¡Seguinos!

Año XVI - Edición 287 29 de junio de 2017

Buscar

Deuda externa. Problemáticas y soluciones

  • Notas

El 2 de junio en el Aula 1 de Extensión se realizó la jornada “Deuda externa. Problemáticas y soluciones”, organizada en conjunto por la Cátedra del Dr. Juan Antonio Travieso, la Cátedra Libre de Deuda Pública Externa y el Departamento de Derecho Público II. 

Actuó como moderador Germán Campi (profesor adjunto (I) de Derecho Internacional Público y de Derechos Humanos y Garantías de la Facultad de Derecho, UBA).

En primer lugar, Alessandra Marchioni (profesora de Derecho Internacional en la Facultad de Derecho de la Universidad Federal de Alagoas y fundadora del Centro de Estudios e Investigación en Derecho Internacional y Medio Ambiente) comenzó diciendo: “Son raros los debates académicos sobre la cuestión de la tierra en Brasil, aparte de los análisis exclusivamente económicos, aunque la tierra cubre en su noción el trabajo y el valor de uso de las prácticas y riquezas materiales y culturales”. En esta línea, añadió que “la mayor parte de las noticias de información destacan el creciente interés de sectores de la economía por la adquisición de tierras en Brasil. Este tipo de inversión extranjera parece que sigue la tendencia mundial que tiene como base algunos fenómenos de naturaleza económica y geopolítica, como la crisis del 2008 y la reciente búsqueda de fuentes alternativas de energía”.

Por otro lado, indicó que desde 2008, la comercialización global de tierras creció a una media de 4 millones de hectáreas al año y que “datos del Instituto Nacional de Colonización y Reforma Agraria (INCRA) del 2008 ya mostraban que los extranjeros poseían, aproximadamente, 34 mil inmuebles rurales en Brasil, siendo un 34 % perteneciente a personas jurídicas”.

Hacia el final, enfatizó que “la tierra es condición sine qua non para la producción agropecuaria y la forma en la que es distribuida y apropiada determina las relaciones que componen la cuestión agraria. La condición de ser o no propietario de la tierra influye en los resultados obtenidos por quien la utiliza para producir” y contó que “el ejecutivo federal brasilero a partir de una preocupación por una posible pérdida de la soberanía territorial y debido a los estudios del INCRA, ha solicitado a la Abogacía General de la Unión (AGU) en 2010 la elaboración de un parecer que sustituyera el parecer anterior, el cual desmovilizó cualquier forma de control efectivo sobre la adquisición de tierras por parte de empresas extranjeras en Brasil”.

Por su parte, Graciela González disertó bajo la premisa de no olvidar la vía del derecho para solucionar o dar tratamiento al endeudamiento externo. En este marco, se refirió al trabajo que ha realizado en Tribunales respecto a planteamientos acerca de los vicios y el pedido de nulidad de la deuda externa y desarrolló sobre la causa basal en el tema de la deuda externa, originada por la denuncia de Alejandro Olmos en el año 1982.

A su turno, Miguel Ángel Espeche Gil (titular de la Cátedra Libre de Deuda Externa en la UBA y exembajador argentino) expresó que si en el campo estricto del derecho, no hay un apoyo de la opinión pública que presione al poder político, no habrá solución. Asimismo, señaló que “no hay noción de la pérdida de riquezas que significa el pago constante de la deuda externa y se ha naturalizado la deuda externa” y afirmó, en el mismo marco, que “todo lo que nosotros hemos desembolsado para pagar varias veces la deuda originaria de la deuda, habría permitido que el país no tuviera ni 1% de pobreza porque hemos estado pagando mucho más a través del pago de intereses y comisiones de lo que eran los reclamos originales de deuda”. Más tarde, especificó que el tema debería partir por que la sociedad y las sociedades “tomen conciencia de la perversidad de la usura que, como un fenómeno humano condenado por todas las culturas y por todos los sistemas jurídicos, ha perdido visibilidad en gran medida por la cantidad enorme de situaciones de inflación en la que han caído los países”. Para finalizar, puntualizó: “Cuando el deudor por vía del pago de intereses paga el acreedor una suma equivalente al principal de la deuda, cesa su obligación de seguir pagando intereses”, puntualizó y agregó “este es el sentido racional y humano de lo que puede ser la consecuencia de un contrato”.

Finalmente, Juan Antonio Travieso (profesor titular de Derecho Internacional Público y de Derechos Humanos y Garantías, UBA) brindó unas palabras de cierre. “Además del problema de las entidades financieras que aprovechan todos estos huecos que existen en las legislaciones y en las malas voluntades de los políticos, también hay que hablar de los principios de una casa ordenada. En los principios de una casa ordenada no se gasta más de lo que entra. Entonces, una casa desordenada es aquella casa en la que se gasta más de lo que entra y cuando se gasta más de lo que entra se incurre en deudas y cuando se incurre en deudas el acreedor no es tonto”, reflexionó.