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Año XIII - Edición 242 04 de diciembre de 2014

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El acceso a justicia y los abogados

  • Notas

La coordinación del área de “Métodos Alternativos”, conjuntamente con la Comisión Nacional de Acceso a Justicia, organizó el pasado 28 de octubre en el Salón Verde de la Facultad un nuevo taller permanente de métodos alternativos sobre “El acceso a justicia y los abogados”. Estuvo a cargo de la presentación del taller la profesora Gladys Alvarez.

A su inicio, la profesora Gladys Alvarez expresó que los abogados deben estar al tanto de las nuevas modalidades de la abogacía. “Los abogados tienen nuevas competencias: cómo acompañar al cliente y cómo prestar servicios pro bono a la comunidad, entre otras”, remarcó.

Seguidamente, Roberto Saggese, doctor en Ciencias Jurídicas de la UCA, diferenció el acceso a la justicia del acceso a justicia. “El acceso a la justicia es el acceso a los tribunales y a una sentencia, mientras que acceso a justicia es lo contrario, es decir, es el acceso a una solución justa y razonable, evitando los tribunales”, distinguió. De esta manera, determinó que la mediación es el método alternativo por excelencia y, a su vez, señaló que, en el ámbito de la Capital Federal, más del 65% de las mediaciones no termina en un juicio. “Si no estuviese la mediación probablemente tuviésemos una mayor litigiosidad en un 65%”, advirtió.

A continuación, Marina Prada, abogada de la UCA, hizo referencia a las acciones colectivas como un instrumento de acceso a la justicia. Así, definió a la acción colectiva como una herramienta procesal, por el cual una persona o un grupo de personas representan en un pleito a una gran cantidad de individuos que tienen un interés similar o idéntico. “Las acciones colectivas son una herramienta que permiten el acceso a la justicia de varios individuos, que de no haber litigado de manera colectiva, les hubiese resultado muy difícil la protección de sus derechos constitucionales”, analizó. En cuanto a los derechos de incidencia colectiva referentes a intereses individuales homogéneos, explicó que estos son derechos individuales, de los cuales hay una persona que es titular, pero que a su vez, hay homogeneidad, debido a que hay una multiplicidad de derechos individuales que han sido afectados de una manera similar o idéntica.

Luego, Analía Monferrer, directora de la Oficina de Violencia Doméstica, habló sobre el funcionamiento y las características de la Oficina de Violencia Doméstica.

Por último, María Paz Barousse, auxiliar letrada de la Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial de San Isidro, hizo mención a la resignificación de la función del juez y, a su vez, a la formación de los abogados en tiempos actuales.