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Año XVIII - Edición 316 28 de marzo de 2019

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Dialécticas jurídicas del despojo: reformas estructurales, garantismo y resistencias en México

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El 21 de noviembre, en el SUM del Instituto Gioja, se llevó a cabo la charla “Dialécticas jurídicas del despojo: reformas estructurales, garantismo y resistencias en México”, a cargo de la profesora Mylai Burgos Matamoros (investigadora de la Academia de Derecho de la Universidad Autónoma de Ciudad de México). Martín Aldao (UBA/CONICET) ofició de comentarista.

La actividad fue organizada por el Proyecto PICT-2015- 3239 (Raíces): “Los DESC como Derechos Exigibles en Argentina: Aportes para una metodología de argumentación desde una perspectiva integral”, Agencia Nacional de Promoción Científica y Tecnológica, Argentina; el Proyecto DCT1801: "La igualdad interpelada: acción colectiva y reacción judicial a través de la jurisprudencia"; y el Proyecto DCT1809: "Teoría principialista de los derechos sociales".

Mylai Burgos Matamoros señaló que en su país se conjugan tres fenómenos: reformas estructurales del neoliberalismo, el proceso del garantismo como un proceso desde el Estado pero que también tiene influencia desde la sociedad civil y desde los pueblos, y ya toda la articulación de los pueblos. “Son fenómenos que se enfrentan dialécticamente pero que a la vez se coayudan. No solamente es un proceso de contradicción y enfrentamiento sino que en ese enfrentamiento va generando cosas nuevas”, aseguró.

En relación con su enfoque, aclaró que entiende “el derecho como fenómeno social, no como fenómeno normativo”. Y agregó que “es social en cuanto material, dinámico, en cuanto a su comportamiento, dialéctico, histórico en cuanto a situarse en contexto, valorativo y normativo”. En esta línea, planteó que “no vemos el derecho como norma, aunque de hecho, la posición es muy normativa. Pero es una normatividad que tiene toda esa arista política y económica, sobre todo económica, socioeconómica y de uso de los derechos con consecuencias sociales”.

Luego se dedicó a caracterizar el constitucionalismo social que se impuso en México en 1917, que representó la primera constitución social del mundo. “Hay dos ámbitos que hay que tener claros: uno es tema laboral, pero el otro el tema agrario. La relación de la modificación de la constitución de 1917 es una relación del capital, trabajo, campo. No solamente es laboral. El tema agrario es fundamental. Yo creo que el tema agrario es mucho más fuerte que el tema laboral”, aseguró. A continuación, explicó lo que denominó proceso desconstituyente neoliberal.