eso”, analizó.

Leila Devia subrayó que “el trabajo es un análisis de la democracia participativa en materia ambiental y recorre las aristas y la evolución de los procesos de participación ambiental en la Ciudad de Buenos Aires”. Y aseveró: “En este detallado recorrido desarrollás un marco teórico lógico. Hay mucha información en los primeros capítulos sobre los fallos importantes, sobre el Código Civil y Comercial y sobre la Constitución de la Ciudad. Te apoyás en estos fallos judiciales para en el capítulo 11 hablar sobre la participación ciudadana en la Ciudad, trayendo la frustración en la actuación en la confección del presupuesto participativo.

Seguidamente, se preguntó: “¿Por qué llegar a la judicialización cuando el derecho ambiental es rico en el principio preventivo y precautorio y por qué la Administración Pública Nacional en el buen sentido de la burocracia no toma estas banderas y realmente se pone a aplicar efectiva y eficazmente la legislación que nuestros legisladores llevan a cabo, promulgan y sancionan?”. En este marco, concordó con la autora en que la participación es muy importante porque del consenso y de la participación en el proceso de toma de decisiones se evita la judicialización excesiva.

Aída Kemelmajer se enfocó en la entrada en vigencia del Acuerdo de Escazú que se firmó en Costa Rica en el año 2018 y que se refiere a la información y a la participación pública y al acceso a la Justicia. “Parecería que esa participación solo ha sido posible a través del acceso a la justicia y esto es lo que nosotros que tenemos que evitar porque si nos ponemos a pensar por qué accedemos a la justicia, la mayoría de los juicios son contra el gobierno”, manifestó la oradora y reflexionó acerca de “qué eficacia puede tener el Acuerdo de Escazú en los temas que la autora plantea en su tesis”, al ser el primer acuerdo regional vinculante en una materia que se ha dado a llamar democracia ambiental.

En este sentido, reflexionó: “La buena gobernanza no solo reside en el gobierno, sino también en el papel que asume el público, las empresas privadas, los medios de comunicación, las organizaciones civiles, los inversionistas, los investigadores y todos aquellos que influyan en la vida política, económica y social de un país. De allí, entonces, los vínculos estrechos entre la buena gobernanza, la democracia, la sostenibilidad  ambiental y la erradicación de la pobreza”.

María José Lubertino expresó que “la tesis es un agradecimiento y visibilización de la militancia social y colectiva en la lucha por nuestros bienes comunes”.

Asimismo, comentó que su objetivo fue “dotar de rigurosidad científica aquellas cosas de las cuales estaba convencida de que podía constatar.

En esta línea, explicó que es por eso que en una parte la tesis refleja cómo los problemas ambientales de la Ciudad de Buenos Aires registrados en 1996 cuando se sancionó la Constitución se agudizaron a lo largo de 20 años. En segundo lugar, detalló: “Trata de hacer una descripción del estado del arte de la legislación, la normativa y los principios ambientales aplicables en la Ciudad, lo que llamo el escudo protector”.

En cuanto al escudo protector, puntualizó: “Es un poco el esquema del cual arranco para decir y construir esta herramienta: el control de ambientalidad, que es el que debe ser ejercido obligatoriamente por los tres poderes del estado cuando deben aplicar las normas ambientales constitucionales, las normas ambientales convencionales de los tratados internacionales y los principios ambientales establecidos por las leyes ambientales y sobre todo por la ley general del ambiente”.